Comunicados
RENFE | 94 11/11/2025
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MOVILIDAD EXTRAORDINARIA EN INGENIERÍA Y MANTENIMIENTO HACER LO MISMO Y ESPERAR RESULTADOS DISTINTOS Una vez más, la Dirección del Grupo Renfe demuestra su falta de escucha y su incapacidad para rectificar. La reunión de movilidad extraordinaria celebrada el pasado jueves en la sala 100 de Fuencarral volvió a dejar claro que la empresa sigue actuando de espaldas a su plantilla, ignorando las propuestas razonables de la representación sindical y manteniendo un modelo autoritario que bloquea la conciliación y limita el desarrollo profesional.
ESCASOS AVANCES REALES
Durante más de cuatro horas se abordaron cuestiones clave: la cobertura de vacantes, los cambios de especialidad y la situación de quienes aprobaron en la anterior convocatoria pero quedaron sin plaza. La empresa, fiel a su estilo, comenzó negándose a permitir los cambios de especialidad y eliminando incluso la plaza de Granada, una decisión que anticipa el incierto futuro de ese taller y evidencia la falta de compromiso con su personal.
La presión de la representación sindical consiguió un pequeño avance: la creación de un quinto grupo subsidiario para quienes acrediten titulación y antigüedad suficiente. Un paso mínimo, pero que demuestra que cuando se presiona, se consiguen resultados.
LOS PROBLEMAS DE FONDO SIGUEN SIN RESOLVERSE
Sin embargo, los problemas de fondo permanecen. Los cambios de especialidad denegados siguen sin resolverse, y Renfe vuelve a escudarse en su supuesta “incapacidad” para atender las demandas. El corsé del artículo 14.6 continúa impidiendo una movilidad real y afectando directamente a la conciliación y a la planificación personal, mientras las plazas siguen sin cubrirse y la empresa se empeña en sostener un modelo que no funciona.
NO SEREMOS CÓMPLICES DE ESTE MODELO
Desde SFF-CGT lo tenemos claro: no seremos cómplices de este modelo fracasado ni de los acuerdos que recortan derechos y dignidad a la plantilla. Mientras otros firman sin cuestionar, nosotros seguiremos denunciando la incoherencia, la falta de transparencia y el autoritarismo que impiden avanzar hacia una movilidad justa, transparente y negociada.
Porque la movilidad debe servir para crecer, no para castigar. Seguiremos firmes, defendiendo la lógica frente a la imposición y los derechos frente a los privilegios.
SFF-CGT: HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 11/11/2025 | 93 EL SFF-CGT PRESENTA UNA COMISIÓN DE CONFLICTOS POR LA PARÁLISIS DEL III CONVENIO | LOGIRAIL 06/11/2025 | 92 SALARIOS DE OUTLET, DIRECCIÓN DE LUJO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CGT PRESENTA CONFLICTO COLECTIVO POR LA JUBILACIÓN PARCIAL DEL PERSONAL DE TALLERES. | 90 2020-07-16 |
| COMUNICADO
 | Leido: 12 veces | Tal y como avanzamos en el comunicado nº 38 de fecha 16 de marzo de 2020, CGT ha presentado Demanda de Conflicto Colectivo en la que exigimos la aplicación del Real Decreto Ley 20/2018 para el personal de fabricación y mantenimiento, que implica una mejora respecto a los requisitos de edad para acceder a la jubilación parcial que el actual convenio colectivo no les reconoce y que fue “olvidado” por los firmantes.
Este Real Decreto Ley, de manera sintética, establece que al personal encuadrado en industrias manufactureras se le aplique la regulación anterior a la entrada en vigor de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, de actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social. Y que por lo tanto, la edad de acceso a la jubilación parcial debe ser de 61 años, lejos de los 61 años y 10 meses de edad con 35 años o más, cotizados en el momento del hecho causante y de 62 años y 8 meses en el caso de tener cotizados 33 años en el momento del hecho causante que se contempla para el año 2020.
CGT siempre ha apostado por la aplicación de la jubilación parcial con contrato de relevo como la mejor forma de conseguir el rejuvenecimiento de la plantilla, a la vez que l@s trabajador@s más veteran@s llegan antes al merecido descanso tras muchos años de esfuerzo y de cotización. Nos movilizamos en solitario por ello, al resto les parece dar igual, y si existe base legal para que los trabajadores puedan acceder a ella debemos trabajar en este sentido, dado que la empresa no va a mover ni un dedo en mejorar nuestras condiciones de trabajo y de acceso a la jubilación.
Por lo tanto, si el trabajador que solicite el acceso a la jubilación parcial realiza directamente funciones que requieran esfuerzo físico o alto grado de atención en tareas de fabricación, elaboración o transformación, así como en las de montaje, puesta en funcionamiento, mantenimiento y reparación especializados de maquinaria y equipo industrial en empresas clasificadas como industria manufacturera y acredite un período de antigüedad en la empresa de, al menos, seis años inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación parcial, entendemos que debe ser reducida la edad de acceso a la jubilación parcial a los 61 años.
Toda vez que RENFE FABRICACIÓN Y MANTENIMIENTO tiene como actividad principal la fabricación, mantenimiento y transformación de material rodante, la reparación de componentes ferroviarios entre otras y que la empresa está clasificada, de acuerdo con el Código Nacional de Actividad Económica en la categoría 3020-Fabricación de Locomotoras y material ferroviario, entendemos que se circunscribe a la misma la aplicación del Real Decreto Ley. La empresa se ha negado a conciliar en la Dirección General de Trabajo, por lo que el Conflicto Colectivo se ha presentado para recuperar un derecho que al personal de talleres le corresponde.
CGT POR LOS DERECHOS DEL COLECTIVO DE TALLERES
AFÍLIATE A CGT
Comunicado

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