Comunicados
SECTOR | 10 09/02/2026
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SFF-CGT MANTIENE LA HUELGA EN EL SECTOR Desde el SFF-CGT queremos ser claros: nosotras mantenemos las huelgas de los días 10 y 11 de febrero en Adif, Renfe, Iryo, Ouigo y Serveo, porque lo que se ha firmado no resuelve el problema y, lo que es peor, vuelve a dejar fuera a las plantillas y al conjunto del sector ferroviario. Al igual que hicimos en el conflicto de Rodalies, no desconvocamos huelgas sin un análisis riguroso, profundo y honesto de los acuerdos que se nos ponen encima de la mesa.
Pero si podemos adelantar que no estamos ante un acuerdo que cambie el modelo ferroviario. Estamos ante un nuevo parche, una salida rápida para apagar el conflicto sin abordar las causas que nos han traído hasta aquí. Y eso, después de semanas de movilización y de un sector al límite, es inaceptable.
OTRO ACUERDO DE FUTURIBLES
Tenemos claro que lo ocurrido hoy confirma algo que venimos denunciando desde el primer día: nos han robado la negociación y la voz a una parte del Sector Ferroviario. Porque en el acuerdo, ese que llevan 5 días negociando y quieren que aceptemos en 2 horas, faltan demasiados aspectos:
• No están los problemas de las empresas privadas del sector, que también sufren precariedad, sobrecarga y falta de medios.
• No aparece la obligación de dotación mínima de personal a bordo de los trenes, una cuestión básica de seguridad, todo se limita al análisis de la AESF que resulta que lleva años sin personal.
• No hay compromisos reales sobre la internalización de cargas de trabajo ni se aclara a dónde va el dinero del mantenimiento de la infraestructura ¿Otra vez irá a la flor y nata de la construcción?
• No se establece ningún modelo unificado de actuación ante evacuaciones, descarrilamientos o transbordos, dejando a las plantillas expuestas y sin protocolos claros.
SEGUIR EN HUELGA ES DEFENDER EL FUTURO
Durante estas jornadas, el ferrocarril y quienes trabajamos en él han vuelto a situarse en el centro del debate público. Hacía tiempo que la ciudadanía no respaldaba con tanta claridad las reivindicaciones del sector ferroviario, entendiendo que lo que está en juego no es solo una mejora laboral, sino el modelo de servicio que se presta. Esa legitimidad social no se construye todos los días, y no vamos a desaprovecharla.
Las movilizaciones han servido para algo fundamental: poner sobre la mesa que el modelo ferroviario actual no funciona, que necesita cambios profundos y que no se arregla con parches ni acuerdos de despacho. Ese debate ya está abierto y no vamos a permitir que se cierre en falso.
SFF-CGT. POR EL FUTURO DEL FERROCARRIL
 COMUNICADO Anexo
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 SECTOR 08/02/2026 | 9 UNA HUELGA PARA SALVAR EL FERROCARRIL | SECTOR 04/02/2026 | 8 CUANDO EL MINISTRO DECIDE QUIÉN PUEDE HABLAR |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CGT PRESENTA CONFLICTO COLECTIVO POR LA JUBILACIÓN PARCIAL DEL PERSONAL DE TALLERES. | 90 2020-07-16 |
| COMUNICADO
 | Leido: 12 veces | Tal y como avanzamos en el comunicado nº 38 de fecha 16 de marzo de 2020, CGT ha presentado Demanda de Conflicto Colectivo en la que exigimos la aplicación del Real Decreto Ley 20/2018 para el personal de fabricación y mantenimiento, que implica una mejora respecto a los requisitos de edad para acceder a la jubilación parcial que el actual convenio colectivo no les reconoce y que fue “olvidado” por los firmantes.
Este Real Decreto Ley, de manera sintética, establece que al personal encuadrado en industrias manufactureras se le aplique la regulación anterior a la entrada en vigor de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, de actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social. Y que por lo tanto, la edad de acceso a la jubilación parcial debe ser de 61 años, lejos de los 61 años y 10 meses de edad con 35 años o más, cotizados en el momento del hecho causante y de 62 años y 8 meses en el caso de tener cotizados 33 años en el momento del hecho causante que se contempla para el año 2020.
CGT siempre ha apostado por la aplicación de la jubilación parcial con contrato de relevo como la mejor forma de conseguir el rejuvenecimiento de la plantilla, a la vez que l@s trabajador@s más veteran@s llegan antes al merecido descanso tras muchos años de esfuerzo y de cotización. Nos movilizamos en solitario por ello, al resto les parece dar igual, y si existe base legal para que los trabajadores puedan acceder a ella debemos trabajar en este sentido, dado que la empresa no va a mover ni un dedo en mejorar nuestras condiciones de trabajo y de acceso a la jubilación.
Por lo tanto, si el trabajador que solicite el acceso a la jubilación parcial realiza directamente funciones que requieran esfuerzo físico o alto grado de atención en tareas de fabricación, elaboración o transformación, así como en las de montaje, puesta en funcionamiento, mantenimiento y reparación especializados de maquinaria y equipo industrial en empresas clasificadas como industria manufacturera y acredite un período de antigüedad en la empresa de, al menos, seis años inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación parcial, entendemos que debe ser reducida la edad de acceso a la jubilación parcial a los 61 años.
Toda vez que RENFE FABRICACIÓN Y MANTENIMIENTO tiene como actividad principal la fabricación, mantenimiento y transformación de material rodante, la reparación de componentes ferroviarios entre otras y que la empresa está clasificada, de acuerdo con el Código Nacional de Actividad Económica en la categoría 3020-Fabricación de Locomotoras y material ferroviario, entendemos que se circunscribe a la misma la aplicación del Real Decreto Ley. La empresa se ha negado a conciliar en la Dirección General de Trabajo, por lo que el Conflicto Colectivo se ha presentado para recuperar un derecho que al personal de talleres le corresponde.
CGT POR LOS DERECHOS DEL COLECTIVO DE TALLERES
AFÍLIATE A CGT
Comunicado

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