Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
|
|
AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
|
 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
ADIF INFRA-VALORACIóN DE LOS RIESGOS EN ADIF | 56 2020-04-13 |
| COMUNICADO
 | Leido: 49 veces | Desde el gobierno se ha dado orden de comenzar a desarrollar los trabajos que no se consideran esenciales, según dispone el anexo I del RD Ley 10/2020, aunque seguimos afectados por el Plan de Contingencias de Mantenimiento, cuya flexibilización respecto al escenario contemplado (3.3 y 3.4) debe ser acorde al mismo.
El escenario 3.1 del Plan de Contingencias de Mantenimiento dice: “Que no hubiese casos de contagio ni cuarentena por coronavirus y el absentismo que hubiese en los centros de trabajo fuera producido por otras causas”. Puesto que el Congreso de los Diputados, aprobó el 9 de abril la prórroga de la cuarentena hasta el 26 de abril, no se puede establecer el escenario 3.1, por lo que, entendemos, estaríamos, en el mejor de los casos, ante el escenario 3.2, con las instrucciones y limitaciones que contempla.
Cuando se decretó el Estado de Alarma, se adquirió como referencia para los trabajos el punto justamente superior, el 3.3. No entendemos que en pleno Estado de Alarma (que puede extenderse más allá del 26 de abril) se decida exponer a la plantilla de Infraestructura al riesgo de contagio con una estrategia más transigente que en anteriores fechas.
Esta estrategia conlleva también asumir la vuelta al trabajo de una gran cantidad, o incluso la totalidad, de Trabajadores/as de Especial Sensibilidad (TES) al COVID-19. Si bien se pretende hacer de forma adaptada, no es suficiente para conseguir eliminar el riesgo de contagio en su puesto de trabajo, por lo que entendemos como innecesaria y temeraria esta decisión, que perfectamente podría suprimirse y permitir a esta parte de la plantilla continuar el confinamiento en casa.
Por otro lado, aquellas empresas contratistas que pongan al servicio de una obra de ADIF a su personal, deben tener contempladas las medidas sanitarias a adoptar por las empresas contratistas en las obras ante la situación de emergencia sanitaria creada por el covid-19. Toda la documentación generada al respecto, la gestionará el Coordinador de Seguridad y Salud (CSS) de la obra, por lo que, tanto los delegados de prevención, miembros de comités o delegados LOLS, como cualquier trabajador con mando sobre las personas, (MMII, Encargados, jefes de equipos y capataces), y E.T., podrán establecer contacto con el CSS de la obra, y pedir información sobre la acreditación de la contrata y que esta cuenta con las pertinentes evaluaciones internas de riesgo y protocolos de actuación en gestión relativas a la posible presencia y transmisión del nuevo coronavirus COVID-19.
Sí o sí, la vuelta al trabajo deber realizarse con todas las garantías para la salud
CGT EN DEFENSA DE LOS DERECHOS DE L@S TRABAJADORES/AS
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |