Comunicados
RENFE | 75 09/10/2024
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HEMOS PERDIDO DINERO CON ESTE CONVENIO. YA ES HORA DEL SIGUIENTE El actual III Convenio colectivo del Grupo Renfe que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2022 y cuya vigencia finaliza el próximo 31 de diciembre de 2024 ha supuesto una sangría económica para la plantilla del grupo Renfe. El incremento remunerativo acordado por la Empresa y los sindicatos SEMAF, CCOO y UGT no solo no alcanzó los valores del IPC anuales sino que, lejos de estarlo, ha visto como la diferencia entre la subida salarial y el IPC se han ido incrementando a lo largo de estos años de convenio.
Ya en el año 2021 la pérdida salarial fue del 2,19%, y el año siguiente se alcanzó un detrimento de 4,9%, lo que supuso más de un 7% de pérdida acumulada de poder adquisitivo en el primer año de vigencia del convenio. Siendo conocedores del incremento de IPC estimado proporcionado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) nos opusimos, entre otros motivos, a la firma del III Convenio colectivo del Grupo Renfe. Pese al perjuicio que suponía al personal, se aprobó el III Convenio Colectivo entre la Empresa y las organizaciones sindicales mencionadas anteriormente.
A medida que la vigencia del actual convenio iba pasando, se iba agudizando la pérdida de poder adquisitivo. Si imaginamos un aciago 2025 sin subida salarial, la pérdida llegaría al 10,55%, incluyendo la estimación del INE para el 2025.
A continuación, se desglosa la pérdida porcentual de salario respecto al incremento del IPC, tanto anual como de manera acumulada durante los últimos años de convenio.
// TABLA 1 //
Esta diferencia porcentual se traduce en una pérdida de poder adquisitivo que ha afectado de manera significativa a todos los colectivos del Grupo Renfe. Tomando tan solo como referencia el sueldo base (clave 002), dejando de lado el resto de claves, la pérdida de poder adquisitivo sufrido por las personas trabajadoras en el período 2021-2025 será la siguiente:
// TABLA 2 //
El 31 de diciembre está a la vuelta de la esquina. Las organizaciones sindicales presentes en el Comité General de Empresa nos debemos poner las pilas y demandar que se inicien las negociaciones del nuevo convenio cuanto antes, para tratar de mitigar la pérdida de poder adquisitivo que arrastramos. 2025 no puede volver a ser un año en el que perdamos dinero.
Desde el SFF-CGT demandaremos que el nuevo convenio traiga aparejada una subida salarial que subsane la pérdida de poder adquisitivo sufrida por la plantilla con el III Convenio, y que se garantice que la subida salarial sea, como mínimo, acorde al incremento del IPC anual.
COMUNICADO
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IRYO 09/10/2024 | COMUNICADO CONJUNTO NI UN DÍA MÁS SIN UNA RESPUESTA POSITIVA | ADIF 09/10/2024 | 74 AVANZAMOS EN DERECHOS, A PESAR DE ADIF |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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S.AUX-AT.CLI LA AFILIACIÓN HA DICHO NO, A UN ERTE QUE NADA APORTA | 86 2020-07-09 |
| COMUNICADO
| Leido: 3 veces | Después de haber mantenido varias reuniones, y tras la prórroga del día de ayer, en esa misma mañana se ha llegado a un acuerdo precario por parte de CCOO y UGT con la empresa sobre el ERTE del personal de Servicios en Tierra de Ferrovial. Desde CGT, pensamos que podíamos haber conseguido algún beneficio para l@s trabajadores/as, ya que con este acuerdo solo gana la empresa, lo que siempre ocurre cuando negocian UGT y CCOO.
A continuación detallamos lo que se ha acordado y lo que desde CGT hemos defendido:
A) Establecimiento de una rotación mensual y criterios de desafección.
La plantilla tendrá una rotación de 30 días naturales y el primer criterio a tener en cuenta es la voluntariedad, una vez que alguien se presente voluntario no podrá negarse al cuadrante y horario que se le asigne. Si no existen voluntarios, la desafección será forzosa. Tendrán prioridad para entrar en la rotación, aquellos que lleven más días de ERTE forzoso, seguido de los acogidos al ERTE voluntario. Apareciendo al final del listado el personal que se incorpore de una baja o una excedencia. Para considerar que un trabajador ha cumplido con su rotación debe haber realizado al menos 30 días de trabajo efectivo.
Desde CGT estábamos de acuerdo en empezar el 15 de julio la rotación, para asegurar medio salario al mes a tod@s l@s trabajadores/as por parte de la empresa, pero pedíamos que se elaborara un listado por turno y en cada turno confeccionar dos grupos que fueran rotando. Eso supondría aumentar la plantilla al 50%, consiguiendo de esta forma que el 100% de la plantilla estuviera activa cada mes.
De esta forma se asegura al personal su turno y en la medida de los posible su horario y jornada.
B) Vacaciones.
El trabajador en activo podrá disfrutar los días devengados de su período vacacional. En el caso de que las vacaciones no hayan sido disfrutadas por estar de ERTE o por las vacaciones suprimidas del mes de junio, el/la trabajador/a tendrá que llegar a un acuerdo con la empresa para su disfrute, en el caso de que no haya acuerdo, la empresa elegirá dicho período. Se facilitará la posibilidad de descontar los días no devengados de la quincena de invierno no disfrutada, en vez de descontarlo de la quincena de verano, que se podrá disfrutar íntegramente.
¡¡OJO!! Si disfrutas más días de los devengados, le deberás días a la empresa a final de año. Desde CGT hemos pedido 31 días de vacaciones para tod@s l@s trabajadores/as y que se respetara el calendario vacacional firmado.
C) Anticipos de la nómina.
Solo lo podrá solicitar el personal activo y la empresa se ofreció a adelantar la paga extra.
CGT explicó a la empresa que, precisamente quien necesita ese apoyo económico son l@s trabajadores/as que se encuentran en situación de ERTE, ya que much@s lleváis sin cobrar muchos meses y que la cuantía de la paga era insuficiente para hacer frente a tantos meses sin ingresos.
D) Complemento a la prestación por desempleo.
Se abonará a cada trabajador en situación de ERTE 35 € brutos al mes. En el caso de que el trabajador se niegue dos veces a ir a trabajar, dejará de percibir dicho complemento.
Creemos que es un arma de doble filo, si te niegas dos veces y sigues de ERTE te quitan el complemento, y si pasas a estar activo lo pierdes también. Por lo tanto, la empresa siempre gana.
Desde CGT creemos que de esta forma se premia el estar de ERTE, por eso pedíamos que esa cuantía fuera de 80 euros mensuales para todos los trabajadores, independientemente de su situación, ya que ese complemento depende del coste de la uniformidad que genera cada trabajador. El personal que trabaja, no va a recibir uniformidad ni dinero. (Modificación del Convenio por la puerta de atrás)
Si algún sindicato denunciara esta situación, la empresa quitará este complemento y descontará lo abonado hasta el momento.
E) Cursos de formación.
La empresa considerará este tiempo como efectivo.
Desde CGT nos negamos a que se impartieran cursos a los trabajadores en situación de ERTE.
F) Uniformidad.
La empresa se compromete a la reposición por deterioro, siempre que esté justificado.
Desde CGT interpusimos una demanda contra la empresa por no entregar la totalidad de la uniformidad en los tiempos estipulados y la Inspección de trabajo nos dio la razón, obligando a la empresa a entregar la uniformidad como determina el convenio. Por lo que saben que si se demanda la uniformidad se les interpondrá una multa económica y/o la obligación de entregar la uniformidad completa, esto supondría una merma económica superior a lo ofrecido en el acuerdo respecto al complemento (punto d).
CCOO y UGT apoyan este acuerdo y además han acordado con la empresa -figura en el acta-, que los no firmantes del acuerdo no pueden estar en la Comisión de Seguimiento del ERTE. Una vez más, la presencia de CGT les molesta. ¿Por qué será?
Desde CGT, los delegados y delegadas hemos pedido que se nos trate igual que al resto de la plantilla, y así, no tener preferencia por ser representantes legales de los Trabajadores (RLT) a la hora de la incorporación, ya que como RLT se tiene preferencia sobre el resto de los trabajadores, pero UGT y CCOO sí han querido beneficiarse de estos privilegios (legales) a cambio de renunciar a sus horas sindicales, que por ley corresponden.
Como es norma en CGT, la decisión del apoyo o rechazo a las condiciones del ERTE ha sido sometida a la opinión de l@s afiliad@s, siendo est@s quienes en última instancia han decidido que no firmemos un acuerdo que era francamente mejorable. Una vez más y de la mano de los de siempre, se llegan a acuerdos de mayorías sindicales que no cuentan con el respaldo mayoritario de l@s trabajadores/as.
Trabajando o en ERTE, las delegadas y delegados de CGT estamos a vuestro servicio, no dudéis en poneros en contacto con nosotras para cualquier cuestión.
SI NADIE TRABAJA POR TI, QUE NADIE DECIDA POR TI.
ELIGE CGT
Comunicado
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