Comunicados
IRYO | 94 19/11/2024
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LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
Una reunión en la que una vez más (van ya unas cuantas desde el mes de mayo…) hemos vuelto a reivindicar el pago de las dietas para el colectivo de asistentes y la nocturnidad para los colectivos que la trabajan.
En la anterior reunión del 29 de octubre, la dirección de la empresa se abrió a la posibilidad de alcanzar un preacuerdo para abonarlo a partir del 1 de enero de 2025. En dicho preacuerdo se fijarían las cantidades a abonar y el régimen disciplinario los cuales se incorporarían al convenio colectivo a su firma.
La empresa para acceder a lo anterior, solicitaba conocer cuáles eran nuestras peticiones en materia de jornada y económicas, pues esta parte se deduciría de la cantidad final que se pactarse en Convenio colectivo. La semana pasada se envió a la empresa la documentación con la propuesta.
Hoy nos volvemos a encontrar con una dirección pidiendo todavía más tiempo para analizar la documentación enviada, dándonos de nuevo una negativa a nuestras reivindicaciones.
Las dietas son 14,50 euros, NO aceptamos un importe menor teniendo en cuenta la carestía de la vida y la inflación. La nocturnidad NO puede continuar sin abonarse.
Debemos de poner en valor nuestra profesión, no podemos consentir ni un minuto más más desigualdades actuales.
Ante la actitud de la dirección de la empresa de ninguneo y falta de voluntad para dar respuesta a esta situación, tenemos que continuar con las actuaciones que teníamos ya previstas para exigir lo reivindicado que es lo justo y lo que las personas trabajadoras merecen y para ello convocaremos movilizaciones en diciembre y enero.
Necesitamos a la plantilla unida y con fuerza para reclamar lo que nos corresponde, no podemos conformarnos con menos. Ellos tienen sus ganancias nosotros también merecemos unas dietas dignas y pago de horas nocturnas como corresponde.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 19/11/2024 | 93 EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS | RENFE 15/11/2024 | 92 MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF AGM-2020. COMIENZAN A DETECTARSE LOS ERRORES | 100 2020-07-31 |
| COMUNICADO
| Leido: 49 veces | No ha pasado ni una semana desde la publicación de la Acción General de Movilidad 2020 en Inicia y las trabajadoras y trabajadores han comenzado a detectar los primeros errores e incongruencias. Llevamos tiempo repitiéndolo y la Empresa no nos hace caso, no disponer de una norma de movilidad estable lleva a provocar cada año nuevas injusticias.
Esta última semana, muchas y muchos de vosotros os habéis puesto en contacto con el SFF-CGT para trasladarnos algunos de los problemas.
• Los/as compañeros/as de Telecomunicaciones que adjudicaron en la AGM-2019 en cualquiera de los equipos (FO y Equipos) no se les permite solicitar una plaza en el otro equipo de su misma residencia. Esta situación no la contemplan explícitamente las Bases como una limitación. Este problema deriva de las anteriores Movilidades en las cuales no se daba esta diferenciación de equipos y aquellas personas que adjudicaban no podían elegir y lo imponía la Jefatura.
Pero más grave es que la empresa oferte las vacantes de FO para Oficiales y no para Especialistas cuando el “Acuerdo para la adecuación del personal de Telecomunicaciones a las necesidades de la Fibra Óptica” que sigue estando vigente, contempla que los equipos los conformarán 1 Encargado y 3 Especialistas.
La transgresión de este acuerdo es muy frecuente en esta empresa donde existen equipos de FO parcial o completamente formados por Oficiales que ni cobran el correspondiente Reemplazo a categoría superior ni tampoco pueden optar a promocionar ya que no se ofertan estas vacantes en los procesos de movilidad.
• La plantilla de ISM podrá solicitar TRASLADO de forma subsidiaria en las categorías de Vías y Obras o ISE según su formación. Esto es una Reconversión y no un traslado, se comprueba fácilmente leyendo en las propias bases lo que es un Traslado:
“La adjudicación de plazas en traslado se efectuará entre los participantes de la misma categoría de aquellas que las hubiesen solicitado. Se entenderá como una misma categoría aquellas entre las que exista ascenso automático según la clasificación profesional vigente”
Queda patente que la empresa está empeñada en vaciar esta categoría profesional sin negociarlo en la Mesa Técnica de Ordenación Profesional.
• Aquellos que adjudicaron Residencia Definitiva en la AGM-2019 únicamente pueden a optar a traslados que tuvieran con mayor preferencia en el listado de 2019 o a plazas no publicadas en 2019. Esta situación podría no parecer tan incongruente, si buena parte de estas compañeras y compañeros no se encontrasen reemplazando a cargo superior.¿Tiene sentido que la empresa permita los reemplazos que se ha comprometido a eliminar, pero no permita la promoción de estos trabajadores?
• Las futuras compañeras y compañeros que siguen a la espera de adjudicar plaza en la OEP 2019 y que tienen previsto permanecer en Residencia Provisional ¿En qué AGM van a participar?
Desde SFF-CGT reivindicamos que se pueda participar de manera subsidiaria en esta AGM2020 o en su defecto realizar una AGM2020-2 (recordamos que están acordados 2 procesos al año de carácter ordinario)
Dado que el proceso así lo permite hasta el 11 de agosto, el personal afectado por estas situaciones puede (y debe) impugnar estas decisiones para que la empresa las subsane a la mayor brevedad posible.Para cualquier duda que tengáis, no dudéis en poneros en contacto con nuestras secciones sindicales.
Paralelamente, desde el SFF-CGT, como bien explicamos en nuestro comunicado 98, será la Afiliación la que decida la validez o no de esta Acción General de Movilidad. Son muchos los errores detectados y pocas las alegaciones recogidas y, a todo esto, hay que unir los defectos que nos vais transmitiendo.
Por todo ello, estamos valorando todas las acciones jurídicos-sindicales que podemos llevar a cabo como organización ante estas situaciones.
Queremos informaros de que hemos habilitado un espacio para todas y todos vosotros dónde podáis hacer llegar vuestras quejas o sugerencias acerca de este proceso de movilidad tan extraño que estamos viviendo para que entre todos seamos capaces de dar solución a los problemas. Enlace a la encuesta: https://forms.gle/tUYvmcWqyCdewdUR8
Comunicado
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