Comunicados
IRYO | 94 19/11/2024
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LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
Una reunión en la que una vez más (van ya unas cuantas desde el mes de mayo…) hemos vuelto a reivindicar el pago de las dietas para el colectivo de asistentes y la nocturnidad para los colectivos que la trabajan.
En la anterior reunión del 29 de octubre, la dirección de la empresa se abrió a la posibilidad de alcanzar un preacuerdo para abonarlo a partir del 1 de enero de 2025. En dicho preacuerdo se fijarían las cantidades a abonar y el régimen disciplinario los cuales se incorporarían al convenio colectivo a su firma.
La empresa para acceder a lo anterior, solicitaba conocer cuáles eran nuestras peticiones en materia de jornada y económicas, pues esta parte se deduciría de la cantidad final que se pactarse en Convenio colectivo. La semana pasada se envió a la empresa la documentación con la propuesta.
Hoy nos volvemos a encontrar con una dirección pidiendo todavía más tiempo para analizar la documentación enviada, dándonos de nuevo una negativa a nuestras reivindicaciones.
Las dietas son 14,50 euros, NO aceptamos un importe menor teniendo en cuenta la carestía de la vida y la inflación. La nocturnidad NO puede continuar sin abonarse.
Debemos de poner en valor nuestra profesión, no podemos consentir ni un minuto más más desigualdades actuales.
Ante la actitud de la dirección de la empresa de ninguneo y falta de voluntad para dar respuesta a esta situación, tenemos que continuar con las actuaciones que teníamos ya previstas para exigir lo reivindicado que es lo justo y lo que las personas trabajadoras merecen y para ello convocaremos movilizaciones en diciembre y enero.
Necesitamos a la plantilla unida y con fuerza para reclamar lo que nos corresponde, no podemos conformarnos con menos. Ellos tienen sus ganancias nosotros también merecemos unas dietas dignas y pago de horas nocturnas como corresponde.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 19/11/2024 | 93 EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS | RENFE 15/11/2024 | 92 MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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SECTOR CGT CONTINÚA RECLAMANDO MEDIDAS DE CONCILIACIÓN | 105 2020-09-21 |
| COMUNICADO
| Leido: 17 veces | La conciliación es un derecho de hombres y mujeres que debe servir no solo para poder cuidar a nuestros pequeños y nuestros mayores sino también para que ese trabajo de cuidados se reparta de forma equitativa entre hombres y mujeres.
La pandemia de coronavirus nos ha colocado en una situación excepcional de mayor riesgo para la salud de los trabajadores y de nuestras familias. Además, la pandemia ha provocado la reducción de los horarios escolares generado una nueva necesidad de cuidar a los niños en casa durante los cierres de aulas y durante las cuarentenas.
Aunque desde CGT estamos reclamando también la regulación del teletrabajo, el trabajo a distancia no es la mejor alternativa para conciliar, porque no todos los trabajadores pueden acceder al teletrabajo y porque al final, en la mayoría de los casos, son las mujeres las que permanecen en el hogar cuidando y trabajando al mismo tiempo, con el sobreesfuerzo y la desigualdad que esto conlleva. Hay alternativas mejores como permisos de paternidad y maternidad largos, intransferibles y de igual duración para que tanto los hombres como las mujeres cuiden a los pequeños en su primer año de vida y escuelas infantiles públicas y gratuitas para la etapa de 0 a 3 años.
Pero mientras conseguimos estos avances, necesitamos cuanto antes medidas que nos permitan afrontar la pandemia.
ADAPTACIÓN DE JORNADA
Desde hace más de un año, tanto CGT como el resto de sindicatos de clase venimos reclamando a las empresa que regulen el derecho a la adaptación de jornada sin reducción de jornada (y por tanto sin reducción salarial) para cuidado de menores de 12 años o mayores dependientes. Esta adaptación puede concretarse en cambio de turno, entrar y salir antes o después, o teletrabajo para parte o toda la jornada semanal.
Aunquese nieguen a regular este derecho, los/as trabajadores/as podemos solicitar adaptación de jornada (tanto personal de convenio como jefes y jefes de área). Si estás interesado, ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos a solicitarlo.
PERMISOS RETRIBUIDOS PARA CUIDAR A MENOR EN CASO DE COVID
Ya existe ese derecho mediante baja médica que se solicita al médico de cabecera.
PERMISOS RETRIBUIDOS PARA CUIDAR A MENOR EN CASO DE CIERRE DE AULA O CUARENTENA
En caso de cierre de aula o cuarentena de un menor sin positivo por COVID, el trabajador puede ausentarse del puesto de trabajo para cuidar al menor, pero la empresa puede descontar el salario o los días de vacaciones. Por este motivo, desde CGT hemos reclamadoque se reconozca permisos retribuidos para cuidar a menores en estas circunstancias.
Las empresas llevan ya un tiempo apostando por la desregulación de las condiciones de trabajo, lo cual no solo no dificulta la conciliación sino que además provoca una peor organización del trabajo, una mayor desmotivación de los trabajadores y un peor servicio público. Esta en nuestra mano plantarnos y comenzar a movernos para conseguir mejoras en conciliación. Si lo dejamos en manos de las empresas, no llegarán nunca.
CGT GARANTIZA TU SEGURIDAD Y TUS DERECHOS. AFÍLIATE
Comunicado
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