Comunicados
ADIF | 60 09/07/2025
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¿TE HA TOCADO TU PLAZA EN LA TÓMBOLA DE LA MOVILIDAD? Nuestra vida es una tom tom tómbola para el Adif. Nos ha demostrado muchas veces que sus intereses están muy por encima de las necesidades de conciliación de su plantilla y a veces también, del propio servicio. Esta Acción de Movilidad ha demostrado, una vez más, que la Norma Marco de Movilidad (NMM) está hecha para repartir a capricho plazas y destinos. Y mientras, las vidas de muchos compañer@s, detenidas lejos de sus familias.
EL MERCADEO CON LAS PLAZAS
Desde el SFF-CGT hemos recopilado contra reloj plazas ocultas, plazas que no se han ofertado aun siendo necesarias y plazas que no son suficientes para cubrir los cuadros de servicio. Hemos presentado alegaciones al borrador y hemos denunciado y/o solicitado más de 100 plazas. También hemos constatado residencias donde se han ofrecido más plazas de las necesarias, plazas que terminarán en cesiones que no van a respetar ni antigüedad ni méritos. En 2019 el SFF-CGT obtuvo el compromiso de la empresa de aflorar todas las cesiones y reemplazos, un compromiso que se esfumó con esta norma firmada y defendida por CCOO, UGT Y SCF.
Nadie va a entender nunca que, por ejemplo, no salgan plazas en movilidad para un puesto y sí aparezcan plazas provisionales en la OEP para el mismo. O que las personas que opten a una plaza de técnic@ todavía no sepan cuántas plazas y resultas habrá en el destino que han solicitado y solo lo lleguen a saber cuando estas se adjudiquen. Además, el paso a la fase de entrevista es totalmente arbitrario y sin consultar al candidat@.
LAS RESULTAS, EL AS EN LA MANGA POR SI ALGO NO SALE BIEN
Pero las grandes estrellas de esta gran estafa son las famosas resultas, que “resulta” que aparecen y desaparecen, como el Guadiana, según convenga. ¿Por qué una persona que promociona no genera una resulta (solo la que se traslada), si su puesto queda vacante? ¿Cómo puede ser que en una residencia tengan que salir 26 personas para generar una plaza? Si se van 26 y solo entra un@, parece difícil mantener el servicio… ¿Tenemos que pensar que hay una mano negra repartiendo juego?
En definitiva, esta falta de transparencia obliga a las personas trabajadoras a participar a ciegas, porque desconocen dónde y en base a qué criterios se generarán plazas a resultas. A ello se suma la limitación de plazas que puede solicitar, lo que le conduce a hacer elecciones y descartes basados en el desconocimiento, pudiendo resultar finalmente adjudicataria de una plaza deseada otra persona con menor derecho a ella. Y ya para rematar el atropello, en febrero se difundieron notas internas que amenazaban con la eliminación en la convocatoria a las personas candidatas que no se presentaran al examen, interpretando la NMM para ajustarla a sus intereses.
Desde el SFF-CGT queremos dejar claro por enésima vez nuestro estupor y rechazo ante la actitud antisindical de la empresa, con nulo interés en comunicar el criterio de resultas o cualquier otro criterio que pueda determinar que “se precisa su cobertura”. También con esa artimaña ya sobreexplotada (con la complicidad de los sindicatos acólitos) de la figura de la comisión de seguimiento para dejar fuera de este mercadeo al SFF-CGT, que nunca avalará una norma tan injusta, poco transparente y retrógrada como esta.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 03/07/2025 | 59 EL OSO, DESPUÉS DE INVERNAR, LLEGA A JULIO Y QUIERE DESCANSO ESTIVAL | RENFE 02/07/2025 | 58 NI UN MINUTO MÁS, EL TIEMPO ES NUESTRO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF TELETRABAJO SÍ, PERO EN BUENAS CONDICIONES. | 67 2020-05-06 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 25 veces | Con motivo de la crisis sanitaria provocada por el coronavirus, la Dirección de ADIF ordenó de un día para otro, siguiendo las recomendaciones sanitarias, la adopción masiva de teletrabajo para todo el personal que lo pudiera desarrollar, especialmente el colectivo de Administración y Gestión.
Desde CGT pensamos que esta decisión fue acertada, pues es preferible trabajar desde nuestras casas que acudir a las oficinas con el riesgo de contagio que supone. La respuesta de los trabajadores y trabajadoras ha sido ejemplar, poniendo todo su empeño para adaptarse a la nueva situación y seguir trabajando desde los domicilios, reconociéndonos la propia Dirección que la productividad no se ha visto afectada.
El teletrabajo se ha impuesto de forma precipitada, sin regulación y sin proporcionar los medios suficientes a trabajadoras y trabajadores, viéndose estos abocados a utilizar sus propios medios: conexiones a internet, dispositivos o mobiliario que en la mayoría de las veces no cumple con los requisitos ergonómicos necesarios para favorecer la realización de las tareas en condiciones saludables, etc.
Todo esto es más sangrante aún, debido a la cantidad de años que lleva ADIF negándose a regular el teletrabajo, como le venimos reclamando una y otra vez desde CGT y el resto. El pasado 26 de junio mantuvimos la primera y única reunión de desarrollo del teletrabajo según establecía el II Convenio Colectivo, en la que todos estábamos muy dispuestos, pero una cosa teníamos y tenemos clara, se tiene que regular y establecer unas condiciones laborales adecuadas e iguales para todos y todas.
Seamos claros: el teletrabajo lleva años haciéndose en ADIF, porque una parte de la plantilla trabaja con el portátil o con el móvil desde casa después de su horario laboral. ADIF no tiene problemas con ello, incluso lo fomenta. Lo que no quiere es regularlo, para que queden claros cuáles son los derechos y obligaciones al teletrabajar.
Al implantarse ahora el teletrabajo, por causa mayor y de forma precipitada, los trabajadores y trabajadoras hemos tenido que afrontar la situación como mejor hemos podido, pero esto no puede continuar así. Se debe fomentar el teletrabajo como la forma de trabajar que posibilita una mejor conciliación de la vida laboral y familiar, pero se tienen que regular las mejores condiciones para hacerlo:
MOBILIARIO. Todos los trabajadores y trabajadoras deben tener cubiertas todas las necesidades materiales para realizar esta labor que cumpliendo inexcusablemente con los requisitos legales establecidos en el RD 488/1997 (PVD): La silla debe ser regulable, tener cinco patas y ruedas que faciliten su desplazamiento, respaldo regulable y apoyabrazos. Pantallas adecuadas, orientables e inclinables y con dimensiones suficientes que permitan una buena definición. Teclados y ratones adecuados y reposapiés si alguien lo desea.
JORNADA DE TRABAJO. Consideramos totalmente necesario la delimitación del horario de trabajo respetando la jornada semanal vigente en nuestra normativa laboral, estableciéndose los momentos del día y los días de la semana en los que el personal ha de estar accesible y disponible para la empresa. De esta forma se evita una disponibilidad de 24 horas, permitiendo la diferenciación entre tiempo de trabajo, tiempo libre. En este personal es más importante si cabe, la necesaria desconexión digital. Se puede establecer el bloqueo de envíos de mensajes y correos fuera de la jornada laboral en las aplicaciones corporativas (office 365, teams…).
EQUIPO DE TRABAJO. Dotar de los dispositivos necesarios a quienes lo solicitaran o necesitaran. Conexión a internet y ordenadores portátiles a los trabajadores que no dispongan de ellos.
COSTES. Como consumo eléctrico: iluminación, funcionamiento equipo informático, de la calefacción, teléfono, material de oficina, etc. Todos estos costes no deben recaer en los y las trabajadoras.
Además, es absolutamente necesario que la vuelta a “la nueva normalidad” en las oficinas se haga con criterios racionales, es por ello que el teletrabajo con carácter general debe mantenerse en el tiempo, hasta que no se recupere también la normalidad familiar y social (colegios, guarderías, etc.)
Se debe establecer un criterio general que regule la vuelta al trabajo, con criterios análogos y transparentes para todos los/las trabajadores/es, erradicando malos “vicios” en las correspondientes jefaturas (algo que ya sufrimos en los momentos previos a la implantación del decreto del estado de alarma) y por supuesto contando siempre con la representación del personal.
Deberíamos utilizar esta experiencia como programa piloto para una verdadera implantación del teletrabajo, que sirva para analizar pros y contras; costes y ahorro, productividad y sobre todo contar con las valoraciones de todos los trabajadores y trabajadoras. De esta manera se podría establecer el teletrabajo de manera racional y regulada con el objetivo último de fomentar la conciliación.
POR TU SEGURIDAD Y TU SALUD. ELIGE CGT
Comunicado Anexo 1

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