Comunicados
RENFE | 94 11/11/2025
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MOVILIDAD EXTRAORDINARIA EN INGENIERÍA Y MANTENIMIENTO HACER LO MISMO Y ESPERAR RESULTADOS DISTINTOS Una vez más, la Dirección del Grupo Renfe demuestra su falta de escucha y su incapacidad para rectificar. La reunión de movilidad extraordinaria celebrada el pasado jueves en la sala 100 de Fuencarral volvió a dejar claro que la empresa sigue actuando de espaldas a su plantilla, ignorando las propuestas razonables de la representación sindical y manteniendo un modelo autoritario que bloquea la conciliación y limita el desarrollo profesional.
ESCASOS AVANCES REALES
Durante más de cuatro horas se abordaron cuestiones clave: la cobertura de vacantes, los cambios de especialidad y la situación de quienes aprobaron en la anterior convocatoria pero quedaron sin plaza. La empresa, fiel a su estilo, comenzó negándose a permitir los cambios de especialidad y eliminando incluso la plaza de Granada, una decisión que anticipa el incierto futuro de ese taller y evidencia la falta de compromiso con su personal.
La presión de la representación sindical consiguió un pequeño avance: la creación de un quinto grupo subsidiario para quienes acrediten titulación y antigüedad suficiente. Un paso mínimo, pero que demuestra que cuando se presiona, se consiguen resultados.
LOS PROBLEMAS DE FONDO SIGUEN SIN RESOLVERSE
Sin embargo, los problemas de fondo permanecen. Los cambios de especialidad denegados siguen sin resolverse, y Renfe vuelve a escudarse en su supuesta “incapacidad” para atender las demandas. El corsé del artículo 14.6 continúa impidiendo una movilidad real y afectando directamente a la conciliación y a la planificación personal, mientras las plazas siguen sin cubrirse y la empresa se empeña en sostener un modelo que no funciona.
NO SEREMOS CÓMPLICES DE ESTE MODELO
Desde SFF-CGT lo tenemos claro: no seremos cómplices de este modelo fracasado ni de los acuerdos que recortan derechos y dignidad a la plantilla. Mientras otros firman sin cuestionar, nosotros seguiremos denunciando la incoherencia, la falta de transparencia y el autoritarismo que impiden avanzar hacia una movilidad justa, transparente y negociada.
Porque la movilidad debe servir para crecer, no para castigar. Seguiremos firmes, defendiendo la lógica frente a la imposición y los derechos frente a los privilegios.
SFF-CGT: HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 11/11/2025 | 93 EL SFF-CGT PRESENTA UNA COMISIÓN DE CONFLICTOS POR LA PARÁLISIS DEL III CONVENIO | LOGIRAIL 06/11/2025 | 92 SALARIOS DE OUTLET, DIRECCIÓN DE LUJO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE LA JUSTICIA VUELVE A DAR LA RAZÓN A CGT SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL SOBRE JUSTIFICACIÓN DÍAS MALOSOS EN RENFE. | 103 2020-09-17 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 36 veces | La Audiencia Nacional, en sentencia de fecha 09/09/2020 nos da la razón respecto de la ilegalidad manifiesta que suponía, por parte de RENFE, la exigencia de que para hacer efectivo el disfrute de los denominados “días malosos” era necesario aportar justificante médico que recomendase “reposo domiciliario”.
Recordemos, que la dirección de la empresa decidió, de manera unilateral y obviando a la representación de los trabajadores, establecer un requisito que en la propia norma no se contiene. Esta cuestión, que puede resultar baladí, contiene una importancia relevante por cuanto la empresa estaba introduciendo novedades respecto al convenio colectivo por la cara.
Siendo así, CGT se puso en marcha e interpuso demanda de conflicto colectivo por esta cuestión, que ha dado como resultado la Sentencia de la Sala Social de la Audiencia Nacional 60/2020, en la que, estimándose la demanda, se declara nula la decisión de la empresa de imponer el requisito de prescribir por el facultativo el correspondiente reposo.
Y ya van dos veces que la empresa intenta, de manera particular y torticera, limitar este derecho, ya que en 2018 tuvimos que acudir a la Audiencia Nacional para que se reconociera el derecho, que otorgaba la D.A 38 de la ley 17/12 de Presupuestos Generales del Estado de 2013 para l@s trabajadores/as sal servicio de la Administración del Estado y a los organismos y entidades de derecho público dependientes de la misma, entre los que se encuentran RENFE y ADIF, que desde un primer momento no puso reparos en concederlos a diferencia de RENFE, y en la que nos dieron igualmente la razón. A la Dirección de RENFE no le quedó otra que reconocer este derecho, incluso después de haber incoado expedientes por este motivo, pero ha sido en apariencia, ya que poco después de la misma, comenzó a limitar el derecho, y en algunos caso, a vaciarlo de contenido.
Desde CGT entendimos, que en caso de que quisieran desarrollar esta cuestión, la única herramienta útil era, en todo caso, la negociación colectiva. Se instó a la empresa en varias ocasiones a alcanzar acuerdo, pero la misma se negó en rotundo a negociar.
Llegados a este punto, en nuestra demanda incluimos una petición que no podía tener cabida en la sentencia, era que se reconocieran los justificantes médicos con una declaración jurada adjunta, con objeto de establecer un pie para la negociación, y por ello, tuvimos que renunciar a este pedimento en el acto de juicio, por lo que la cuestión, ahora mismo, no está regulada, y en opinión de CGT, con aportar justificante médico de haber acudido al médico por enfermedad o a la mutua por accidente, será suficiente como documento por hacer valer el derecho.
Esperamos que con este nuevo fallo judicial, entiendan la diferencia entre incapacidad temporal y días de permiso por enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal.
Con esta sentencia, tenemos otra victoria más en nuestros derechos, que unas veces se recortan de manera más directa y otras -cuando no se tiene razón- de manera más oscura. A la Dirección de RENFE se le debería caer la cara de vergüenza, pues no solo incumplen leyes, sino que además, las limitan y recortan a su complacencia. Mientras estas situaciones se produzcan a CGT la tendrán enfrente.
CGT GARANTIZA TU SEGURIDAD Y TUS DERECHOS. AFÍLIATE
Comunicado Anexo 1

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