Comunicados
RENFE | 66 23/08/2024
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TERMINANDO DE ARREGLAR VCX Como casi todo el personal de Renfe que trabaje en las taquillas conocerá, el pasado 29 de febrero nuestr@s compañer@s encendieron sus ordenadores y descubrieron que VCX, el sistema de venta en estaciones para operar con billetes de AVE, Larga Distancia, Avant, etc., había cambiado. Mucho. Y los cambios trajeron aparejados
muchos problemas.
Tantos que, con vuestra ayuda, la de todas las personas que quisisteis colaborar, realizamos un documento exhaustivo que recogía todos los fallos que fuimos capaces de recopilar en aquel momento, cuando ni siquiera habían transcurrido quince días desde la actualización inicial de VCX.
Desde entonces muchos de los contratiempos que teníamos en febrero han sido subsanados, pero por el camino much@s compañer@s han sufrido las consecuencias del funcionamiento errático del sistema: Datos que tienen que pedirse a l@s usuari@s una y otra vez, precios que cambiaban justo cuando la viajer@ va a pagar, billetes que
no pueden cambiarse o anularse…
Y l@s viajer@s nada quieren saber de las cuestiones técnicas de Renfe. Bastante quemad@s llegan por las miserias del sistema ferroviario, como para que les digan que su billete no vale 30€, que por algún motivo (que no podemos explicar) ahora vale 40€, por poner un ejemplo sangrante. ¿Consecuencia? Un aumento del estrés y de los riesgos psicosociales en los puestos de trabajo, con decenas de PIR (Parte de Información de Riesgos) interpuestos por l@s compañer@s de taquillas por este motivo.
Por ello, el pasado 13 de agosto interpusimos Comisión de Conflictos para tratar de cerrar el tema, mediante una vía dialogada o recurriendo a la conflictividad si fuera necesario.
En el transcurso de la reunión de la Comisión de Conflictos, que tuvo lugar el día 20 de agosto, Renfe nos presentó un informe en el que habían ido revisando los puntos problemáticos que les entregamos en su día en el mencionado documento. El estado de los mismos, el día de la reunión, era el siguiente:
- 25 ya solucionados
- 4 serán solucionados en el parche de septiembre
- 8 no habían podido ser reproducidos de nuevo
- 11 sin solución / a falta de solución futura
En este punto, Renfe nos ofreció volver a reunirnos en un tiempo prudencial para reevaluar la situación y se ha fijado la reunión el próximo 19 de septiembre. Por nuestra parte nos ofrecimos a revisar la lista para ver si la situación expuesta en la relación de puntos es la real y de paso para volver a consultar con vosotr@s, el personal de taquillas que sufrís la realidad de VCX, los conflictos que sigan existiendo o los que hayan podido surgir en las últimas semanas. Para facilitar la comunicación hemos habilitado un buzón de correo electrónico para que nos podáis hacer llegar los errores que sigáis detectando en la operativa diaria con este sistema de venta. Podéis mandar vuestros aportes a erroresvcx@cgtferroviario.es.
El SFF-CGT es una organización combativa pero también, como ejemplarizamos hoy, una organización que constantemente realiza un trabajo efectivo (de consulta, valoración, propuesta, etc.), siendo tendentes a la colaboración positiva con las empresas del sector ferroviario para tratar de subsanar problemas y, por supuesto, facilitar la realidad laboral de nuestr@s compañer@s.
VAMOS AVANZANDO JUNT@S. ¡ÚNETE A CGT! COMUNICADO
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RENFE 05/08/2024 | 65 CATEGORÍAS DE INGRESO. 2016 - 2024 | CONJUNTO 02/08/2024 | COMUNICADO CONJUNTO COMUNICADO CONJUNTO CGE RENFE Y ADIF: OBVIAR LA PARTE SOCIAL IMPLICA CONFLICTIVIDAD |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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SECTOR EL TRIBUNAL SUPREMO PONE COTO A LA TEMPORALIDAD EN LOS CONTRATOS DE OBRA Y SERVICIO | 6 2021-01-18 |
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| Leido: 13 veces | El Tribunal Supremo (TS), en reciente sentencia nº 1137/2020 de fecha 29 de Diciembre de 2020, resolviendo un recurso de casación para unificación de doctrina, ha modificado la posición que había mantenido hasta el momento en lo concerniente a los contratos de Obra y Servicio.
Dicha sentencia, viene a decir y de forma breve, que vincular la duración de los contratos temporales por Obra y Servicio determinado, suscritos con l@s trabajadores/as, con la duración concreta del contrato mercantil suscrito entre las empresas, principal y la contratista, es desnaturalizar la relación laboral (recordemos que el contrato típico es el indefinido). Lo que hasta ahora ha provocado, que el contrato indefinido se torne atípico (no común), facilitando unas tasas de temporalidad en nuestro mercado laboral que, de ninguna manera, es la pretensión del legislador y la Ley.
En concreto, el TS expone: “la autonomía e identidad de la contrata, justificativa de la contratación, se desdibuja al convertirse en una actividad que, por sus características de reiteración a través de sucesivas ampliaciones renegociaciones, evidencia que la empresa necesariamente ha incorporado ya a su habitual quehacer, pese a lo cual ha mantenido el mismo contrato de obra o servicio” y por tanto, plantea la ilicitud de “acudir a este tipo de contrato temporal cuando la actividad de la empresa no es otra que la de prestar servicios para terceros y, por consiguiente, desarrolla las relaciones mercantiles con los destinatarios de tales servicios a través de los oportunos contratos en cada caso”.
Así mismo, el TS se hace eco de la enorme tasa de temporalidad existente en el mercado laboral español y la vinculación de ésta a los contratos de Obra y Servicio determinado, que en multitud de casos, encierra la prestación de la actividad propia, regular y ordinaria de la empresa principal, careciendo por tanto la subcontratación de autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa.
El sector ferroviario es un claro ejemplo de este tipo de prácticas, donde las empresas privadas prestan servicios propios de las empresas matrices (RENFE y ADIF) y continuados en el tiempo, vinculados a una falsa temporalidad, siendo este un elemento indicativo de la precariedad laboral existente.
CGT se va a dirigir por escrito a las distintas empresas que prestan servicios licitados en el ámbito del sector ferroviario exigiendo la aplicación de esta nueva doctrina del TS a los contratos de sus trabajadores/as, que deben de pasar de temporales a indefinidos, poniéndonos a disposición de l@s trabajadores/as afectad@s para asesorar e interponer las actuaciones jurídicas necesarias de encontrase en esta situación.
CGT CONTRA LA PRECARIEDAD LABORAL.
ELIGE CGT
Comunicado
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