Comunicados
RENFE | 42 09/05/2025
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SIN AVANCES EN LA NEGOCIACIÓN DEL IV CC DEL GRUPO RENFE El pasado 6 de mayo tuvo lugar la reunión de la Comisión Negociadora de la Mesa de Compilación Normativa del IV CC del Grupo Renfe en la que se abordó el Título I y II de la Normativa vigente.
En ella se expusieron aquellas normas que han sido modificadas con el paso de los años y que se deberían elevar a la Comisión Negociadora una vez finalizada la compilación. Sin embargo, cuanto menos es incomprensible que en pleno 2025 se pongan sobre la mesa acuerdos del pasado 2003 o 2006 por ejemplo, y que entendemos ya deberían haber constado en convenios anteriores de forma inexcusable. Esto denota una falta de trabajo absoluta.
Anteriormente ya hemos informado sobre nuestra disposición a trabajar de forma conjunta con el resto de organizaciones sindicales presentes en el CGE, la reiteramos en la pasada Mesa Técnica General y volvimos a hacerlo nuevamente en esta, recalcando la urgente necesidad de establecer una metodología de trabajo ordenada que permita recopilar minuciosamente toda la Normativa que nos afecta dentro del Grupo Renfe. Seguiremos insistiendo, pues entendemos que lo que prima es el conjunto de las personas trabajadoras.
Por otro lado ayer, 8 de mayo, tuvo lugar la reunión de la Comisión Negociadora de la Mesa Técnica de Personal del IV CC del Grupo Renfe y que versó sobre el colectivo de Conducción.
Pese a que el objetivo de dicha reunión era poner sobre la mesa las propuestas elaboradas por todas las organizaciones sindicales presentes en el CGE, nos encontramos con un escenario totalmente diferente. Se ha querido poner el foco única y exclusivamente en las habilitaciones suspendidas sin que se diese opción a plantear cualquier otro tema relacionado con el colectivo y que quedó vista para su tratamiento el próximo 5 de junio.
Como viene siendo habitual, el SFF-CGT llevó el trabajo hecho y presentamos igualmente la batería de propuestas que hemos querido hacer llegar de igual manera a la Dirección de la Empresa.
Llevamos medio año desde que comenzaron las negociaciones y seguimos sin avances. No podemos entender que no se den pasos hacia delante.
Desde el SFF-CGT seguiremos trabajando como hasta ahora porque entendemos que no existe otra manera de hacerlo que por y para todas las personas trabajadoras. Tenemos una responsabilidad, que es hacer llegar a la Dirección de la Empresa las necesidades de todas y de todos y por ellos seguiremos luchando.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 08/05/2025 | 41 LA MESA DE ORDENACIÓN PROFESIONAL SIGUE ESTANDO EN “LA CARPINTERÍA” Y TODAVÍA NO TIENE PATAS | SECTOR 07/05/2025 | 40 EL SFF-CGT EXIGE AL MINISTERIO Y A LA AESF UN PROTOCOLO ESTATAL DE SEGURIDAD FERROVIARIA |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF CGT CONSIGUE QUE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS EN ADIF Y ADIF-AV SOLO SE CONTABILICEN EN DÍAS EFECTIVOS DE TRABAJO. LA AUDIENCIA NACIONAL (AN) DA LA RAZÓN A CGT EN RESPUESTA AL CONFLICTO COLECTIVO INTERPUESTO. | 65 2021-06-23 |
| COMUNICADO Anexo 1 Anexo 2
 | Leido: 23 veces | Cómo recordareis, el pasado día 17 de noviembre de 2020 presentamos ante la Audiencia Nacional demanda sobre Conflicto Colectivo con el objeto de lograr que la contabilización de los días de permisos retribuidos (licencias) sean únicamente sobre días de trabajo efectivo, sin que se amorticen días de descanso o festivos durante su cómputo.
ADIF y ADIF-AV, fieles a su costumbre de recortar derechos adquiridos, una vez comienzan a contar los días de licencia los aplica a días naturales, sin tener en cuenta el gráfico del/la trabajador/a, figurando estos permisos retribuidos sobre descansos o festivos, que de esta forma quedan amortizados y se pierden.
El objetivo de esta acción jurídica es la aplicación de los días de licencia contemplados en convenio colectivo según el hecho causante (muerte, enfermedad grave y hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, nacimiento de hijo o adopción y nacimiento de hijo en caso de surgir complicaciones en el parto) únicamente a días de trabajo efectivo una vez comenzado su cómputo, respetando los descansos y festivos que se establezcan en el gráfico.
La AN ha sido muy clara y continuando el criterio aplicado para el GRUPO RENFE, ha fallado el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo a que, los días de licencia retribuida regulados en los apartados a) b) c) d) y e) de la Cláusula 11ª del II Convenio Colectivo de ADIF y ADIF-AV que mantiene de aplicación el Art. 259 de la Normativa Laboral de ADIF sean todos los días de trabajo efectivos laborables para los trabajadores afectados, estos es, excluyendo de su cómputo los días de descanso, festivos no trabajados o días no laborables (excepto vacaciones), y condenamos a la empresa demandadas a estar y pasar por la anterior declaración a todos los efectos”
Al tratarse de una sentencia recaída sobre conflicto colectivo, es de inmediato cumplimiento según el art 160.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social independientemente que sea recurrida por lo que nos hemos dirigido a la empresa para que haga efectiva la misma, y aplique los permisos retribuidos a días de trabajo efectivos, respetando descansos y festivos que pudiesen establecerse en gráfico una vez comenzado el cómputo de estos.
Al igual que con RENFE, CGT está poniendo a ADIF y ADIF AV en su sitio en materia de permisos retribuidos. Ya se vio obligada la empresa a acordar en Convenio el comienzo del cómputo de los permisos retribuidos al primer día laborable si el hecho causante se producía en días de descanso o festivo a raíz de una sentencia que CGT ganó en el Tribunal Supremo y ahora conseguimos que se respeten los que se produzcan durante su cómputo.
CGT GARANTIZA TUS DERECHOS.
AFÍLIATE A CGT.
Comunicado Anexo 1 Anexo 2

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