Comunicados
 
IRYO
101
04/12/2024
IRYO, CCOO, UGT Y SEMAF, CONDENADOS POR LA AUDIENCIA NACIONAL. ¡EL PLAN DE IGUALDAD NO ES SU JUGUETE!
 
La Audiencia Nacional ha condenado a Iryo por vulnerar la libertad sindical del SFF-CGT y de su afiliación. Lo vergonzoso es que ha condenado por las mismas conductas a los sindicatos CCOO, UGT y SEMAF.
 
  COMUNICADO   Anexo   Anexo 2         
 
 
 
 
IRYO
02/12/2024
100
CONVOCADAS HUELGAS EN IRYO
 
 
ADIF
29/11/2024
99
LA NORMA DE MOVILIDAD ESE JEROGLÍFICO TRITURADOR DE VIDAS
 
ADIF
28/11/2024
98
EL DINERO EN ADIF, ESE GRAN TRAMPANTOJO
 
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Jurídica
Convenios
SERVEO
18/11/2024
I Convenio Colectivo entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


ADIF
NO A LA DESREGULACIÓN DE LAS FUNCIONES EN DIRECCIÓN DE PROYECTOS Y DE OBRAS
31
2021-03-31

COMUNICADO   Anexo 1             
  
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Desde hace ya años, la dirección de ADIF está apostando por la desregulación en la mayoría de los colectivos de la empresa. Desde CGT consideramos que esta estrategia empresarial no solo es lesiva con los derechos laborales, sino que además genera arbitrariedades (diferencias de funciones para una misma categoría según el equipo en el que se trabaje), inseguridad, desmotivación, y dificultades para la coordinación entre equipos. Todo esto se traduce en una peor calidad del trabajo y del servicio público ferroviario.

En el caso concreto de la dirección de proyectos y obras de ingeniería civil e industrial, la dirección de ADIF permite que en algunos equipos, los jefes encarguen a personas con categoría de cuadro técnico las funciones de responsable de obra o proyecto, dirección técnica (facultativa) de obra, responsable del contrato, dirección y firma de expedientes de cambios vinculados al Reglamento UE 402/2013.

Todas estas son funciones que no corresponden a la categoría de Cuadro Técnico, sino que corresponden a la categoría de Técnico. Además, se trata de funciones asociadas a responsabilidad legal en caso de siniestro.

Ante esta situación, desde CGT nos hemos dirigido a la dirección de ADIF con tres medidas que solucionen esta situación irregular:

-Que a la mayor brevedad la dirección de ADIF saque a concurso las plazas de Técnico de Ingeniería Civil y Técnico de Ingeniería Industrial necesarias para la realización de estas tareas

- Que mientras no salgan estas plazas, la dirección de ADIF recuerde y asuma que la realización de tareas de Técnicos por parte de Cuadros Técnicos es VOLUNTARIA.

-Que en aquellos casos en los que las personas con categoría de Cuadro Técnico decidan voluntariamente realizar tareas de categoría de Técnico, su salario fijo sea el correspondiente a las tareas que realizan, es decir, el de Técnico.

Desde CGT nos reafirmamos en la importancia de que las funciones de cada categoría estén bien reguladas. La regulación protege a las personas trabajadoras en el ejercicio de sus funciones, lo cual es muy importante en trabajos sensibles como la dirección de obras, proyectos y cambios vinculados al Reglamento UE 402/2013. La regulación permite mejorar los procedimientos de trabajo en toda la empresa, rompiendo con la dinámica actual en la que las funciones dependen en muchos casos de la buena voluntad de cada jefe. La regulación permite una promoción profesional basada en criterios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Por nuestros derechos laborales, por la mejora del ferrocarril público y social, desde CGT defendemos y defenderemos la regulación de las funciones.

CGT, SEGURIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA


Comunicado   Anexo 1                   
  











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