Comunicados
SECTOR | 2 13/01/2026
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RODALIES: LA PAZ SOCIAL SE PAGA RODALIES: LA PAZ SOCIAL SE PAGA
Ayer se constituyó oficialmente la nueva empresa Rodalies de Catalunya SME, S.A., destinada a asumir la gestión directa de las líneas de Cercanías y Regionales en Catalunya. Ya no hablamos de “debates”, de “intenciones” ni de “buenas palabras”: hablamos de hechos consumados.
Mientras nos pedían paciencia, mientras exigían calma a las plantillas y moderación a quienes defendíamos garantías reales, la parte política del acuerdo ya está en fase de ejecución.
UN CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN QUE HABLA POR SÍ SOLO
El nuevo Consejo de Administración estará compuesto por nueve consejeros o consejeras: cinco propuestos por la Generalitat de Catalunya y cuatro por Renfe Viajeros. Entre los propuestos por Renfe, se ha reservado además un asiento “rotatorio” para los sindicatos firmantes de la desconvocatoria de huelga de marzo de 2025 (UGT, CCOO y SEMAF), empezando por UGT. Los medios de comunicación ya presentan la entrada de “los representantes de lxs trabajadorxs”, como moneda de cambio por la desconvocatoria.
PLANIFICARÁN EL TRASPASO DE TRENES Y PERSONAL
Será ese Consejo de Administración quien diseñe el Plan Estratégico de la nueva empresa y que tiene previsto el traspaso de:
• 270 trenes, más los 110 nuevos que llegarán en los próximos meses.
• Cerca de 1.500 trabajadores y trabajadoras y más del 80% proceden de fuera de Catalunya, con expectativas legítimas de movilidad para volver a sus territorios.
• Queda pendiente el traspaso de la línea R1 del Maresme, pero aquí el mensaje político es todavía más claro: la Generalitat asegura que no habrá empresa mixta y que la infraestructura pasará al 100% a la Generalitat (Ifercat), sin calendario definido.
NO HAY DUDAS
Lo político no se detiene. Lo político ya está en ejecución. ¿Y lo nuestro?
¿Dónde está la defensa de las cargas de trabajo de Ingeniería y Mantenimiento, especialmente en remolcado como el taller de Miranda? ¿Dónde está el nuevo modelo que permita la mejora de las condiciones laborales de los Centros de Gestión? ¿Y el IV Convenio, más de 1 año después del inicio de la negociación? De la integridad de las empresas mejor no hablar…
SE HAN REÍDO DE QUIENES LUCHARON
Esta es la conclusión, se han reído del personal ferroviario que secundó huelgas, paros y concentraciones en marzo y abril. Porque el único futuro que ha quedado “blindado” ha sido el suyo: el asiento en el Consejo de Administración.
SFF-CGT. POR EL FUTURO DEL FERROCARRIL
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 09/01/2026 | 1 EL CGE DE ADIF: CLIENTE PREMIUM DE CORREOS | ADIF 30/12/2025 | 109 LA RULETA RUSA DEL ADIF |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE ACUERDO TRABAJO A DISTANCIA: LAS PRISAS SON MALAS CONSEJERAS | 78 2021-07-30 |
| COMUNICADO
 | Leido: 23 veces | El pasado 28 de julio se firmó el acuerdo de Trabajo a Distancia (TD) en el grupo Renfe entre la Dirección de la Empresa y la mayoría del CGE (CC.OO, UGT y SF). CGT no validó el acuerdo, que tampoco fue suscrito por SEMAF.
Los motivos fundamentales por los cuales CGT consideró insuficiente el acuerdo, a pesar de los avances producidos desde el primer borrador presentado por la empresa, son los siguientes:
• La figura de la persona autorizadora, la cual consideramos el talón de Aquiles de este acuerdo, sigue con plenos poderes para hacer lo que a la empresa le venga en gana y ante el inapelable Juicio de la persona Autorizadora poco pueden hacer l@s trabajad@res que voluntariamente soliciten trabajar a distancia.
Desde CGT propusimos sustituir esa figura por criterios más justos, recogidos en nuestra plataforma de TD: reconocimiento oficial de limitación de Movilidad, grado de discapacidad, incapacidad motora temporal, víctima de violencia de género, acoso laboral, necesidades conciliación familiar, distancia del domicilio al centro de trabajo, turnos rotativos cuando existan más personas que puestos, etc.
Ojalá nos equivoquemos, pero poco o nada cambiará. Aunque quien autorice sea un Gerente de Área o Director, la decisión motivada procederá de los superiores directos: aquellos cuyos criterios crearon injusticia e inequidad durante la pandemia y hasta la fecha en materia de TD.
• La ley 10/2021 exige que en el contrato que se celebre entre las partes firmantes recogerá los gastos de energía o internet, entre otros. Dichos gastos han de ser compensados a la persona trabajadora pero en el contrato incluido en el acuerdo firmado en Renfe no se recogen estos criterios contemplados en la Ley.
• Respecto a los derechos recogidos en el RDL 28/2020, tres de ellos son entregados gratuitamente por los firmantes del acuerdo: El derecho a la Formación, los derechos colectivos y el derecho a la compensación por los gastos de energía, conexión a Internet, consumibles, mobiliario, etc.
Conviene resaltar que en la anterior reunión sobre TD tanto UGT como CC.OO. reclamaron el derecho de compensación de gastos, pero, en esta última reunión se olvidaron de lo que una semana antes solicitaban.
Desde CGT entendemos, que un Derecho es algo que nadie te puede quitar, que más bien en la propia negociación se puede y se debe mejorar. Este era un mínimo que se debería tener en cuenta y por ello este acuerdo de TD debería incluir todos los recogidos en la legislación vigente.
Estas han sido las líneas rojas que desde CGT entendimos no se podían cruzar pero tampoco se pueden olvidar otras cuestiones importantes: reversibilidad del TD, la empresa exigía que fueran 180 días y CGT 30 días pues entendíamos que ante un cambio fortuito en la vida familiar, personal etc. 180 días era una espera demasiado prolongada, finalmente la empresa lo rebajó a 90 días. Para CGT sigue siendo un tiempo excesivo por los motivos expuestos anteriormente. Sobre las posibilidades para que las personas de nuevo ingreso puedan ejercer el TD, tendrán que esperar a cumplir 1 año de antigüedad, vulnerando así su derecho a acogerse al mismo.
Hay bastantes cuestiones más que se deberán intentar resolver en la Comisión de Seguimiento del acuerdo, solicitada en nuestra plataforma a la que finalmente se sumaron todas las organizaciones, ya que en el primer borrador no se contemplaba. Nos ha sorprendido enormemente que los sindicatos no firmantes del acuerdo estemos en la comisión de seguimiento. No es muy habitual. Hasta ahora siempre se lo guisaban los firmantes. Nos preguntamos por qué ahora sí (¿será el desconocimiento de lo que han firmado?).
Por último, conseguimos se retirasen o modificasen diferentes puntos del acuerdo, una de los más importantes, el punto 6 que hablaba del mantenimiento de todos los derechos, “salvo aquellos derivados de la presencia física en los centros de trabajo”. Con este extraño e inoportuno redactado interpretábamos que nos podrían quitar las Jornadas Partidas, tarjetas restaurante, etc.
De nuevo el colectivo de Administración y Gestión ha perdido la oportunidad de conseguir un buen acuerdo dadas las prisas de la empresa y los firmantes de validar la propuesta antes de irse de vacaciones. Las prisas son siempre malas consejeras.
Desde CGT estaremos atentos y vigilantes para poder denunciar ante la Comisión de seguimiento todas las irregularidades y problemas de todas las personas afectadas por el TD que nos comuniquéis o podamos detectar. Luchando por conseguir judicialmente los derechos que se han quedado en el tintero.
QUE NO TE VENDAN QUE ESTO ES LO MENOS MALO.
POR TUS DERECHOS, AFÍLIATE A CGT.
Comunicado

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