Comunicados
IRYO | 94 19/11/2024
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LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
Una reunión en la que una vez más (van ya unas cuantas desde el mes de mayo…) hemos vuelto a reivindicar el pago de las dietas para el colectivo de asistentes y la nocturnidad para los colectivos que la trabajan.
En la anterior reunión del 29 de octubre, la dirección de la empresa se abrió a la posibilidad de alcanzar un preacuerdo para abonarlo a partir del 1 de enero de 2025. En dicho preacuerdo se fijarían las cantidades a abonar y el régimen disciplinario los cuales se incorporarían al convenio colectivo a su firma.
La empresa para acceder a lo anterior, solicitaba conocer cuáles eran nuestras peticiones en materia de jornada y económicas, pues esta parte se deduciría de la cantidad final que se pactarse en Convenio colectivo. La semana pasada se envió a la empresa la documentación con la propuesta.
Hoy nos volvemos a encontrar con una dirección pidiendo todavía más tiempo para analizar la documentación enviada, dándonos de nuevo una negativa a nuestras reivindicaciones.
Las dietas son 14,50 euros, NO aceptamos un importe menor teniendo en cuenta la carestía de la vida y la inflación. La nocturnidad NO puede continuar sin abonarse.
Debemos de poner en valor nuestra profesión, no podemos consentir ni un minuto más más desigualdades actuales.
Ante la actitud de la dirección de la empresa de ninguneo y falta de voluntad para dar respuesta a esta situación, tenemos que continuar con las actuaciones que teníamos ya previstas para exigir lo reivindicado que es lo justo y lo que las personas trabajadoras merecen y para ello convocaremos movilizaciones en diciembre y enero.
Necesitamos a la plantilla unida y con fuerza para reclamar lo que nos corresponde, no podemos conformarnos con menos. Ellos tienen sus ganancias nosotros también merecemos unas dietas dignas y pago de horas nocturnas como corresponde.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 19/11/2024 | 93 EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS | RENFE 15/11/2024 | 92 MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE LOS PERMISOS POR MATERNIDAD/PATERNIDAD NO COMPUTAN COMO AUSENCIA PARA LAS PRIMAS VARIABLES EL TSJ DE CATALUÑA RECHAZA EL RECURSO PRESENTADO POR LA EMPRESA A SENTENCIA GANADA POR CGT | 91 2020-07-16 |
| COMUNICADO
| Leido: 11 veces | En pasados comunicados (véase comunicado 90 del año 2018 y comunicado 87 del año 2019) desde CGT denunciábamos que Renfe estaba computando como ausencias, a efectos de las primas variables, los permisos de maternidad/paternidad, generando una merma económica a est@s trabajador@s en la regularización que se realiza el primer trimestre del año, así como que ya teníamos la primera Sentencia que condenaba a Renfe por ello.
Esta práctica supone una discriminación hacia l@s trabajador@s que disfrutan de dichos permisos, como ha determinado el Tribunal Supremo en su jurisprudencia, al generarles un perjuicio económico respecto al resto de trabajador@s, cuando es obligatorio disfrutar parte de estos permisos. Además, hay que señalar que los convenios colectivos de Renfe, donde se regulan las primas variables, no excluyen de su liquidación los permisos de maternidad/paternidad, como sí recoge otras situaciones como las sanciones, huelgas, licencias sin sueldo, etc.
Aún con todos estos argumentos en contra, Renfe recurrió la Sentencia ganada por CGT, siendo desestimado recientemente por el Tribunal Superior de Justicia e imponiéndoles las costas del procedimiento. Es llamativo que Renfe intente proyectar en los “mass media” una imagen de empresa concienciada con la conciliación de la vida familiar y laboral y la no discriminación, mientras hace todo lo contrario.
Esta es otra arista más de una empresa que se dedica a “chulear” a sus trabajador@s todo tipo de derechos, tanto en materia de días de permisos retribuidos, como en materia retributiva, aplicando su “propio convenio”. Ante esa actitud, CGT siempre estará en contra y defendiendo los derechos adquiridos.
Vamos a seguir insistiendo, para que Renfe cese en estas prácticas y abone correctamente las primas variables, sin descontar los periodos de maternidad/paternidad, y estando a vuestra disposición para reclamar las cantidades detraídas a todos los que hayáis disfrutado estos permisos.
POR TU SEGURIDAD JURÍDICA
ELIGE CGT
Comunicado
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