Comunicados
IRYO | 94 19/11/2024
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LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
Una reunión en la que una vez más (van ya unas cuantas desde el mes de mayo…) hemos vuelto a reivindicar el pago de las dietas para el colectivo de asistentes y la nocturnidad para los colectivos que la trabajan.
En la anterior reunión del 29 de octubre, la dirección de la empresa se abrió a la posibilidad de alcanzar un preacuerdo para abonarlo a partir del 1 de enero de 2025. En dicho preacuerdo se fijarían las cantidades a abonar y el régimen disciplinario los cuales se incorporarían al convenio colectivo a su firma.
La empresa para acceder a lo anterior, solicitaba conocer cuáles eran nuestras peticiones en materia de jornada y económicas, pues esta parte se deduciría de la cantidad final que se pactarse en Convenio colectivo. La semana pasada se envió a la empresa la documentación con la propuesta.
Hoy nos volvemos a encontrar con una dirección pidiendo todavía más tiempo para analizar la documentación enviada, dándonos de nuevo una negativa a nuestras reivindicaciones.
Las dietas son 14,50 euros, NO aceptamos un importe menor teniendo en cuenta la carestía de la vida y la inflación. La nocturnidad NO puede continuar sin abonarse.
Debemos de poner en valor nuestra profesión, no podemos consentir ni un minuto más más desigualdades actuales.
Ante la actitud de la dirección de la empresa de ninguneo y falta de voluntad para dar respuesta a esta situación, tenemos que continuar con las actuaciones que teníamos ya previstas para exigir lo reivindicado que es lo justo y lo que las personas trabajadoras merecen y para ello convocaremos movilizaciones en diciembre y enero.
Necesitamos a la plantilla unida y con fuerza para reclamar lo que nos corresponde, no podemos conformarnos con menos. Ellos tienen sus ganancias nosotros también merecemos unas dietas dignas y pago de horas nocturnas como corresponde.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 19/11/2024 | 93 EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS | RENFE 15/11/2024 | 92 MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF INFRA-VALORACIóN DE LOS RIESGOS EN ADIF | 56 2020-04-13 |
| COMUNICADO
| Leido: 49 veces | Desde el gobierno se ha dado orden de comenzar a desarrollar los trabajos que no se consideran esenciales, según dispone el anexo I del RD Ley 10/2020, aunque seguimos afectados por el Plan de Contingencias de Mantenimiento, cuya flexibilización respecto al escenario contemplado (3.3 y 3.4) debe ser acorde al mismo.
El escenario 3.1 del Plan de Contingencias de Mantenimiento dice: “Que no hubiese casos de contagio ni cuarentena por coronavirus y el absentismo que hubiese en los centros de trabajo fuera producido por otras causas”. Puesto que el Congreso de los Diputados, aprobó el 9 de abril la prórroga de la cuarentena hasta el 26 de abril, no se puede establecer el escenario 3.1, por lo que, entendemos, estaríamos, en el mejor de los casos, ante el escenario 3.2, con las instrucciones y limitaciones que contempla.
Cuando se decretó el Estado de Alarma, se adquirió como referencia para los trabajos el punto justamente superior, el 3.3. No entendemos que en pleno Estado de Alarma (que puede extenderse más allá del 26 de abril) se decida exponer a la plantilla de Infraestructura al riesgo de contagio con una estrategia más transigente que en anteriores fechas.
Esta estrategia conlleva también asumir la vuelta al trabajo de una gran cantidad, o incluso la totalidad, de Trabajadores/as de Especial Sensibilidad (TES) al COVID-19. Si bien se pretende hacer de forma adaptada, no es suficiente para conseguir eliminar el riesgo de contagio en su puesto de trabajo, por lo que entendemos como innecesaria y temeraria esta decisión, que perfectamente podría suprimirse y permitir a esta parte de la plantilla continuar el confinamiento en casa.
Por otro lado, aquellas empresas contratistas que pongan al servicio de una obra de ADIF a su personal, deben tener contempladas las medidas sanitarias a adoptar por las empresas contratistas en las obras ante la situación de emergencia sanitaria creada por el covid-19. Toda la documentación generada al respecto, la gestionará el Coordinador de Seguridad y Salud (CSS) de la obra, por lo que, tanto los delegados de prevención, miembros de comités o delegados LOLS, como cualquier trabajador con mando sobre las personas, (MMII, Encargados, jefes de equipos y capataces), y E.T., podrán establecer contacto con el CSS de la obra, y pedir información sobre la acreditación de la contrata y que esta cuenta con las pertinentes evaluaciones internas de riesgo y protocolos de actuación en gestión relativas a la posible presencia y transmisión del nuevo coronavirus COVID-19.
Sí o sí, la vuelta al trabajo deber realizarse con todas las garantías para la salud
CGT EN DEFENSA DE LOS DERECHOS DE L@S TRABAJADORES/AS
Comunicado
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