Comunicados
RENFE | 17 04/03/2026
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¿Y LA SUBIDA SALARIAL? El pasado mes de diciembre de 2025 entraba en vigor una nueva subida salarial. Aupada en el Acuerdo Marco por la Mejora del Empleo Público y el Servicio a la Ciudadanía y ratificada en Real Decreto-ley, esta subida salarial es uno de los objetivos marcados para la mejora de las condiciones laborales de las personas trabajadoras del servicio público. Se estableció que la subida sería del 11%, aplicándose de manera escalonada hasta 2028: 2,5% en 2025, 2% en 2026, 4,5% en 2027 y 2% en 2028.
El pasado año Renfe aplicó la primera de las subidas en la nómina de diciembre, en la cual añadieron los atrasos acumulados a lo largo del año. En este año 2026 todavía no hemos tenido noticias por parte de Renfe pero en Adif, en reunión de 4 de diciembre de 2025, ya se autorizó que se empezaran a cobrar las percepciones de 2026 con fecha de 1 de enero. ¿Cuál es el motivo para que Adif, que también es una EPE, la haya podido incluir ya y Renfe no?
Siendo la cuestión económica una tan básica y sensible para las personas trabajadoras, creíamos necesario trasladar a la dirección del Grupo Renfe este sinsentido en la aplicación de la ley y por ello hemos hecho llegar una carta en la que solicitamos que se nos informe del estado de la aplicación de la subida.
La pérdida de poder adquisitivo del sector ha sido evidente a lo largo de los años y meramente parcheada en los Acuerdos Marco 2022-2025 y 2025-2028. El salario es un derecho básico que no admite demoras ni excusas mientras el coste de la vida sigue castigando a las familias ferroviarias.
Consideramos importante que, más allá de reclamar algo que nos pertenece como parte del servicio público, no dejemos de pelear por una mejora de las condiciones laborales que no dependan del Gobierno de turno, sino que suponga la dignificación de nuestro oficio.
DESDE EL SFF-CGT SEGUIREMOS LUCHANDO POR SALARIOS DIGNOS  COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 RENFE 04/03/2026 | 16 MUCHAS PLAZAS, MUCHA URGENCIA, POCAS MEJORAS | ADIF 27/02/2026 | 15 AYUDAS GRACIABLES 2026 |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF EN BUSQUEDA DE FORMADORES COLABORADORES | 43 2021-05-06 |
| COMUNICADO
 | Leido: 33 veces | La falta de personal está llevando a que desde las Direcciones Generales se aventuren a tomar decisiones, cada vez más extremas, para dar solución a las necesidades diarias de la Empresa. En CGT estamos seguros de que si pusieran el mismo empeño para solicitar al Ministerio de Hacienda la autorización para el ingreso del personal comprometido, se habría solucionado el problema de la plantilla.
La última ocurrencia viene con el sello de la Subdirección de Formación. La escasez de personal formador va a ser resuelta mediante movilidad temporal y voluntaria a dicha Subdirección el tiempo que dure la formación del personal. Para ello, las Jefaturas correspondientes determinarán las personas candidatas entre aquellas que puedan ser “soltadas” de su puestos de trabajo: La falta de formadores en Formación se soluciona quitando personal a otras áreas. ¡Un genio el que pensó la idea!
Una vez determinadas las personas candidatas, éstas serían ordenadas según la puntuación obtenida de acuerdo con los siguientes criterios establecidos por Formación (Titulación universitaria, disponer del curso de Formación de Formadores, experiencia laboral, Formación impartida en aula). Las mejores puntuaciones se convocarían a una entrevista a partir de la cual obtendrían hasta un máximo de 35 puntos y, finalizadas, se ordenarían según el perfil, ámbito territorial, sede y puntuación obtenida, teniendo prioridad en cada sede las personas que no precisen alojamiento en la misma.
Durante este periodo la retribución sería la contemplada en la Normativa Laboral para el personal en formación, artículo 434. Así mismo se aplicará la gratificación de formación del Personal Colaborador en Actividades Docentes a quien corresponda, artículo 436 NLV.
Desde CGT hemos mostrado nuestro absoluto rechazo a la forma de actuar por parte de la empresa en un pilar central como es la Formación.
• Las necesidades Formativas de Adif a nivel de recursos no pueden ser temporales si no que deben ser acometidas de forma permanente con una plantilla formativa estable y dedicada 100 % a esta materia, convirtiendo la formación en una carrera profesional dentro de Adif.
• La solución que se plantea supondrá una merma de la capacidad productiva de las áreas de Circulación y Mantenimiento al extraer personal de forma temporal, pero, repetitiva en el tiempo.
• Los ofrecimientos de Formadores Colaboradores deben realizarse al amparo de las convocatorias de movilidad anuales como se viene realizando con el resto de vacantes, abiertas a todo el personal y publicadas en Inicia.
• Un gran número de personal cualificado, por su categoría profesional, no puede percibir la gratificación de formación, por lo que hemos solicitado que se habilite una clave de manera provisional para el abono de dicha formación a todo el personal que su por su categoría no se le puede abonar con la clave 113.
CGT GARANTIZA TUS DERECHOS Y TU SEGURIDAD. ELIGE CGT
Comunicado

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