Comunicados
IRYO | 94 19/11/2024
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LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
Una reunión en la que una vez más (van ya unas cuantas desde el mes de mayo…) hemos vuelto a reivindicar el pago de las dietas para el colectivo de asistentes y la nocturnidad para los colectivos que la trabajan.
En la anterior reunión del 29 de octubre, la dirección de la empresa se abrió a la posibilidad de alcanzar un preacuerdo para abonarlo a partir del 1 de enero de 2025. En dicho preacuerdo se fijarían las cantidades a abonar y el régimen disciplinario los cuales se incorporarían al convenio colectivo a su firma.
La empresa para acceder a lo anterior, solicitaba conocer cuáles eran nuestras peticiones en materia de jornada y económicas, pues esta parte se deduciría de la cantidad final que se pactarse en Convenio colectivo. La semana pasada se envió a la empresa la documentación con la propuesta.
Hoy nos volvemos a encontrar con una dirección pidiendo todavía más tiempo para analizar la documentación enviada, dándonos de nuevo una negativa a nuestras reivindicaciones.
Las dietas son 14,50 euros, NO aceptamos un importe menor teniendo en cuenta la carestía de la vida y la inflación. La nocturnidad NO puede continuar sin abonarse.
Debemos de poner en valor nuestra profesión, no podemos consentir ni un minuto más más desigualdades actuales.
Ante la actitud de la dirección de la empresa de ninguneo y falta de voluntad para dar respuesta a esta situación, tenemos que continuar con las actuaciones que teníamos ya previstas para exigir lo reivindicado que es lo justo y lo que las personas trabajadoras merecen y para ello convocaremos movilizaciones en diciembre y enero.
Necesitamos a la plantilla unida y con fuerza para reclamar lo que nos corresponde, no podemos conformarnos con menos. Ellos tienen sus ganancias nosotros también merecemos unas dietas dignas y pago de horas nocturnas como corresponde.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 19/11/2024 | 93 EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS | RENFE 15/11/2024 | 92 MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF PERMISOS Y LICENCIAS, ADIF SIGUE NEGANDO DERECHOS A L@S TRABAJADORES/AS | 87 2020-07-09 |
| COMUNICADO
| Leido: 28 veces | CGT PRESENTA CONFLICTO COLECTIVO POR LA AMORTIZACIÓN DE DESCANSOS Y FESTIVOS CON LICENCIAS.
El viernes pasado día 3 de julio, CGT interpuso Comisión de Conflictos en base a la interpretación lesiva que hace del derecho de l@s trabajadores/as al disfrute íntegro de los días de permiso o licencia a los que se tiene derecho por cuestiones reflejadas en el Art. 259 de la Normativa Laboral de Adif (hospitalización, enfermedad grave sin hospitalización que precise reposo o muerte de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad.)
Los trabajadores que están haciendo uso de este derecho recogido en el Estatuto de los Trabajadores como permiso retribuido para ausentarse del trabajo, están viendo como de forma totalmente tramposa, una vez iniciado el cómputo de la licencia que corresponda, la empresa lo lleva a cabo como días naturales, obviando el ciclo de trabajo y descansos del trabajador/a y amortizando éstos con la licencia solicitada, lo que produce que se pierdan descansos y festivos. La propia Cláusula 11 del Convenio Colectivo establece estos permisos retribuidos como días, y en ningún caso se refiere a días naturales.
Ayer se celebró la reunión de la comisión de conflictos promovida por CGT, en la que volvimos a expresar la necesidad de que se respeten los días de descanso y festivos y que las licencias se reflejen en días efectivos de trabajo, tal como se deja claro en la abundante jurisprudencia presentada, que incluyen dos sentencias del Tribunal Supremo ganadas por CGT en las que se insiste en que no tiene sentido conceder estos permisos en días en los que no se trabaje y que por lo tanto, deben de aplicarse en tiempo efectivo de trabajo, dando sentido a lo que el propio redactado del Estatuto de los Trabajadores establece al respecto.
La empresa, lamentablemente, ha seguido empecinada en la postura de que se tratan de días naturales una vez comenzado el cómputo, sin que existiese posibilidad de llegar a un acuerdo.
Por ello, desde CGT presentamos papeleta de conciliación previa a demanda de Conflicto Colectivo, paso legalmente obligatorio a la propia de demanda, con la que estamos convencidos que podremos frenar este tipo de actuación empresarial que conlleva la pérdida de días de descanso y festivos sin motivo justificado. Os animamos a reclamar cualquier irregularidad que sufráis en este sentido y nos ponemos a vuestra disposición en las secciones sindicales.
CGT, GARANTÍA Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS
AFÍLIATE A CGT.
Comunicado
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