Comunicados
 
RENFE
75
09/10/2024
HEMOS PERDIDO DINERO CON ESTE CONVENIO. YA ES HORA DEL SIGUIENTE
 
El actual III Convenio colectivo del Grupo Renfe que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2022 y cuya vigencia finaliza el próximo 31 de diciembre de 2024 ha supuesto una sangría económica para la plantilla del grupo Renfe. El incremento remunerativo acordado por la Empresa y los sindicatos SEMAF, CCOO y UGT no solo no alcanzó los valores del IPC anuales sino que, lejos de estarlo, ha visto como la diferencia entre la subida salarial y el IPC se han ido incrementando a lo largo de estos años de convenio.
 
  COMUNICADO         
 
 
 
 
IRYO
09/10/2024
COMUNICADO CONJUNTO
NI UN DÍA MÁS SIN UNA RESPUESTA POSITIVA
 
 
ADIF
09/10/2024
74
AVANZAMOS EN DERECHOS, A PESAR DE ADIF
 
ADIF
01/10/2024
73
PLAZAS PROVISIONALES: ¡QUE COMIENCE EL BAILE!
 
Buscar comunicado:
 

Jurídica
Convenios
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
CONTRATAS FERROVIARIAS
28/06/2022
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


RENFE
TRABAJO A DISTANCIA EN RENFE
73
2021-07-13

COMUNICADO   Anexo 1             
  
Leido: 21 veces

En la primera reunión sobre Trabajo a Distancia (TD) del día 1 de Julio, en primer lugar, se expuso un documento por parte de la empresa, escueto hasta decir ¡basta! que no recogía casi nada de la legislación vigente sobre TD, como son los RDL 28 y 29/2020 y el Acuerdo de la Admón. General del estado (Art. 36.3 TREBEP). Tras esa primera reunión, fuimos emplazados a la reunión del día 7 en la que por parte de las Organizaciones Sindicales se efectuaron decenas de alegaciones al documento de la empresa. Se nos informó también, que las peticiones que realicen las personas interesadas se harán a través del portal Interesa.
Por parte de CGT, en vista de que el documento de TD resultaba insuficiente de principio a fin, entregamos nuestro propio documento, tomando como base la legislación actual y el documento confederal: “Teletrabajo, no es oro todo lo que reluce”.
Entre las aportaciones de nuestra plataforma están temas olvidados por el presentado por la empresa, como son Transparencia y Publicidad, Formación, condiciones económicas, violencia de género, representación sindical, evaluación de la implantación del TD, etc.
Ante la multitud de alegaciones presentadas por las Organizaciones Sindicales y la imposibilidad de la Empresa de recoger tantas aportaciones, solicitó al resto de Sindicatos que las enviaran urgentemente por escrito; siendo este próximo jueves día 15, en el que entregarán un nuevo documento de TD en el que intentarán recoger las aportaciones realizadas.
De las alegaciones efectuadas, la empresa dejó claro que no iba a entrar sobre el tema de abono o compensación de gastos de luz, ADSL, …, argumentando que no hay dinero y que además, las personas que realicen TD también ahorran en tiempo y en gastos de desplazamiento. Tampoco quieren entrar en el tema de que l@s compañer@s de nuevo ingreso tengan que esperar 1 año para poder acceder al TD. Alegando que se necesario ese año para conocer al equipo (que puede estar teletrabajando), la forma de trabajar y su integración en el mismo, exponiendo que, de ingresar e ir directamente al TD, en cuanto a la organización del trabajo no resulta provechoso.
Solicitamos aclaración al punto 9 sobre Equipos, cuyo redactado suena excluyente y que dice: “Para que un trabajador pueda acogerse a la modalidad de TD debe contar con el equipamiento que constará de Ordenador portátil o Tablet o Surface, teléfono móvil y cuenta de correo electrónico de Renfe”. Pudiéndose interpretar en este punto que, si no cuentas con esos tres requisitos no te podías acoger a la modalidad de TD. Sobre este punto manifestaron que era un error de redacción y que el espíritu del TD está en facilitar el acceso a la mayoría de las personas solicitantes.
Según la afiliación y parte de la plantilla afectada, nos ha manifestado su preocupación por la figura del AUTORIZADOR, que nos hace temer que seguirá prácticamente igual que hasta la fecha pues ese Autorizador que, aunque figura que es un Gerente de Área, al final hará lo que le transmita los mismos jefes que originaron la injusticia e inequidad de lo que se hizo sobre TD hasta la fecha.
En CGT creemos que nos encontramos ante una oportunidad única de mejora que no debemos desaprovechar, otra cosa será, lo que le empresa quiera y le firmen otros sindicatos.

CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA


Comunicado   Anexo 1                   
  











© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid]
Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es

POLÍTICA DE PRIVACIDAD
Óptima visualización: 1280 x 960
Sector Federal Ferroviario


desde 16-03-2016