Comunicados
ADIF | 36 16/04/2025
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LA CULPA DE QUE NO HAYA CONVENIO LA TIENE TRUMP LA CULPA DE QUE NO HAYA CONVENIO LA TIENE TRUMP
Y la guerra de Ucrania, y el genocidio israelí y el auge de los fascismos. Adif cree que no se puede abordar un convenio ambicioso tal y como está el mundo. Así lo expresó (sin pudor alguno) ayer en la tercera reunión de la Comisión Negociadora del III Convenio Colectivo de Adif.
BALONES FUERA
Echar la culpa a los demás es la consecuencia inmediata de no asumir la propia responsabilidad. Es fácil mirar a la sección de internacional de los periódicos para lamentarse de lo mal que va todo y pasar de largo por las de tribunales, en la que Adif lleva un tiempito protagonizando titulares sobre presuntos casos delictivos y de tráficos de influencias.
La realidad es que llevamos casi un año y medio asistiendo a una burda farsa de negociación del convenio en la que siempre hay excusas para ir despacio, para posponer fechas y para echar balones fuera.
Todos los sindicatos del Comité General de Empresa se han hartado de estas maniobras torticeras y han dicho basta. Ayer dejamos claro en la comisión negociadora que hay que meter una marcha (o dos o tres) más a la negociación y abordar de forma urgente y prioritaria la ordenación profesional.
La respuesta de la empresa ha estado a la altura de toda la negociación: “Recogemos el sentir mayoritario: reanudamos la negociación el 7 de mayo”. Casi dentro de un mes.
Está claro que se toma muy en serio el “sentir mayoritario” de la plantilla.
ABOCAD@S A LA CONFLICTIVIDAD
La realidad es que mientras nos acercamos a la prórroga de facto de dos años del II Convenio, la conflictividad aumenta en Adif. Los problemas de distintos colectivos se agravan; a algunos se les están aplicando recortes salariales de forma soterrada, otros están hartos de soportar situaciones laborales injustas. La ordenación profesional no es un anhelo, es una necesidad imperiosa para poner orden al caos organizativo que hay en Adif.
Por lo que parece, a tenor del desprecio de la empresa, avanzamos inexorablemente hacia la conflictividad. El SFF-CGT va a ser, como siempre, un altavoz de las reivindicaciones de la plantilla. Y si nos están buscando, que no tengan duda de que nos van a encontrar (en la trinchera).
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 14/04/2025 | 35 EL SFF-CGT TOMA LA INICIATIVA Y MARCA EL RUMBO EN EL IV CONVENIO COLECTIVO | ADIF 09/04/2025 | 34 EN ADIF LLAMAR A UN COMPAÑERO "MARICÓN" SALDRÁ GRATIS |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CONDUCCIÓN: CGT PRESENTA DEMANDA DE IMPUGNACIÓN PARCIAL DEL CONVENIO POR EL PREAVISO DE LOS DÍAS SAP DE MERCANCIAS. | 95 2020-07-21 |
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 | Leido: 14 veces | CGT ha presentado demanda ante la Audiencia Nacional impugnando parcialmente el vigente Convenio Colectivo del Grupo RENFE ante el incumplimiento de los plazos establecidos por el Estatuto de los Trabajadores de 5 días mínimo, para avisar al trabajador de la distribución irregular de su jornada.
Los firmantes del actual Convenio Colectivo ignoraron este plazo, que constituye un derecho mínimo, que una norma de rango inferior como es el convenio solo puede mantener o mejorar, pero nunca empeorar. Los firmantes “olvidaron” modificar el texto que regula esta materia, por lo que desde CGT estamos intentando que se cumpla con lo establecido legalmente.
El artículo 4.1.5 del Acuerdo de Desarrollo Profesional de Conducción incorporado en el II Convenio Colectivo de Renfe-Operadora para los maquinistas de MERCANCÍAS, que regula la distribución jornada irregular, establece que se pueden grafiar hasta un 10% de las jornadas anuales por trabajador sin actividad predefinida (SAP), mediante “un preaviso de al menos 14 horas para conocer el horario en que debe estar disponible, y el mismo día de la prestación se comunicará, con al menos 2 horas de antelación, el lugar y la hora de prestación del servicio”.
Resumiendo, hasta 14 horas antes de prestar el servicio el trabajador no conoce el horario en el que debe estar disponible ni la cantidad de horas de jornada que puede llegar a realizar, y hasta 2 horas antes no conoce el lugar y el horario concreto.
Este Acuerdo, no firmado por CGT, supone el incumplimiento de lo establecido en el Art 34.2 del ET, que establece como plazo mínimo de aviso al trabajador de 5 días para conocer el día y la hora en la que se debe prestar servicio respecto a la regulación de la distribución de la jornada irregular de los trabajadores, lo que empeora claramente el derecho de conciliación de la vida familiar y laboral, dejando en manos de la empresa una potestad que el E.T. no permite.
Desde CGT entendemos que son de aplicación las Sentencias del Tribunal Supremo de fecha 14 de abril de 2014 y de 11 de diciembre de 2019, que dejan claro la obligación del cumplimiento del art 34.2 del ET, y por lo tanto, la nulidad de todo acuerdo que no respete estos mínimos.
CGT seguirá peleando para que los derechos de l@s trabajadores/as se respeten y en este caso, l@s maquinistas tengan derecho a una conciliación de la vida familiar y laboral digna.
POR TU SEGURIDAD JURÍDICA
ELIGE CGT
Comunicado

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