Comunicados
ADIF | 87 05/11/2024
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EL CONVENIO DE LA TRANSPARENCIA EL CONVENIO DE LA TRANSPARENCIA
Quienes trabajamos en Adif estamos orgullos@s de ofrecer un servicio público. Pero una empresa pública debe gestionarse con una transparencia exquisita, y lamentablemente, en Adif esto no siempre es asÃ.
PROCESOS OPACOS
Estamos tristemente acostumbrad@s a ser espectadores de procesos opacos y decisiones arbitrarias en múltiples ámbitos. Como en la movilidad, un proceso oscuro que nos impide conocer las plazas desde el principio del proceso. O las OEP, en las que la empresa cede a personas que han entrado con una plaza a otras residencias, saltándose los criterios de mérito e igualdad.
También vemos cómo cada vez con más frecuencia se crean perfiles con requisitos de experiencia o titulación teledirigidos.
El dinero público debe gestionarse de forma eficiente y eficaz. Las licitaciones, además de ser una privatización encubierta, se han demostrado incapaces de conservar los estándares de calidad que la ciudadanÃa necesita y es obvio que inflan el precio para que algunas empresas engorden sus beneficios a costa de empeorar las condiciones laborales del personal. Es decir, ni son eficaces ni eficientes, y por supuesto no gestionan el dinero con criterios de transparencia.
REORDENACIÓN PROFESIONAL Y TRANSPARENCIA
La reordenación profesional nos permitirÃa mejorar la transparencia en muchos procesos internos. Por ejemplo, eliminando las entrevistas como requisito para acceder a determinadas categorÃas. O haciendo que las brigadas, las cesiones, etc. sean siempre voluntarias, pero, además, rotativas entre todas las personas trabajadoras que lo soliciten. Su concesión debe ser transparente y siguiendo criterios objetivos. Y esto debe quedar regulado con la reclasificación profesional.
Cuando alguna persona trabajadora solicita trabajar a distancia, el único obstáculo que se deberÃa encontrar es la naturaleza de su trabajo. Por ejemplo, es obvio que si trabajas regulando la circulación no puedes teletrabajar. Hay que acabar con la capacidad arbitraria de algunas jefaturas de negar o limitar el teletrabajo. La transparencia es incompatible con la gestión caciquil o basada en cortijos.
Nos jugamos mucho en este convenio. Es el momento de que Adif deje de parecer un cortijo y sea una empresa pública ejemplar.
COMUNICADO Anexo
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RENFE 31/10/2024 | 86 ADHESIÓN AL PROCESO DE MOVILIDAD DE MANDOS INTERMEDIOS DE CONDUCCIÓN | ADIF 31/10/2024 | 85 EL CONVENIO DE LA SUBIDA SALARIAL |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF EL EXCESO DE JORNADA DEBE SER ABONADO COMO HORA EXTRAORDINARIA | 92 2021-10-13 |
| COMUNICADO
| Leido: 26 veces | El lunes dÃa 11, hemos recibido sentencia del TS sobre la consideración de los excesos de jornada realizados en el segundo semestre de 2018, concretamente entre el 5 de julio y 31 de diciembre, como horas extraordinarias y por tanto compensadas como tales y no como descansos no disfrutados. La sentencia desestima los recursos de casación presentados por Adif y Adif AV y confirma la sentencia de la AN de 14 de febrero de 2020, que estimaba la demanda de conflicto colectivo que interpusimos como CGT y que se acumuló con otras dos presentadas por SCF y UGT.
Como CGT pedÃamos que se retribuyeran como horas extras los cinco dÃas de exceso de jornada realizados en el periodo referido y que se reconociese el derecho de la plantilla a elegir entre la compensación con tiempo de descanso o a la compensación de las diferencias salariales de exceso de jornada entre los conceptos salariales de descanso no disfrutados y las horas extraordinarias devengadas.
La AN estimó las demandas presentadas y declaró el derecho a que se retribuyan los cinco dÃas de exceso de jornada realizadas entre el 5 de julio y 31 de diciembre de 2018 como horas extraordinarias, calculadas según acuerdo de conciliación de 10/09/2012 ante la Sala de lo Social de la AN, autos 193/2012, debiendo abonar las diferencias salariales producidas entre los conceptos salariales que la empresa ha abonado en concepto de descanso no disfrutado y las horas extraordinarias devengadas.
Como era de esperar, Adif y Adif AV presentaron recurso de casación intentando dilatar todos los procesos hasta el final, insistiendo en su retribución como descansos. Argumento con pocos visos de prosperar, ya que no nos encontramos ante un descanso o festivo que no haya sido compensado con tiempo de descanso y que se deba retribuir como no disfrutado, sino como horas que ya habÃan sido trabajadas por aplicación de la DA 144 de la Ley 6/2018, y que por lo tanto excedÃan de la jornada anual. El Tribunal Supremo ha avalado la tesis de la Audiencia Nacional, confirmando el fallo en su totalidad.
Como recordareis, la empresa, en noviembre de 2019, abonó en nómina los cinco dÃas como descansos no disfrutados a valor de tablas del segundo semestre de 2018. Procede, a partir de ahora, reclamar la compensación de las diferencias salariales existentes entre este abono y el abono como hora extraordinaria calculada a valor de hora ordinaria del año 2018. A partir de esta sentencia hay un año de plazo para reclamar las diferencias. Desde CGT celebramos este fallo y nos ponemos a disposición de l@s trabajador@s para tramitar las reclamaciones correspondientes.
Es nuestro derecho y deber, recordar a toda la plantilla y a algunos sindicatos que se empeñan en hacer suyos los logros, que el punto de partida de todos esto, es el reconocimiento en Convenio de una jornada de 1642h, fruto de una reducción de jornada de 10 dÃas que CGT consiguió en solitario por la vÃa de la movilización. ¿Dónde estaba el SCF?
CGT GARANTIZA TUS DERECHOS. ELIGE CGT.
Comunicado
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