Comunicados
ADIF | 102 05/12/2025
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EL ACUERDO JUAN PALOMO Y LOS EXPERIEMTNOS DEL ADIF EL “ACUERDO JUAN PALOMO” Y LOS EXPERIMENTOS DEL ADIF
Ayer Adif nos citó para firmar las nuevas tablas salariales que incluyen la actualización salarial firmada por los sindicatos mayoritarios y el Gobierno. Son puntos de vista, pero donde ell@s ven una subida salarial, el resto de las personas trabajadoras vemos que l@s de siempre han firmado una nueva pérdida de poder adquisitivo.
YO ME LO GUISO, YO ME LO COMO
El “acuerdo Juan Palomo” supone un nuevo capítulo en la larga lista de vulneraciones a la negociación colectiva. Patronal, Gobierno y sindicatos mayoritarios (ningun@ de ell@s son ferroviari@s y desconocen nuestra realidad) preparan sus recetas mientras el resto de fuerzas sindicales, que representamos a una parte muy significativa de la clase trabajadora, nos comemos el guiso sin posibilidad de negociar. Igual que ocurre con la ordenación profesional, ¿será Hacienda quien decida? Si es así, lo hará sin sentarse a la mesa. O en todo caso sentándose en reservados sin luz ni taquígrafos.
En definitiva, veremos en la nómina de diciembre una subida del 2,5% con carácter retroactivo desde enero (no saben si llegarán a tiempo para pagarla el día 19, pero han dado el día 22 como plazo máximo para abonarla) y el año que viene se subirá un 1,5% más, que se abonará desde la nómina de febrero, con efectos desde el 1 de enero. Solo desde enero de 2023, el IPC ha subido un 8,8%. Nos toman por idiotas.
OEP ADIF 2025 EXTRAORDINARIA: LA ERA DE LOS EXPERIMENTOS
Ayer también se nos informó de una oferta de OEP extraordinaria, con 200 plazas para personal de tropa y marinería (factores y factoras de entrada y controladores y controladoras) y para cubrir las 67 plazas que quedaron desiertas en la categoría de ayudante ferroviari@, en la rama de conservación y vigilancia de vía. Al preguntar sobre la convocatoria de plazas de discapacidad intelectual (con 103 plazas acumuladas desde 2022) se escuchó estridulación de grillos.
La empresa, en sus propias palabras, ha expresado que pondrá en marcha “un experimento”. Para intentar cubrir las plazas ha reducido el temario y se ha abierto el abanico de estudios requerido (bachillerato o cualquier FP). Vemos positiva la propuesta, siempre y cuando se amplíe la formación para evitar la desprofesionalización. Lo que nos parece una deriva peligrosa es hacer una convocatoria exclusivamente para Catalunya, secuestrando allí a las personas que accedan en esa convocatoria como mínimo 6 años (aquí sí pueden entrar en residencia definitiva), ya que no podrán participar durante ese tiempo ni en movilidad geográfica ni en reconversión fuera de Catalunya. A lo mejor, en vez de secuestrar a la gente, se podría incentivar cubrir estas plazas aprobando de una vez por todas una Ordenación Profesional que dignificara el salario de esta categoría.
En definitiva, corren malos tiempos para la clase trabajadora. Vendida por quienes tendrían que defenderla y amordazad@s y maniatad@s l@s que quieren luchar por ella. No nos extrañaría que, tras la firma de la infame Norma Marco de Movilidad y del “acuerdo de la vergüenza” de las 35 horas, se esté cocinando a fuego lento un convenio sin Ordenación Profesional en los despachos de Adif.
 COMUNICADO
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 RENFE 02/12/2025 | 101 ¿DE BUENA FE? | RENFE 28/11/2025 | 100 UNA DE CAL Y OTRA DE ARENA |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE TOMA Y DEJE GRÁFICOS DE CONDUCCIÓN. CGT PRESENTA CONFLICTO COLECTIVO | 25 2021-03-15 |
| COMUNICADO
 | Leido: 30 veces | Con fecha 8 de marzo, CGT presentó Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional contra RENFE VIAJEROS y RENFE MERCANCÍAS, dado el incumplimiento reiterado en los gráficos de conducción a nivel red del Desarrollo Profesional respecto al personal de este colectivo, al no reflejar los tiempos de toma y deje de servicio, tanto en las tareas de conducción como en aquellas que comienzan o terminan como viajero sin servicio (taxi o tren).
Antes de la presentación de la demanda, desde CGT agotamos todas las posibilidades de acuerdo en este sentido, habiendo promovido, tanto Comisión de Conflictos el 17 de octubre de 2019 y la preceptiva Papeleta de Conciliación previa a Conflicto Colectivo el 30 de junio de 2020, sin posibilidad de solución ante la reiterada negativa de la empresa a cumplir lo establecido en la Normativa.
El apartado 4.1.11 del ADPC es donde se regula la toma y deje del servicio, matizándose en el apartado 4.1.14 para las Actividades Complementarias (AC) cuyo literal establece que “El tiempo de toma del servicio al inicio de la jornada y el tiempo de deje del servicio a la finalización de la misma, será, al menos, de quince minutos.” Respecto a las actividades complementarias (AC) el apartado 14 establece para el caso de que las mismas no sean claves puras que: “En el caso de las claves que incorporen períodos de A.C. y además trenes de línea, o lanzadera o pasos, en ningún caso se computarán como A.C. los tiempos de toma y deje del servicio”.
Por lo tanto, todos los turnos deben tener toma y deje, comiencen con conducción o como viajero (tren o taxi) o finalicen del mismo modo, debiéndose reflejar al inicio y finalización del servicio, incluidos los turnos que reflejen AC y trenes en línea, lanzaderas y pasos.
Con esta actitud, RENFE recorta las jornadas de los maquinistas de forma unilateral, incidiendo así mismo en las mermas de descanso con las consecuencias negativas tanto retributivas como de condiciones de trabajo que ello conlleva.
CGT ha interpuesto demandas en juzgados y tribunales, obteniendo sentencias positivas en este sentido (Juzgado de lo Social de Teruel, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña…). A pesar de ello, y dado el empecinamiento de la empresa en incumplir la normativa, nos lleva a interponer este Conflicto Colectivo que la obligue a cumplir lo recogido en la misma.
CGT no va a permitir que la prepotencia de una empresa pública especializada en recortar derechos continúe adelante y pelearemos jurídicamente este derecho hasta el final.
CGT EN DEFENSA DE LOS DERECHOS DEL PERSONAL DE CONDUCCIÓN
Comunicado

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