Comunicados
IRYO | 94 19/11/2024
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LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA Hoy dÃa 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
Una reunión en la que una vez más (van ya unas cuantas desde el mes de mayo…) hemos vuelto a reivindicar el pago de las dietas para el colectivo de asistentes y la nocturnidad para los colectivos que la trabajan.
En la anterior reunión del 29 de octubre, la dirección de la empresa se abrió a la posibilidad de alcanzar un preacuerdo para abonarlo a partir del 1 de enero de 2025. En dicho preacuerdo se fijarÃan las cantidades a abonar y el régimen disciplinario los cuales se incorporarÃan al convenio colectivo a su firma.
La empresa para acceder a lo anterior, solicitaba conocer cuáles eran nuestras peticiones en materia de jornada y económicas, pues esta parte se deducirÃa de la cantidad final que se pactarse en Convenio colectivo. La semana pasada se envió a la empresa la documentación con la propuesta.
Hoy nos volvemos a encontrar con una dirección pidiendo todavÃa más tiempo para analizar la documentación enviada, dándonos de nuevo una negativa a nuestras reivindicaciones.
Las dietas son 14,50 euros, NO aceptamos un importe menor teniendo en cuenta la carestÃa de la vida y la inflación. La nocturnidad NO puede continuar sin abonarse.
Debemos de poner en valor nuestra profesión, no podemos consentir ni un minuto más más desigualdades actuales.
Ante la actitud de la dirección de la empresa de ninguneo y falta de voluntad para dar respuesta a esta situación, tenemos que continuar con las actuaciones que tenÃamos ya previstas para exigir lo reivindicado que es lo justo y lo que las personas trabajadoras merecen y para ello convocaremos movilizaciones en diciembre y enero.
Necesitamos a la plantilla unida y con fuerza para reclamar lo que nos corresponde, no podemos conformarnos con menos. Ellos tienen sus ganancias nosotros también merecemos unas dietas dignas y pago de horas nocturnas como corresponde.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 19/11/2024 | 93 EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS | RENFE 15/11/2024 | 92 MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logÃstica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE RENFE REINICIA LA FORMACIÓN PRESENCIAL EN AULAS Y CABINAS DE CONDUCCIÓN | 63 2020-04-30 |
| COMUNICADO
| Leido: 4 veces | Desde el pasado dÃa 27 se han reiniciado en RENFE las actividades de formación presencial, que estaban suspendidas desde el inicio del estado de alarma. Esta decisión se toma por parte de la empresa de forma unilateral y vulnerando de forma clara el RD 463/2020, que en su artÃculo 9 establece de forma clara la suspensión de las actividades educativas presenciales, y no solo lo restringe a este ámbito, sino que lo extiende a cualesquiera otras actividades educativas o de formación impartidas en otros centros públicos y privados.
Desde CGT estamos convencidos que la empresa está vulnerando la legislación vigente del estado de alarma, y asà se lo comunicamos por escrito el dÃa 26 antes de que se pusiera en marcha la formación PRESENCIAL en aula y cabina, el lunes 27; escrito que no se han dignado a contestar.
Es un hecho, que no se ha producido modificación alguna en una legislación posterior, en este sentido el Real Decreto 492/2020, de 24 de Abril que prorroga el estado de alarma, asà lo confirma, estableciendo que la prórroga se someterá a las mismas condiciones establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus modificaciones.
Por lo tanto, la suspensión de la actividad formativa presencial continúa, no pudiéndose arrogar RENFE la autoridad de regular por encima de lo establecido en la ley, una ley que estamos obligados a cumplir, especialmente por la situación de alarma debido a la pandemia producida por el coronavirus, sus consecuencias legales y para la salud.
Entendemos que esta decisión constituye una grave irresponsabilidad y de igual manera, supone una actuación contraria a la legalidad vigente; preguntándonos con profunda preocupación qué rumbo lleva una Dirección cada vez más acostumbrada a actuar desde el despotismo. Además de la formación presencial en aulas, la que se imparte en cabina de conducción impide el mantenimiento de la distancia de seguridad preceptiva y aumenta exponencialmente el riesgo de expansión del virus, pudiendo afectar la salud del personal de conducción que lo imparte y también del que la recibe, además de comprometer a mayores la de su cÃrculo familiar y social.
Tampoco entendemos la llamada a la colaboración en la formación de una organización sindical que se supone defiende los intereses del personal de conducción y no cuestiona las circunstancias en las que se reinicia.
CGT entiende que el reinicio de la actividad formativa presencial, incluida la impartida en cabina de conducción, no es legal porque aún no ha sido autorizada, y su imposición pone en grave riesgo la salud de otros/as Maquinistas, por lo que hemos puesto en conocimiento de los Ministerios de Transportes y Sanidad y Trabajo la vulneración de la legalidad vigente por parte de RENFE y DENUNCIADO el hecho a la Dirección Especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, exigiendo que paralicen las actividades formativas presenciales en RENFE y las sanciones que pudieran corresponder por sus actuaciones.
Asà mismo, hemos confeccionado un modelo de escrito para presentar de forma individual a la empresa comunicando que no se va a impartir la formación presencial tanto en aula como en cabina de conducción en estas circunstancias. Nadie está obligado, con la legalidad vigente, a impartir formación en cabina, y nadie está obligado a acudir a una cabina a que le formen otros compañeros.
CGT EN DEFENSA DE LA SEGURIDAD Y SALUD DE L@S TRABAJADOR@S
Comunicado
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