Comunicados
ADIF | 43 07/05/2024
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LAS AMISTADES PELIGROSAS LAS AMISTADES PELIGROSAS
Ante la propuesta presentada por la empresa al Comité General de Empresa de Adif de conformar una comisión negociadora multiempresarial para Adif y Adif AV, hoy el CGE se ha reunido para rechazar por mayoría dicha propuesta, con el voto en contra de CC OO y la abstención del SCF, aunque el sindicato de circulación anteriormente había expresado varias veces que veía con buenos ojos esta oferta.
INTERESES PARTICULARES VS INTERÉS GENERAL
Así que, una vez más, la dirección de la empresa y CC OO coincidían en los mismos postulados.
¿Pero por qué la empresa planteaba está fórmula?
Las cuentas estaban claras. En un convenio multiempresarial, CC OO y SCF sumaban una mayoría absoluta por tan solo 3 décimas. Y de paso se excluía de la negociación al SF (al tener menos del 10% de representación en ambas empresas). Es fácil deducir que con uno menos y solo teniendo que ponerse de acuerdo con dos, se llevan buenas cartas en la partida. Mientras, en una comisión negociadora solo de Adif, las mayorías cambian, y todas las fuerzas sindicales que conforman el Comité General de Empresa se pueden sentar a la mesa. Es decir, la plantilla, y no solo una parte de ella, tendrá voz en el convenio.
¿Por qué a CC OO le vale la propuesta de la empresa?
Las cuentas también las tenían claras. Es más fácil negociar a espaldas del CGE con la empresa en pro de intereses que poco tienen que ver con los de toda la plantilla. Son amistades más que peligrosas.
Desde el SFF-CGT vamos a defender siempre lo mejor para la mayoría. Y lo mejor para la plantilla de Adif es que todas las voces estén sentadas en la comisión negociadora que tiene que negociar el próximo convenio.
UN CONVENIO PARA TOD@S
La situación laboral en Adif ha cambiado mucho desde que se firmó el anterior convenio. La plantilla ha cambiado y tiene nuevas necesidades. El tráfico ferroviario tampoco es el que era, y las cargas de trabajo y la productividad se han disparado. Tenemos depositadas muchas esperanzas en conseguir un convenio valiente, que mejore las condiciones laborales de todos los colectivos. Y si todas las fuerzas sindicales remamos en la misma dirección tendremos más posibilidades de conseguirlo.
No estamos en contra de negociar un convenio multiempresarial para Adif y Adif AV, pero después de negociar el de Adif y sentar las bases de un convenio a la altura de las necesidades de la plantilla.
Y por supuesto estamos a favor de que ambas empresas vuelvan a ser solo una. Y así lo hemos manifestado, junto con el resto de fuerzas sindicales, en el CGE celebrado en el día de hoy, en el que se ha impuesto la voz de la mayoría de las personas trabajadoras de Adif.
SFF-CGT: SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
COMUNICADO Anexo
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ADIF 06/05/2024 | 42 ADIF: SUSPENSO EN CONCILIACIÓN | SECTOR 01/05/2024 | 41 VIVA EL 1 DE MAYO |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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SECTOR EL TRIBUNAL SUPREMO PONE COTO A LA TEMPORALIDAD EN LOS CONTRATOS DE OBRA Y SERVICIO | 6 2021-01-18 |
| COMUNICADO
| Leido: 13 veces | El Tribunal Supremo (TS), en reciente sentencia nº 1137/2020 de fecha 29 de Diciembre de 2020, resolviendo un recurso de casación para unificación de doctrina, ha modificado la posición que había mantenido hasta el momento en lo concerniente a los contratos de Obra y Servicio.
Dicha sentencia, viene a decir y de forma breve, que vincular la duración de los contratos temporales por Obra y Servicio determinado, suscritos con l@s trabajadores/as, con la duración concreta del contrato mercantil suscrito entre las empresas, principal y la contratista, es desnaturalizar la relación laboral (recordemos que el contrato típico es el indefinido). Lo que hasta ahora ha provocado, que el contrato indefinido se torne atípico (no común), facilitando unas tasas de temporalidad en nuestro mercado laboral que, de ninguna manera, es la pretensión del legislador y la Ley.
En concreto, el TS expone: “la autonomía e identidad de la contrata, justificativa de la contratación, se desdibuja al convertirse en una actividad que, por sus características de reiteración a través de sucesivas ampliaciones renegociaciones, evidencia que la empresa necesariamente ha incorporado ya a su habitual quehacer, pese a lo cual ha mantenido el mismo contrato de obra o servicio” y por tanto, plantea la ilicitud de “acudir a este tipo de contrato temporal cuando la actividad de la empresa no es otra que la de prestar servicios para terceros y, por consiguiente, desarrolla las relaciones mercantiles con los destinatarios de tales servicios a través de los oportunos contratos en cada caso”.
Así mismo, el TS se hace eco de la enorme tasa de temporalidad existente en el mercado laboral español y la vinculación de ésta a los contratos de Obra y Servicio determinado, que en multitud de casos, encierra la prestación de la actividad propia, regular y ordinaria de la empresa principal, careciendo por tanto la subcontratación de autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa.
El sector ferroviario es un claro ejemplo de este tipo de prácticas, donde las empresas privadas prestan servicios propios de las empresas matrices (RENFE y ADIF) y continuados en el tiempo, vinculados a una falsa temporalidad, siendo este un elemento indicativo de la precariedad laboral existente.
CGT se va a dirigir por escrito a las distintas empresas que prestan servicios licitados en el ámbito del sector ferroviario exigiendo la aplicación de esta nueva doctrina del TS a los contratos de sus trabajadores/as, que deben de pasar de temporales a indefinidos, poniéndonos a disposición de l@s trabajadores/as afectad@s para asesorar e interponer las actuaciones jurídicas necesarias de encontrase en esta situación.
CGT CONTRA LA PRECARIEDAD LABORAL.
ELIGE CGT
Comunicado
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