Comunicados
 
IRYO
94
19/11/2024
LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA
 
Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
 
  COMUNICADO   Anexo         
 
 
 
 
ADIF
19/11/2024
93
EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS
 
 
RENFE
15/11/2024
92
MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION
 
ADIF
12/11/2024
91
EL CONVENIO DE LA CONCILIACIÓN
 
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Jurídica
Convenios
SERVEO
18/11/2024
I Convenio Colectivo entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


S.AUX-AT.CLI
LA AFILIACIÓN HA DICHO NO, A UN ERTE QUE NADA APORTA
86
2020-07-09

COMUNICADO             
  
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Después de haber mantenido varias reuniones, y tras la prórroga del día de ayer, en esa misma mañana se ha llegado a un acuerdo precario por parte de CCOO y UGT con la empresa sobre el ERTE del personal de Servicios en Tierra de Ferrovial. Desde CGT, pensamos que podíamos haber conseguido algún beneficio para l@s trabajadores/as, ya que con este acuerdo solo gana la empresa, lo que siempre ocurre cuando negocian UGT y CCOO.

A continuación detallamos lo que se ha acordado y lo que desde CGT hemos defendido:
A) Establecimiento de una rotación mensual y criterios de desafección.
La plantilla tendrá una rotación de 30 días naturales y el primer criterio a tener en cuenta es la voluntariedad, una vez que alguien se presente voluntario no podrá negarse al cuadrante y horario que se le asigne. Si no existen voluntarios, la desafección será forzosa. Tendrán prioridad para entrar en la rotación, aquellos que lleven más días de ERTE forzoso, seguido de los acogidos al ERTE voluntario. Apareciendo al final del listado el personal que se incorpore de una baja o una excedencia. Para considerar que un trabajador ha cumplido con su rotación debe haber realizado al menos 30 días de trabajo efectivo.
Desde CGT estábamos de acuerdo en empezar el 15 de julio la rotación, para asegurar medio salario al mes a tod@s l@s trabajadores/as por parte de la empresa, pero pedíamos que se elaborara un listado por turno y en cada turno confeccionar dos grupos que fueran rotando. Eso supondría aumentar la plantilla al 50%, consiguiendo de esta forma que el 100% de la plantilla estuviera activa cada mes.
De esta forma se asegura al personal su turno y en la medida de los posible su horario y jornada.
B) Vacaciones.
El trabajador en activo podrá disfrutar los días devengados de su período vacacional. En el caso de que las vacaciones no hayan sido disfrutadas por estar de ERTE o por las vacaciones suprimidas del mes de junio, el/la trabajador/a tendrá que llegar a un acuerdo con la empresa para su disfrute, en el caso de que no haya acuerdo, la empresa elegirá dicho período. Se facilitará la posibilidad de descontar los días no devengados de la quincena de invierno no disfrutada, en vez de descontarlo de la quincena de verano, que se podrá disfrutar íntegramente.
¡¡OJO!! Si disfrutas más días de los devengados, le deberás días a la empresa a final de año. Desde CGT hemos pedido 31 días de vacaciones para tod@s l@s trabajadores/as y que se respetara el calendario vacacional firmado.
C) Anticipos de la nómina.
Solo lo podrá solicitar el personal activo y la empresa se ofreció a adelantar la paga extra.
CGT explicó a la empresa que, precisamente quien necesita ese apoyo económico son l@s trabajadores/as que se encuentran en situación de ERTE, ya que much@s lleváis sin cobrar muchos meses y que la cuantía de la paga era insuficiente para hacer frente a tantos meses sin ingresos.
D) Complemento a la prestación por desempleo.
Se abonará a cada trabajador en situación de ERTE 35 € brutos al mes. En el caso de que el trabajador se niegue dos veces a ir a trabajar, dejará de percibir dicho complemento.
Creemos que es un arma de doble filo, si te niegas dos veces y sigues de ERTE te quitan el complemento, y si pasas a estar activo lo pierdes también. Por lo tanto, la empresa siempre gana.
Desde CGT creemos que de esta forma se premia el estar de ERTE, por eso pedíamos que esa cuantía fuera de 80 euros mensuales para todos los trabajadores, independientemente de su situación, ya que ese complemento depende del coste de la uniformidad que genera cada trabajador. El personal que trabaja, no va a recibir uniformidad ni dinero. (Modificación del Convenio por la puerta de atrás)
Si algún sindicato denunciara esta situación, la empresa quitará este complemento y descontará lo abonado hasta el momento.
E) Cursos de formación.
La empresa considerará este tiempo como efectivo.
Desde CGT nos negamos a que se impartieran cursos a los trabajadores en situación de ERTE.
F) Uniformidad.
La empresa se compromete a la reposición por deterioro, siempre que esté justificado.
Desde CGT interpusimos una demanda contra la empresa por no entregar la totalidad de la uniformidad en los tiempos estipulados y la Inspección de trabajo nos dio la razón, obligando a la empresa a entregar la uniformidad como determina el convenio. Por lo que saben que si se demanda la uniformidad se les interpondrá una multa económica y/o la obligación de entregar la uniformidad completa, esto supondría una merma económica superior a lo ofrecido en el acuerdo respecto al complemento (punto d).
CCOO y UGT apoyan este acuerdo y además han acordado con la empresa -figura en el acta-, que los no firmantes del acuerdo no pueden estar en la Comisión de Seguimiento del ERTE. Una vez más, la presencia de CGT les molesta. ¿Por qué será?
Desde CGT, los delegados y delegadas hemos pedido que se nos trate igual que al resto de la plantilla, y así, no tener preferencia por ser representantes legales de los Trabajadores (RLT) a la hora de la incorporación, ya que como RLT se tiene preferencia sobre el resto de los trabajadores, pero UGT y CCOO sí han querido beneficiarse de estos privilegios (legales) a cambio de renunciar a sus horas sindicales, que por ley corresponden.
Como es norma en CGT, la decisión del apoyo o rechazo a las condiciones del ERTE ha sido sometida a la opinión de l@s afiliad@s, siendo est@s quienes en última instancia han decidido que no firmemos un acuerdo que era francamente mejorable. Una vez más y de la mano de los de siempre, se llegan a acuerdos de mayorías sindicales que no cuentan con el respaldo mayoritario de l@s trabajadores/as.
Trabajando o en ERTE, las delegadas y delegados de CGT estamos a vuestro servicio, no dudéis en poneros en contacto con nosotras para cualquier cuestión.

SI NADIE TRABAJA POR TI, QUE NADIE DECIDA POR TI.
ELIGE CGT


Comunicado                   
  











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