Comunicados
LOGIRAIL | 6 21/01/2025
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EL SFF-CGT EXIGE RESPONSABILIDADES EL SFF-CGT EXIGE RESPONSABILIDADES
Hoy, 21 de enero, el Sindicato del Sector Federal Ferroviario nos hemos dirigido por carta al presidente de Logirail, para hacerle llegar nuestro malestar por cómo se ha desarrollado el proceso de movilidad funcional para postventa de Media Distancia y Cercanías en Logirail.
El 29 de noviembre la empresa envió por email a algunas personas trabajadoras una oferta interna para cubrir varios puestos en postventa. Otras ni siquiera recibieron este email.
La empresa, de manera unilateral, ha tomado todas las decisiones de este proceso de forma arbitraria sin informar de nada a las y los representantes de las personas trabajadoras.
El proceso de selección ha resultado ser totalmente oscurantista. Nos recuerda demasiado a la forma de proceder de nuestras empresas privadas de origen, formas de actuar que pensábamos que ya habían desaparecido desde la subrogación del personal a una empresa pública.
La dirección de Logirail no está respetando los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
El pasado día 9 de enero el SFF-CGT presentó una impugnación ante la Dirección General de Logirail y hoy enviamos un escrito al presidente de Logirail con el ánimo de resolver estas actuaciones desafortunadas de forma dialogada.
Ante una nueva negativa a solucionar este tema no dudaremos en iniciar las actuaciones que estimemos oportunas.
Además, queremos reiterar que ante esta actuación unilateral y cacique exigimos responsabilidades para erradicar estos comportamientos en nuestra empresa de capital público.
SFF-CGT POR LA MOVILIDAD TRANSPARENTE Y JUSTA
COMUNICADO Anexo
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ADIF 21/01/2025 | 5 MAQUINISTAS A LA DERIVA | ADIF 17/01/2025 | 4 BENEFICIOS SOCIALES 2025 |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE TRABAJO A DISTANCIA EN RENFE | 73 2021-07-13 |
| COMUNICADO Anexo 1
| Leido: 21 veces | En la primera reunión sobre Trabajo a Distancia (TD) del día 1 de Julio, en primer lugar, se expuso un documento por parte de la empresa, escueto hasta decir ¡basta! que no recogía casi nada de la legislación vigente sobre TD, como son los RDL 28 y 29/2020 y el Acuerdo de la Admón. General del estado (Art. 36.3 TREBEP). Tras esa primera reunión, fuimos emplazados a la reunión del día 7 en la que por parte de las Organizaciones Sindicales se efectuaron decenas de alegaciones al documento de la empresa. Se nos informó también, que las peticiones que realicen las personas interesadas se harán a través del portal Interesa.
Por parte de CGT, en vista de que el documento de TD resultaba insuficiente de principio a fin, entregamos nuestro propio documento, tomando como base la legislación actual y el documento confederal: “Teletrabajo, no es oro todo lo que reluce”.
Entre las aportaciones de nuestra plataforma están temas olvidados por el presentado por la empresa, como son Transparencia y Publicidad, Formación, condiciones económicas, violencia de género, representación sindical, evaluación de la implantación del TD, etc.
Ante la multitud de alegaciones presentadas por las Organizaciones Sindicales y la imposibilidad de la Empresa de recoger tantas aportaciones, solicitó al resto de Sindicatos que las enviaran urgentemente por escrito; siendo este próximo jueves día 15, en el que entregarán un nuevo documento de TD en el que intentarán recoger las aportaciones realizadas.
De las alegaciones efectuadas, la empresa dejó claro que no iba a entrar sobre el tema de abono o compensación de gastos de luz, ADSL, …, argumentando que no hay dinero y que además, las personas que realicen TD también ahorran en tiempo y en gastos de desplazamiento. Tampoco quieren entrar en el tema de que l@s compañer@s de nuevo ingreso tengan que esperar 1 año para poder acceder al TD. Alegando que se necesario ese año para conocer al equipo (que puede estar teletrabajando), la forma de trabajar y su integración en el mismo, exponiendo que, de ingresar e ir directamente al TD, en cuanto a la organización del trabajo no resulta provechoso.
Solicitamos aclaración al punto 9 sobre Equipos, cuyo redactado suena excluyente y que dice: “Para que un trabajador pueda acogerse a la modalidad de TD debe contar con el equipamiento que constará de Ordenador portátil o Tablet o Surface, teléfono móvil y cuenta de correo electrónico de Renfe”. Pudiéndose interpretar en este punto que, si no cuentas con esos tres requisitos no te podías acoger a la modalidad de TD. Sobre este punto manifestaron que era un error de redacción y que el espíritu del TD está en facilitar el acceso a la mayoría de las personas solicitantes.
Según la afiliación y parte de la plantilla afectada, nos ha manifestado su preocupación por la figura del AUTORIZADOR, que nos hace temer que seguirá prácticamente igual que hasta la fecha pues ese Autorizador que, aunque figura que es un Gerente de Área, al final hará lo que le transmita los mismos jefes que originaron la injusticia e inequidad de lo que se hizo sobre TD hasta la fecha.
En CGT creemos que nos encontramos ante una oportunidad única de mejora que no debemos desaprovechar, otra cosa será, lo que le empresa quiera y le firmen otros sindicatos.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado Anexo 1
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