Comunicados
IRYO | 94 19/11/2024
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LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA Hoy dÃa 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
Una reunión en la que una vez más (van ya unas cuantas desde el mes de mayo…) hemos vuelto a reivindicar el pago de las dietas para el colectivo de asistentes y la nocturnidad para los colectivos que la trabajan.
En la anterior reunión del 29 de octubre, la dirección de la empresa se abrió a la posibilidad de alcanzar un preacuerdo para abonarlo a partir del 1 de enero de 2025. En dicho preacuerdo se fijarÃan las cantidades a abonar y el régimen disciplinario los cuales se incorporarÃan al convenio colectivo a su firma.
La empresa para acceder a lo anterior, solicitaba conocer cuáles eran nuestras peticiones en materia de jornada y económicas, pues esta parte se deducirÃa de la cantidad final que se pactarse en Convenio colectivo. La semana pasada se envió a la empresa la documentación con la propuesta.
Hoy nos volvemos a encontrar con una dirección pidiendo todavÃa más tiempo para analizar la documentación enviada, dándonos de nuevo una negativa a nuestras reivindicaciones.
Las dietas son 14,50 euros, NO aceptamos un importe menor teniendo en cuenta la carestÃa de la vida y la inflación. La nocturnidad NO puede continuar sin abonarse.
Debemos de poner en valor nuestra profesión, no podemos consentir ni un minuto más más desigualdades actuales.
Ante la actitud de la dirección de la empresa de ninguneo y falta de voluntad para dar respuesta a esta situación, tenemos que continuar con las actuaciones que tenÃamos ya previstas para exigir lo reivindicado que es lo justo y lo que las personas trabajadoras merecen y para ello convocaremos movilizaciones en diciembre y enero.
Necesitamos a la plantilla unida y con fuerza para reclamar lo que nos corresponde, no podemos conformarnos con menos. Ellos tienen sus ganancias nosotros también merecemos unas dietas dignas y pago de horas nocturnas como corresponde.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 19/11/2024 | 93 EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS | RENFE 15/11/2024 | 92 MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logÃstica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF ADIF PLANTEA UNA INQUIETANTE REGULACIÓN DEL TELETRABAJO | 125 2020-12-14 |
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| Leido: 8 veces | Con varios meses de retraso, y tras la enorme insistencia por parte de CGT, la Dirección de ADIF por fin ha presentado su propuesta de regulación del Trabajo a distancia.
El contenido de la misma es inquietante al dejar en manos de la empresa el poder de decisión, sin criterios objetivos ni procedimientos iguales para toda la plantilla.
Según la propuesta de la empresa, las/os compañeras/os con menos de 5 años de antigüedad o con contrato temporal, quedan excluidas del teletrabajo. Además, la empresa decidirá quién puede teletrabajar, lo cual abre la puerta a que el criterio para poder realizar teletrabajo de forma voluntaria, no sea el tipo de trabajo ni la capacidad de lapersona para realizar su labor por medios telemáticos, sino la preferencia personal de cada jefe.
Desde CGT hemos planteado numerosas modificaciones a la propuesta de la empresa, con el objetivo de que se reconozca el derecho al teletrabajo, con deberes y garantÃas, basado en criterios objetivos y en la mejora del servicio público ferroviario.
Entre las medidas planteadas por CGT, destacamos las siguientes:
• Dar la opción a participar a los/as compañeros/as de nuevo ingreso, a los contratados de forma temporal y al personal no protegido por el convenio que no pertenezca a la Alta Dirección
• Establecer el derecho al teletrabajo voluntario y reversible, con unas garantÃas que eviten discriminaciones y obstáculos por parte de los jefes que no son partidarios del teletrabajo.
• Reflejar las condiciones económicas ya que esta modalidad no puede suponer, en ningún caso, una merma de los ingresos
• Existencia de un acuerdo de trabajo a distanciaen el que se recoja el contenido mÃnimo que establece el RD 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia.
• Medios facilitados por la empresa: equipos técnicos, mobiliario, elementos de primeros auxilios y todo aquello que sea necesario
• GarantÃas de desconexión digital, con una distribución del tiempo de trabajo clara
• En caso de que los puestos con posibilidad de teletrabajo sean menos que las personas que desean realizar esta modalidad, deberá establecerse unos criterios objetivos para su adjudicación (personas con movilidad reducida, con necesidades de conciliación, evitar desplazamientos, mayor antigüedad)
• Dar la importancia que tiene a la Seguridad y Salud.
• Formación como pilar básico en todas las fases de implantación.
Esperamos que la empresa esté a la altura de las circunstancias y se implique en una verdadera negociación sobre el teletrabajo, donde prime la igualdad, los criterios objetivos y la mejora del servicio público ferroviario en lugar de la defensa de intereses particulares de algunos superiores.
CGT GARANTIZA TUS DERECHOS Y TU SEGURIDAD. ELIGE CGT
Comunicado
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