Comunicados
IRYO | 94 19/11/2024
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LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
Una reunión en la que una vez más (van ya unas cuantas desde el mes de mayo…) hemos vuelto a reivindicar el pago de las dietas para el colectivo de asistentes y la nocturnidad para los colectivos que la trabajan.
En la anterior reunión del 29 de octubre, la dirección de la empresa se abrió a la posibilidad de alcanzar un preacuerdo para abonarlo a partir del 1 de enero de 2025. En dicho preacuerdo se fijarían las cantidades a abonar y el régimen disciplinario los cuales se incorporarían al convenio colectivo a su firma.
La empresa para acceder a lo anterior, solicitaba conocer cuáles eran nuestras peticiones en materia de jornada y económicas, pues esta parte se deduciría de la cantidad final que se pactarse en Convenio colectivo. La semana pasada se envió a la empresa la documentación con la propuesta.
Hoy nos volvemos a encontrar con una dirección pidiendo todavía más tiempo para analizar la documentación enviada, dándonos de nuevo una negativa a nuestras reivindicaciones.
Las dietas son 14,50 euros, NO aceptamos un importe menor teniendo en cuenta la carestía de la vida y la inflación. La nocturnidad NO puede continuar sin abonarse.
Debemos de poner en valor nuestra profesión, no podemos consentir ni un minuto más más desigualdades actuales.
Ante la actitud de la dirección de la empresa de ninguneo y falta de voluntad para dar respuesta a esta situación, tenemos que continuar con las actuaciones que teníamos ya previstas para exigir lo reivindicado que es lo justo y lo que las personas trabajadoras merecen y para ello convocaremos movilizaciones en diciembre y enero.
Necesitamos a la plantilla unida y con fuerza para reclamar lo que nos corresponde, no podemos conformarnos con menos. Ellos tienen sus ganancias nosotros también merecemos unas dietas dignas y pago de horas nocturnas como corresponde.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 19/11/2024 | 93 EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS | RENFE 15/11/2024 | 92 MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF COMISIÓN SEGUIMIENTO TELETRABAJO De aquellos polvos vienen estos lodos | 93 2021-10-13 |
| COMUNICADO
| Leido: 20 veces | En el día de hoy se ha reunido el CGE con la Empresa con el fin de constituir la Comisión de Seguimiento que establece el artículo 19 del Acuerdo para la Regulación del Trabajo a Distancia, firmado el día 16 de junio de 2021, por todo el CGE excepto el SFF-CGT.
Cumplidos los formalismos de la propia constitución de esta comisión y los componentes que van a asistir a estas reuniones por parte de la Empresa y los Sindicatos presentes en el CGE, se ha pasado a establecer posturas y planteamientos de inicio por ambas partes.
Una vez más, el teatrillo ha vuelto a hacer acto de presencia en este tipo de reuniones que desarrollan acuerdos, donde la Empresa trata de venderse como una “empresa modélica y buena con su plantilla” con importantes avances en materia de negociación colectiva y la representación de personal sobre todo la mayoritaria, que después de haber avalado este “mal acuerdo”, allá por junio, se centra en un discurso de absoluta beligerancia y reivindicación, ultimátum a la Empresa incluido, cual jugadores de “mus” aventajados.
Una vez más, los acontecimientos tristemente vuelven a dar la razón a CGT donde un mal acuerdo no puede traer nada más que malas consecuencias para la plantilla en su aplicación. Nos explicamos:
• CGT no avaló el acuerdo entre otras cuestiones porque tal y como establece la cláusula 2ª del mismo y citamos: “… La determinación de estos puestos (los de teletrabajo) corresponderá a la Empresa…”, los sindicatos quedamos para elaborar un informe que NO SERÁ VINCULANTE sobre el catálogo de puestos determinado por la empresa.
• Tampoco lo avalamos, porque su entrada en vigor (clausula 5ª) estaba supeditada a las prescripciones de seguridad establecidas por las autoridades sanitarias para la pandemia y sobre esta cuestión ya sabemos todos/as que vamos para rato.
La historia siempre se repite, al SFF-CGT le volverá a tocar estar vigilante por el cumplimiento de lo poco bueno que tienen los malos acuerdos que firman el resto de sindicatos del CGE.
CGT GARANTIZA TUS DERECHOS. ELIGE CGT.
Comunicado
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