Comunicados
ADIF | 67 10/09/2024
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ADIF NO NEGOCIA; ADIF IMPONE ADIF NO NEGOCIA; ADIF IMPONE
Al igual que pasó en el colectivo de infraestructura con la figura “Coordinadora de Trabajos” (donde una instrucción técnica creó un perfil que no requiere habilitación), ahora le toca el turno al colectivo de circulación.
Una vez más, nos encontramos con que Adif en lugar de negociar prefiere imponer su modelo único, sin escuchar al personal y sin mostrar interés en mejorar las condiciones de trabajo. La última muestra, la publicación de la Instrucción Técnica “Organización y funcionamiento de un Puesto Regional de Operaciones”.
EL NUEVO MODELO DE CIRCULACIÓN, EN LA UCI
Han preferido dejar morir la mesa de negociación del Nuevo Modelo Productivo de Circulación (creada hace 5 años y sin convocar desde hace casi 2) e imponer unilateralmente cómo se va a organizar el servicio en los PRO mediante la publicación de una instrucción técnica. Incumplen así el acuerdo de desconvocatoria de huelga del Comité General de Empresa de 2021, cuando Adif se comprometió a enmarcar los nuevos modelos productivos en la negociación de las correspondientes mesas.
En la citada instrucción técnica dan a entender que un mismo trabajo se retribuirá de manera distinta. Si una banda de regulación o banda de CTC es gobernada por un@ Responsable de Circulación desde un CRC, cobrará como supervisor@, mientras que si lo hace desde uno de esos centros SIC+, cobrará como factor@.
PISOTEANDO AL COLECTIVO DE CIRCULACIÓN
Por otro lado, imponen las características de los centros SIC+ a través de una Norma Adif General (NAG) que no recoge alegaciones. Tampoco cuestiones básicas como que los centros de trabajo tengan garantizada una sala de descanso debidamente acondicionada (argumentando que el puesto de trabajo permite descansar, mientras que por otro lado sancionan a quien lo hace). Como evitar los edificios prefabricados (cuando en Adif aún se arrastran problemas por usar “caracolas” de manera generalizada desde hace décadas). Como la mejora ergonómica y la mejora en la distribución de espacios para evitar los ruidos de otras estancias o las corrientes de aire. Se olvidaron también de la separación entre aseos y vestuarios o de crear salas de lactancia, entre otros.
En medio de una oleada de incidencias nunca vista antes, con una cantidad de trabajos en la vía sin precedentes y con una falta de personal que no termina de resolverse, Adif vuelve a pisotear al colectivo de circulación. Nos expulsan de las estaciones. No nos abonan los reemplazos. Durante 4 años se han negado a regular los descansos obligatorios del RD 929/2020. Somos el personal más expuesto a sanciones. Nos niegan los días que deben por la reducción de jornada a 35h y ahora crean CRC low cost. Al final la banca (Adif) siempre gana, y las personas trabajadoras vamos perdiendo poco a poco nuestros derechos.
Por eso, desde el SFF-CGT lucharemos para revertir todos estos agravios en la negociación del nuevo convenio.
COMUNICADO Anexo
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RENFE 23/08/2024 | 66 TERMINANDO DE ARREGLAR VCX | RENFE 05/08/2024 | 65 CATEGORÍAS DE INGRESO. 2016 - 2024 |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE INTERVENCIÓN: CGT PRESENTA DEMANDA DE IMPUGNACIÓN PARCIAL DEL CONVENIO POR EL PREAVISO DE DESCANSOS DETRAIBLES DE LOS SSB. | 89 2020-07-14 |
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| Leido: 4 veces | CGT ha presentado demanda ante la Audiencia Nacional impugnando parcialmente el vigente Convenio Colectivo del Grupo RENFE ante el incumplimiento de los plazos establecidos por el Estatuto de los Trabajadores de cinco días mínimo, para avisar al trabajador de la distribución irregular de su jornada.
Los firmantes del actual Convenio Colectivo ignoraron este plazo, que constituye derecho mínimo, y sobre que el convenio puede mantener o mejorar, pero nunca empeorar, y no modificaron el texto que regula esta materia, y que desde CGT estamos intentando que se cumpla con lo establecido legalmente.
El artículo I.2 del Acuerdo de Desarrollo de la Cláusula 31ª del XIV Convenio Colectivo incorporado en la Cláusula 5º del XV Convenio Colectivo para los trabajadores de RENFE VIAJEROS, que regula la jornada irregular de los Supervisores Comerciales a Bordo establece, que se pueden detraer hasta 7 descansos anuales en los que la empresa te puede requerir para tareas directamente relacionadas con la producción o formación mediante “un preaviso mínimo de 48 horas de antelación a la prestación del servicio, o durante la jornada laboral del último día del ciclo de cinco días de trabajo cuando se trate del tercer descanso; debiendo recaer en el primer o tercer día del ciclo de tres descansos, cuando solamente se trate de un descanso”
Además, este acuerdo incluye que “La Dirección de la Empresa podrá requerir, con 48 horas de antelación, dos descansos juntos cuando las necesidades productivas consistan en dos turnos con pernoctación fuera de la residencia entre los dos turnos.
Este Acuerdo, no firmado por CGT, supone el incumplimiento de lo establecido en el Art 34.2 del ET que establece como plazo mínimo de aviso al trabajador de 5 días para conocer el día y la hora en la que se debe prestar servicio respecto a la regulación de la distribución de la jornada irregular de los trabajadores, lo que empeora claramente el derecho de conciliación de la vida familiar y laboral, dejando en manos de la empresa una potestad que el E.T. no permite.
Desde CGT entendemos que son de aplicación las Sentencias del Tribunal Supremo de fecha 14 de abril de 2014 y de 11 de diciembre de 2019, que dejan claro la obligación del cumplimiento del art 34.2 del ET, y por lo tanto, la nulidad de todo acuerdo que no respete estos mínimos.
CGT seguirá peleando para que los derechos de los trabajadores se respeten y en este caso, los SSB tengan derecho a una conciliación de la vida familiar y laboral digna.
CGT POR LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES
AFILIATE
Comunicado
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