Comunicados
ADIF | 1 09/01/2026
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EL CGE DE ADIF: CLIENTE PREMIUM DE CORREOS EL CGE DE ADIF: CLIENTE PREMIUM DE CORREOS
¿Quién dijo que ya no se escribían cartas? El género epistolar triunfa en Adif. El Comité General de Empresa (CGE) se ha convertido en un gran escriba dedicado a redactar una cartita cada dos meses para presionar con fuerza a la empresa. La dirección ya siente su aliento en la nuca y se puede oler su pánico.
NO HAY PRISA, WAY
Nada menos que cerca de 700 firmas se han recogido en el colectivo de Mandos Intermedios, Cuadros y Estructura de Apoyo reclamando que el nuevo convenio recoja una serie de reivindicaciones históricas que llevan años lastrando a las personas que pertenecen a estas categorías.
Por esta razón, el SFF-CGT envió una carta solicitando una reunión urgente del CGE para tratar este tema, reunión que se celebró ayer. No era la primera vez que un colectivo reclamaba al CGE que defendiera sus derechos. Meses antes ya lo habían hecho l@s maquinistas. Que también recibieron una cartita de respuesta.
La mayoría del CGE (esa gran pinza, compuesta por CCOO, UGT y SCF) ha decidido que el malestar del colectivo de oficinas se alivia mandando un escrito a la empresa y esperando a que conteste. Vamos, exactamente lo mismo que se decidió en el anterior CGE: misiva al ministro y a esperar que el convenio nos caiga del cielo.
El SFF-CGT volvió a proponer comenzar de una vez las movilizaciones como comité general y plantear una comisión de conflictos para abordar posibles paros. También retomar una plataforma reivindicativa conjunta de todos los sindicatos que, con excusas poco claras, se quedó en el limbo a pesar de tener bastantes cuestiones ya avanzadas. Pero la pinza volvió a hacer de las suyas, votando en contra de todo. Y palmadita en la espalda al colectivo, como ocurrió con l@s maquinistas: tenéis toda la razón, pero no vamos a hacer nada.
MATRIX TE POSEE
Lo advertimos en la anterior reunión: la plantilla no aguanta más, la ordenación profesional es urgente y es necesario que el CGE, como voz de las personas trabajadoras, presione a la empresa para que cerremos de una vez un convenio que lleva dos años cocinándose a fuego más que lento.
Pero la realidad en la que se mueven la empresa y los “sindicatos de la pinza” es la de Matrix, exprimiendo la energía a la plantilla. Cada uno de los 450 días que han pasado desde que se empezó a negociar este III Convenio, cientos de personas trabajadoras de Adif se han levantado a las 5 a currar, han pasado la noche trabajando, han estado en el tajo 12 horas seguidas o han hecho funciones y asumido responsabilidades que no les correspondían. Y todo por el mismo precio. Pero ell@s se siguen mandando cartitas.
Seas o no afiliad@, conéctate a la videoasamblea abierta que realizaremos el lunes 12 a las 15h para saber más sobre la reunión del CGE y resolver tus dudas
https://us02web.zoom.us/j/6335197971?omn=82457630091
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 30/12/2025 | 109 LA RULETA RUSA DEL ADIF | ADIF 18/12/2025 | 108 PARA CARNAVAL, NI CONVENIO NI ORDENACIÓN PROFESIONAL |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE LA JUSTICIA VUELVE A DAR LA RAZÓN A CGT SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL SOBRE JUSTIFICACIÓN DÍAS MALOSOS EN RENFE. | 103 2020-09-17 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 36 veces | La Audiencia Nacional, en sentencia de fecha 09/09/2020 nos da la razón respecto de la ilegalidad manifiesta que suponía, por parte de RENFE, la exigencia de que para hacer efectivo el disfrute de los denominados “días malosos” era necesario aportar justificante médico que recomendase “reposo domiciliario”.
Recordemos, que la dirección de la empresa decidió, de manera unilateral y obviando a la representación de los trabajadores, establecer un requisito que en la propia norma no se contiene. Esta cuestión, que puede resultar baladí, contiene una importancia relevante por cuanto la empresa estaba introduciendo novedades respecto al convenio colectivo por la cara.
Siendo así, CGT se puso en marcha e interpuso demanda de conflicto colectivo por esta cuestión, que ha dado como resultado la Sentencia de la Sala Social de la Audiencia Nacional 60/2020, en la que, estimándose la demanda, se declara nula la decisión de la empresa de imponer el requisito de prescribir por el facultativo el correspondiente reposo.
Y ya van dos veces que la empresa intenta, de manera particular y torticera, limitar este derecho, ya que en 2018 tuvimos que acudir a la Audiencia Nacional para que se reconociera el derecho, que otorgaba la D.A 38 de la ley 17/12 de Presupuestos Generales del Estado de 2013 para l@s trabajadores/as sal servicio de la Administración del Estado y a los organismos y entidades de derecho público dependientes de la misma, entre los que se encuentran RENFE y ADIF, que desde un primer momento no puso reparos en concederlos a diferencia de RENFE, y en la que nos dieron igualmente la razón. A la Dirección de RENFE no le quedó otra que reconocer este derecho, incluso después de haber incoado expedientes por este motivo, pero ha sido en apariencia, ya que poco después de la misma, comenzó a limitar el derecho, y en algunos caso, a vaciarlo de contenido.
Desde CGT entendimos, que en caso de que quisieran desarrollar esta cuestión, la única herramienta útil era, en todo caso, la negociación colectiva. Se instó a la empresa en varias ocasiones a alcanzar acuerdo, pero la misma se negó en rotundo a negociar.
Llegados a este punto, en nuestra demanda incluimos una petición que no podía tener cabida en la sentencia, era que se reconocieran los justificantes médicos con una declaración jurada adjunta, con objeto de establecer un pie para la negociación, y por ello, tuvimos que renunciar a este pedimento en el acto de juicio, por lo que la cuestión, ahora mismo, no está regulada, y en opinión de CGT, con aportar justificante médico de haber acudido al médico por enfermedad o a la mutua por accidente, será suficiente como documento por hacer valer el derecho.
Esperamos que con este nuevo fallo judicial, entiendan la diferencia entre incapacidad temporal y días de permiso por enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal.
Con esta sentencia, tenemos otra victoria más en nuestros derechos, que unas veces se recortan de manera más directa y otras -cuando no se tiene razón- de manera más oscura. A la Dirección de RENFE se le debería caer la cara de vergüenza, pues no solo incumplen leyes, sino que además, las limitan y recortan a su complacencia. Mientras estas situaciones se produzcan a CGT la tendrán enfrente.
CGT GARANTIZA TU SEGURIDAD Y TUS DERECHOS. AFÍLIATE
Comunicado Anexo 1

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