Comunicados
 
IRYO
94
19/11/2024
LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA
 
Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
 
  COMUNICADO   Anexo         
 
 
 
 
ADIF
19/11/2024
93
EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS
 
 
RENFE
15/11/2024
92
MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION
 
ADIF
12/11/2024
91
EL CONVENIO DE LA CONCILIACIÓN
 
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Jurídica
Convenios
SERVEO
18/11/2024
I Convenio Colectivo entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


ADIF
AGM-2020. COMIENZAN A DETECTARSE LOS ERRORES
100
2020-07-31

COMUNICADO             
  
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No ha pasado ni una semana desde la publicación de la Acción General de Movilidad 2020 en Inicia y las trabajadoras y trabajadores han comenzado a detectar los primeros errores e incongruencias. Llevamos tiempo repitiéndolo y la Empresa no nos hace caso, no disponer de una norma de movilidad estable lleva a provocar cada año nuevas injusticias.

Esta última semana, muchas y muchos de vosotros os habéis puesto en contacto con el SFF-CGT para trasladarnos algunos de los problemas.

• Los/as compañeros/as de Telecomunicaciones que adjudicaron en la AGM-2019 en cualquiera de los equipos (FO y Equipos) no se les permite solicitar una plaza en el otro equipo de su misma residencia. Esta situación no la contemplan explícitamente las Bases como una limitación. Este problema deriva de las anteriores Movilidades en las cuales no se daba esta diferenciación de equipos y aquellas personas que adjudicaban no podían elegir y lo imponía la Jefatura.
Pero más grave es que la empresa oferte las vacantes de FO para Oficiales y no para Especialistas cuando el “Acuerdo para la adecuación del personal de Telecomunicaciones a las necesidades de la Fibra Óptica” que sigue estando vigente, contempla que los equipos los conformarán 1 Encargado y 3 Especialistas.
La transgresión de este acuerdo es muy frecuente en esta empresa donde existen equipos de FO parcial o completamente formados por Oficiales que ni cobran el correspondiente Reemplazo a categoría superior ni tampoco pueden optar a promocionar ya que no se ofertan estas vacantes en los procesos de movilidad.

• La plantilla de ISM podrá solicitar TRASLADO de forma subsidiaria en las categorías de Vías y Obras o ISE según su formación. Esto es una Reconversión y no un traslado, se comprueba fácilmente leyendo en las propias bases lo que es un Traslado:
“La adjudicación de plazas en traslado se efectuará entre los participantes de la misma categoría de aquellas que las hubiesen solicitado. Se entenderá como una misma categoría aquellas entre las que exista ascenso automático según la clasificación profesional vigente”
Queda patente que la empresa está empeñada en vaciar esta categoría profesional sin negociarlo en la Mesa Técnica de Ordenación Profesional.

• Aquellos que adjudicaron Residencia Definitiva en la AGM-2019 únicamente pueden a optar a traslados que tuvieran con mayor preferencia en el listado de 2019 o a plazas no publicadas en 2019. Esta situación podría no parecer tan incongruente, si buena parte de estas compañeras y compañeros no se encontrasen reemplazando a cargo superior.¿Tiene sentido que la empresa permita los reemplazos que se ha comprometido a eliminar, pero no permita la promoción de estos trabajadores?

• Las futuras compañeras y compañeros que siguen a la espera de adjudicar plaza en la OEP 2019 y que tienen previsto permanecer en Residencia Provisional ¿En qué AGM van a participar?
Desde SFF-CGT reivindicamos que se pueda participar de manera subsidiaria en esta AGM2020 o en su defecto realizar una AGM2020-2 (recordamos que están acordados 2 procesos al año de carácter ordinario)

Dado que el proceso así lo permite hasta el 11 de agosto, el personal afectado por estas situaciones puede (y debe) impugnar estas decisiones para que la empresa las subsane a la mayor brevedad posible.Para cualquier duda que tengáis, no dudéis en poneros en contacto con nuestras secciones sindicales.

Paralelamente, desde el SFF-CGT, como bien explicamos en nuestro comunicado 98, será la Afiliación la que decida la validez o no de esta Acción General de Movilidad. Son muchos los errores detectados y pocas las alegaciones recogidas y, a todo esto, hay que unir los defectos que nos vais transmitiendo.
Por todo ello, estamos valorando todas las acciones jurídicos-sindicales que podemos llevar a cabo como organización ante estas situaciones.

Queremos informaros de que hemos habilitado un espacio para todas y todos vosotros dónde podáis hacer llegar vuestras quejas o sugerencias acerca de este proceso de movilidad tan extraño que estamos viviendo para que entre todos seamos capaces de dar solución a los problemas. Enlace a la encuesta: https://forms.gle/tUYvmcWqyCdewdUR8


Comunicado                   
  











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