Comunicados
IRYO | 100 02/12/2024
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CONVOCADAS HUELGAS EN IRYO Tras consultar con la afiliación el SFF-CGT decidió no convocar huelga los días 5 y 6 de diciembre por no poder cumplir los plazos ya que la reunión del SIMA se celebró el día 26 de noviembre y por lo tanto no podíamos cumplir los diez días necesarios para cumplir con el plazo legal para convocar huelga.
Con el ánimo de dar una oportunidad más a la negociación, la afiliación del SFF-CGT decidió no convocar huelgas los días 8 y 9 de diciembre, no tenemos mucha confianza en que se resuelva de una vez por todas las reivindicaciones que arrastramos desde hace dos años y que reunión tras reunión la Dirección de la empresa IRYO ha ido demorando, pero acudiremos a las reuniones convocadas por la dirección para los días 13 y 20 de diciembre.
Acudiremos a las reuniones con el mismo objetivo que a las anteriores, que se finalice la desigualdad entre colectivos y se cumpla con lo regulado por ley.
Como venimos diciendo hace meses el SFF-CGT no va a renunciar a la presión hasta conseguir los objetivos motivo por el cual, hoy día 2 de diciembre el SFF-CGT hemos convocado HUELGAS en IRYO para los días 23, 24, 25, 30 y 31 de diciembre de 2024 y 1 de enero de 2025.
Nadie nos va a regalar nada, los derechos se conquistan. La capacidad para negociar la dan todas las personas trabajadoras que se movilizan para conseguir sus objetivos.
Los nuestros son:
• Las dietas que no generen desigualdad, para el colectivo de ASISTENTES.
• La compensación en nocturnidad para quien la trabaje.
Las direcciones de las empresas llegado a este momento intentarán confundir y actuar contra la huelga, así como sus adláteres y mensajeros (disfrazados de clase trabajadora) difundiendo miedo a cambio de ¿qué?
Pero la realidad es que el derecho a hacer HUELGA es un derecho CONSTITUCIONAL que todos y todas podemos llevar a efecto en defensa de nuestras reivindicaciones.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 29/11/2024 | 99 LA NORMA DE MOVILIDAD ESE JEROGLÍFICO TRITURADOR DE VIDAS | ADIF 28/11/2024 | 98 EL DINERO EN ADIF, ESE GRAN TRAMPANTOJO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF LA D.G. DE MANTENIMIENTO NOS TOMA POR TONTOS | 59 2020-04-17 |
| COMUNICADO
| Leido: 24 veces | Nunca te acostarás sin que ADIF vuelva a sorprenderte. Tras la carta enviada por este sindicato, en la que se pedían explicaciones ante el inesperado cambio de los escenarios laborales previstos en los Planes de Contingencia, la empresa de forma tardía nos presenta su nuevo éxito del momento titulado: “Finalización del periodo de permiso retribuido recuperable en la lucha contra el COVID-19”.
Mediante esta desafortunada nota interna, se pretende justificar lo injustificable, que, en fechas anteriores a su elaboración, más concretamente, desde el pasado viernes 10 de abril que desde las S.O. comenzaron a contactar con los gestores de las jefaturas de mantenimiento, sin mediar nuevos protocolos ni reglamentación oficial al respecto y existiendo aún el Estado de Alarma y confinamiento, a partir del día 13 de abril se envía a gran parte del personal de Infraestructura a trabajar con “normalidad”, basando su argumentación en una errónea y fantasiosa interpretación de un Real Decreto-Ley que no tiene nada que ver con los cambios propuestos.
En esta comunicación interna, la D.G. Conservación y Mantenimiento estipula que en base al Real Decreto-Ley 10/2020 del 9 de abril, que desarrolla el Permiso Retribuido Recuperable (PRR), y la supuesta finalización de su vigencia, puede enviarnos a trabajar al margen del Plan de Contingencias desarrollado por la misma Dirección General que se desarrollaron a raíz del RD 463/2020 del 14 de marzo, los cuales son los únicos en vigor y que en su punto 2. MEDIDAS DE CONTINGENCIA EN LOS ESCENARIOS ACTUALES, indica que se hace necesario aplicarlo tras la publicación de dicho Decreto Ley en el BOE núm. 67 del 14 de marzo de 2020.
Lejos de terminar nuestra sorpresa, y con el riesgo que ello conlleva para los/as trabajadores/as y sus familias, se nos envía de vuelta a la “normalidad”, para en muchas ocasiones realizar trabajos que no son esenciales o críticos y que bajo ningún concepto condicionan la seguridad o la fiabilidad de la circulación ferroviaria actual. Pero la desfachatez ha llegado al punto en el que se ha llegado también a reiniciar el trabajo de empresas contratistas en obras de ADIF, que están enviando a su personal sin los correspondientes y obligados EPI´s; en estos momentos tan inciertos para poder contratar servicios de hostelería y restauración, siendo trabajadores que, en muchos casos, sus residencias se sitúan a cientos de Kms. de las obras, poniendo en grave riesgo la salud de sus propios trabajadores y por ende a los de ADIF.
Transcurridos ya varios días desde que se implementó este atentado contra la salud de los y las trabajadoras, desde CGT hemos enviado los escritos pertinentes para advertir a la empresa de que lo que está haciendo pone en peligro la vida de sus trabajadores y trabajadoras, así como la de sus familias. Por ello, exigimos que cesen ya estas innecesarias actuaciones y por supuesto, nos reservamos cuantas actuaciones judiciales estimemos necesarias para la defensa de la clase trabajadora, incluyendo la vía penal en función de las responsabilidades que se deriven de estas órdenes irresponsables.
NINGUNA GANANCIA ECONÓMICA PUEDE JUSTIFICAR LA PÉRDIDA DE LA SALUD
Comunicado
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