Comunicados
IRYO | 94 19/11/2024
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LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA Hoy dÃa 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
Una reunión en la que una vez más (van ya unas cuantas desde el mes de mayo…) hemos vuelto a reivindicar el pago de las dietas para el colectivo de asistentes y la nocturnidad para los colectivos que la trabajan.
En la anterior reunión del 29 de octubre, la dirección de la empresa se abrió a la posibilidad de alcanzar un preacuerdo para abonarlo a partir del 1 de enero de 2025. En dicho preacuerdo se fijarÃan las cantidades a abonar y el régimen disciplinario los cuales se incorporarÃan al convenio colectivo a su firma.
La empresa para acceder a lo anterior, solicitaba conocer cuáles eran nuestras peticiones en materia de jornada y económicas, pues esta parte se deducirÃa de la cantidad final que se pactarse en Convenio colectivo. La semana pasada se envió a la empresa la documentación con la propuesta.
Hoy nos volvemos a encontrar con una dirección pidiendo todavÃa más tiempo para analizar la documentación enviada, dándonos de nuevo una negativa a nuestras reivindicaciones.
Las dietas son 14,50 euros, NO aceptamos un importe menor teniendo en cuenta la carestÃa de la vida y la inflación. La nocturnidad NO puede continuar sin abonarse.
Debemos de poner en valor nuestra profesión, no podemos consentir ni un minuto más más desigualdades actuales.
Ante la actitud de la dirección de la empresa de ninguneo y falta de voluntad para dar respuesta a esta situación, tenemos que continuar con las actuaciones que tenÃamos ya previstas para exigir lo reivindicado que es lo justo y lo que las personas trabajadoras merecen y para ello convocaremos movilizaciones en diciembre y enero.
Necesitamos a la plantilla unida y con fuerza para reclamar lo que nos corresponde, no podemos conformarnos con menos. Ellos tienen sus ganancias nosotros también merecemos unas dietas dignas y pago de horas nocturnas como corresponde.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 19/11/2024 | 93 EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS | RENFE 15/11/2024 | 92 MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logÃstica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF QUEREMOS TELETRABAJO EN BUENAS CONDICIONES. ESTE ACUERDO NO ES SUFICIENTE | 61 2021-06-18 |
| COMUNICADO
| Leido: 15 veces | El pasado 16 de junio, la dirección de ADIF firmó el acuerdo de trabajo a distancia con el apoyo de la mayorÃa de los sindicatos del Comité General de Empresa, incorporándose asà al convenio colectivo y cuya aplicación comenzará a aplicarse cuando finalice la situación excepcional de crisis sanitaria.
El derecho a la modalidad de trabajo a distancia es una reivindicación muy sentida entre el colectivo de administración y gestión. Desde hace años, CGT apuesta por una regulación de esta modalidad organizativa en todos los puestos de trabajo en los que sea posible su establecimiento. Sin embargo, la dirección de la empresa se ha negado a regularlo porque preferÃa aplicarlo a dedo y sin regulación.
Desde CGT tenemos claro que este acuerdo supone un avance considerable y una mejora respecto a la situación de desregulación total de la que venÃamos. Facilitando que cuando se supere la crisis sanitaria algunas personas trabajadoras puedan hacer teletrabajo, si su subdirección lo permite, se respete el horario, las retribuciones o el reconocimiento del derecho a la desconexión digital.
Sin embargo, el acuerdo también presenta importantes limitaciones. El acuerdo no recoge el compromiso de la empresa de elaborar junto con la representación de las personas trabajadoras un catálogo de puestos de trabajo en los que es posible el teletrabajo.
Desde CGT siempre hemos apostado por una transparencia total en el proceso con la publicación de un listado de puestos susceptibles de realizarse a distancia, además de incluir en los listados de las movilidades un apartado en el que se establezca que puestos tienen posibilidad de modalidad de trabajo a distancia. Motivo principal por el que nuestra afiliación se ha pronunciado en contra de la firma del acuerdo. En la práctica esto se traduce en que los subdirectores que estén a favor del teletrabajo permitirán realizarlo en sus equipos y quienes sean reacios, no lo permitirán.
Por otro lado, en cuanto a la dotación de medios, solo se mencionan los informáticos, pero no se tiene en cuenta el mobiliario adecuado (en especial una silla ergonómica), o material de primeros auxilios. Ni se hace mención de la compensación de otros gastos que se generan: luz, calefacción, teléfono, etc.
Desde la comisión de seguimiento seguiremos reclamando un teletrabajo en buenas condiciones, con derechos y garantÃas, y perseguiremos un catálogo de puestos que recoja los puestos que pueden realizarse en teletrabajo según criterios objetivos.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado
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