Comunicados
 
IRYO
94
19/11/2024
LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA
 
Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
 
  COMUNICADO   Anexo         
 
 
 
 
ADIF
19/11/2024
93
EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS
 
 
RENFE
15/11/2024
92
MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION
 
ADIF
12/11/2024
91
EL CONVENIO DE LA CONCILIACIÓN
 
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Jurídica
Convenios
SERVEO
18/11/2024
I Convenio Colectivo entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


RENFE
RENFE REINICIA LA FORMACIÓN PRESENCIAL EN AULAS Y CABINAS DE CONDUCCIÓN
63
2020-04-30

COMUNICADO             
  
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Desde el pasado día 27 se han reiniciado en RENFE las actividades de formación presencial, que estaban suspendidas desde el inicio del estado de alarma. Esta decisión se toma por parte de la empresa de forma unilateral y vulnerando de forma clara el RD 463/2020, que en su artículo 9 establece de forma clara la suspensión de las actividades educativas presenciales, y no solo lo restringe a este ámbito, sino que lo extiende a cualesquiera otras actividades educativas o de formación impartidas en otros centros públicos y privados.

Desde CGT estamos convencidos que la empresa está vulnerando la legislación vigente del estado de alarma, y así se lo comunicamos por escrito el día 26 antes de que se pusiera en marcha la formación PRESENCIAL en aula y cabina, el lunes 27; escrito que no se han dignado a contestar.

Es un hecho, que no se ha producido modificación alguna en una legislación posterior, en este sentido el Real Decreto 492/2020, de 24 de Abril que prorroga el estado de alarma, así lo confirma, estableciendo que la prórroga se someterá a las mismas condiciones establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus modificaciones.

Por lo tanto, la suspensión de la actividad formativa presencial continúa, no pudiéndose arrogar RENFE la autoridad de regular por encima de lo establecido en la ley, una ley que estamos obligados a cumplir, especialmente por la situación de alarma debido a la pandemia producida por el coronavirus, sus consecuencias legales y para la salud.

Entendemos que esta decisión constituye una grave irresponsabilidad y de igual manera, supone una actuación contraria a la legalidad vigente; preguntándonos con profunda preocupación qué rumbo lleva una Dirección cada vez más acostumbrada a actuar desde el despotismo. Además de la formación presencial en aulas, la que se imparte en cabina de conducción impide el mantenimiento de la distancia de seguridad preceptiva y aumenta exponencialmente el riesgo de expansión del virus, pudiendo afectar la salud del personal de conducción que lo imparte y también del que la recibe, además de comprometer a mayores la de su círculo familiar y social.

Tampoco entendemos la llamada a la colaboración en la formación de una organización sindical que se supone defiende los intereses del personal de conducción y no cuestiona las circunstancias en las que se reinicia.

CGT entiende que el reinicio de la actividad formativa presencial, incluida la impartida en cabina de conducción, no es legal porque aún no ha sido autorizada, y su imposición pone en grave riesgo la salud de otros/as Maquinistas, por lo que hemos puesto en conocimiento de los Ministerios de Transportes y Sanidad y Trabajo la vulneración de la legalidad vigente por parte de RENFE y DENUNCIADO el hecho a la Dirección Especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, exigiendo que paralicen las actividades formativas presenciales en RENFE y las sanciones que pudieran corresponder por sus actuaciones.

Así mismo, hemos confeccionado un modelo de escrito para presentar de forma individual a la empresa comunicando que no se va a impartir la formación presencial tanto en aula como en cabina de conducción en estas circunstancias. Nadie está obligado, con la legalidad vigente, a impartir formación en cabina, y nadie está obligado a acudir a una cabina a que le formen otros compañeros.



CGT EN DEFENSA DE LA SEGURIDAD Y SALUD DE L@S TRABAJADOR@S


Comunicado                   
  











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