Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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S.AUX-AT.CLI REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL V CONVENIO COLECTIVO SERVICIOS AUXILIARES DE EMPRESAS FERROVIARIAS | 94 2021-10-14 |
| COMUNICADO
 | Leido: 21 veces | Ayer y tras varios meses de parón, se volvió a reunir la Comisión Negociadora del V Convenio del Sector de Empresas Auxiliares, en la que cabe destacar el abandono de la cerrazón de la Patronal y UGT, que se enrocaron (siempre respetables las posiciones) en una postura de intereses poco beneficiosos para l@s trabajadores/as.
La Patronal accedió a reconocer una subida del 1% en el primer semestre del 2021, solicitando a cambio el aumento del periodo de actividad hasta el 31 de diciembre del 2024. Por lo que económicamente el convenio quedaría de la siguiente manera:
1er semestre 2021, subida del 1%
2º semestre 2021, subida del 2%
2022, subida del 2,50%
2023, subida del 2,75%
2024, a la espera de la propuesta empresarial.
Desde CGT valoramos como positivo este avance negociador y propusimos que la subida salarial a aplicar en el 2024, debería estar referenciada al IPC real, evitando así, la pérdida de poder adquisitivo que se ha dado en este sector durante años.
Pedimos también, que en el redactado del resto del texto, se aplicaran derechos que CGT ha ganado en el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional y que no están recogidos. Para lo que se ha conformado un equipo de redacción compuesto por todas las partes para que esto se cumpla.
Hemos quedado emplazados a una próxima reunión del día 28 a las 4.30 p.m., para seguir avanzando en el cierre de este convenio que se ha extendido demasiado en el tiempo y que, comparándolo con los anteriores en los que CGT no tenía representación, ha mejorado notablemente.
Si nadie trabaja por ti, que nadie decida por ti.
CON TU APOYO E IMPLICACIÓN LO CONSEGUIREMOS.
NO LO DUDES, AFÍLIATE A CGT.
Comunicado

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