Comunicados
RENFE | 75 09/10/2024
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HEMOS PERDIDO DINERO CON ESTE CONVENIO. YA ES HORA DEL SIGUIENTE El actual III Convenio colectivo del Grupo Renfe que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2022 y cuya vigencia finaliza el próximo 31 de diciembre de 2024 ha supuesto una sangría económica para la plantilla del grupo Renfe. El incremento remunerativo acordado por la Empresa y los sindicatos SEMAF, CCOO y UGT no solo no alcanzó los valores del IPC anuales sino que, lejos de estarlo, ha visto como la diferencia entre la subida salarial y el IPC se han ido incrementando a lo largo de estos años de convenio.
Ya en el año 2021 la pérdida salarial fue del 2,19%, y el año siguiente se alcanzó un detrimento de 4,9%, lo que supuso más de un 7% de pérdida acumulada de poder adquisitivo en el primer año de vigencia del convenio. Siendo conocedores del incremento de IPC estimado proporcionado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) nos opusimos, entre otros motivos, a la firma del III Convenio colectivo del Grupo Renfe. Pese al perjuicio que suponía al personal, se aprobó el III Convenio Colectivo entre la Empresa y las organizaciones sindicales mencionadas anteriormente.
A medida que la vigencia del actual convenio iba pasando, se iba agudizando la pérdida de poder adquisitivo. Si imaginamos un aciago 2025 sin subida salarial, la pérdida llegaría al 10,55%, incluyendo la estimación del INE para el 2025.
A continuación, se desglosa la pérdida porcentual de salario respecto al incremento del IPC, tanto anual como de manera acumulada durante los últimos años de convenio.
// TABLA 1 //
Esta diferencia porcentual se traduce en una pérdida de poder adquisitivo que ha afectado de manera significativa a todos los colectivos del Grupo Renfe. Tomando tan solo como referencia el sueldo base (clave 002), dejando de lado el resto de claves, la pérdida de poder adquisitivo sufrido por las personas trabajadoras en el período 2021-2025 será la siguiente:
// TABLA 2 //
El 31 de diciembre está a la vuelta de la esquina. Las organizaciones sindicales presentes en el Comité General de Empresa nos debemos poner las pilas y demandar que se inicien las negociaciones del nuevo convenio cuanto antes, para tratar de mitigar la pérdida de poder adquisitivo que arrastramos. 2025 no puede volver a ser un año en el que perdamos dinero.
Desde el SFF-CGT demandaremos que el nuevo convenio traiga aparejada una subida salarial que subsane la pérdida de poder adquisitivo sufrida por la plantilla con el III Convenio, y que se garantice que la subida salarial sea, como mínimo, acorde al incremento del IPC anual.
COMUNICADO
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IRYO 09/10/2024 | COMUNICADO CONJUNTO NI UN DÍA MÁS SIN UNA RESPUESTA POSITIVA | ADIF 09/10/2024 | 74 AVANZAMOS EN DERECHOS, A PESAR DE ADIF |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE PERMANENCIAS AL ANTOJO DE LA EMPRESA | 110 2020-10-07 |
| COMUNICADO Anexo 1
| Leido: 8 veces | En el día de hoy, se ha reunido la Comisión Delegada del Comité General de Empresa para tratar varios puntos, entre ellos, el Proceso de Movilidad Funcional para el personal de comercial: Operador Comercial Especializado N2 (Centros de Gestión de la Sociedad de Viajeros), cuyo proceso ha contado con la impugnación de varios trabajadores con permanencia en Cataluña a los que se les ha excluido de este proceso de ascenso, exclusión que no se dio en la anterior convocatoria para centros de gestión de mercancías.
Se trataba principalmente de dar solución a las peticiones de trabajadores de la zona de Cataluña, que habiendo accedido a la empresa desde una convocatoria estatal, están condenados a seguir en Cataluña sin poder acceder a ninguna convocatoria fuera de esa comunidad.
Desde el inicio de la reunión y durante la exposición, todas las centrales sindicales hemos estado de acuerdo en que tienen todo el derecho a participar en la convocatoria a nivel estatal, pero sorpresivamente cuando han tenido que retratarse, todas han firmado (excepto CGT) que es allí donde deben permanecer, dando cobertura legal a la empresa en caso de demandas y manteniendo la imposición de 36 meses de permanencia, penalizándoles con solo poder presentarse a los puestos que salgan en Cataluña durante ese periodo.
Cuando a la empresa le ha interesado ha cambiado las normas alegremente con el inestimable apoyo de sus centrales sindicales amigas, como en la convocatoria para los centros de gestión de mercancías, donde por falta de candidat@s se saltó la permanencia y la normativa laboral, permitiendo la participación de l@s compañer@s de Cataluña, sin embargo, ahora no ha tenido el más mínimo interés.
CGT siempre se ha posicionado en contra de las permanencias por encima de lo que marca la normativa laboral, siendo esta una de las razones por la que no firmamos esta convocatoria. Llama la atención, que algún que otro sindicato que dice estar en contra de las permanencias, cuando se le presenta la oportunidad, no duda en salir en la foto y apoyar las directrices de la empresa en contra de l@s trabajadores/as.
Paralelamente hemos solicitado que se elimine de la materia para el examen de esta movilidad funcional, el libro de “Nociones Ferroviarias” por razones obvias: la información que contiene se encuentra desactualizada y en su mayoría, las informaciones que contiene de poco o nada sirven para la formación de l@s compañeras/os ni se aplican en su labor diaria. La respuesta de la empresa ha sido No.
POR TU SEGURIDAD LABORAL Y NORMATIVA
ELIGE CGT
Comunicado Anexo 1
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