Comunicados
LOGIRAIL | 6 21/01/2025
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EL SFF-CGT EXIGE RESPONSABILIDADES EL SFF-CGT EXIGE RESPONSABILIDADES
Hoy, 21 de enero, el Sindicato del Sector Federal Ferroviario nos hemos dirigido por carta al presidente de Logirail, para hacerle llegar nuestro malestar por cómo se ha desarrollado el proceso de movilidad funcional para postventa de Media Distancia y Cercanías en Logirail.
El 29 de noviembre la empresa envió por email a algunas personas trabajadoras una oferta interna para cubrir varios puestos en postventa. Otras ni siquiera recibieron este email.
La empresa, de manera unilateral, ha tomado todas las decisiones de este proceso de forma arbitraria sin informar de nada a las y los representantes de las personas trabajadoras.
El proceso de selección ha resultado ser totalmente oscurantista. Nos recuerda demasiado a la forma de proceder de nuestras empresas privadas de origen, formas de actuar que pensábamos que ya habían desaparecido desde la subrogación del personal a una empresa pública.
La dirección de Logirail no está respetando los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
El pasado día 9 de enero el SFF-CGT presentó una impugnación ante la Dirección General de Logirail y hoy enviamos un escrito al presidente de Logirail con el ánimo de resolver estas actuaciones desafortunadas de forma dialogada.
Ante una nueva negativa a solucionar este tema no dudaremos en iniciar las actuaciones que estimemos oportunas.
Además, queremos reiterar que ante esta actuación unilateral y cacique exigimos responsabilidades para erradicar estos comportamientos en nuestra empresa de capital público.
SFF-CGT POR LA MOVILIDAD TRANSPARENTE Y JUSTA
COMUNICADO Anexo
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ADIF 21/01/2025 | 5 MAQUINISTAS A LA DERIVA | ADIF 17/01/2025 | 4 BENEFICIOS SOCIALES 2025 |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE-ADIF PR-RA-OTROS INVENTOS: NADA QUE DEVOLVER | 53 2020-04-06 |
| COMUNICADO
| Leido: 31 veces | Nos están llegando noticias de diferentes centros de trabajo en los que la empresa parece tener la intención de que, una vez finalizado el estado de alarma, hará devolver los días a l@s trabajadores/as que se han visto obligad@s a permanecer en sus domicilios por la situación de pandemia que estamos padeciendo.
No supone ninguna sorpresa esta estrategia, que se enmarca dentro de la política de siempre, consistente en cargar y castigar al trabajador de una situación que escapa a su responsabilidad; sin tener en cuenta la profesionalidad que en estos momentos tan difíciles ha mostrado la plantilla, soportando la inexistencia de medidas de salud preventivas o la precariedad de las mismas durante muchos días.
En CGT tenemos claro, que en ningún caso procede devolución de día alguno, pues no nos es de aplicación la última ocurrencia del Gobierno al crear un permiso retribuido recuperable, y que en ningún caso es de aplicación a las actividades que han continuado prestando servicio desde la entrada en vigor del estado de alarma a empresas consideradas como servicio esencial. Actividad que se ha ido reduciendo para lograr reducir al máximo los desplazamientos y asegurar el confinamiento de la población. Así se lo hicimos llegar a la Dirección de las empresas en fecha 29 de Marzo.
La actividad de la empresa no se ha paralizado por completo, y estos compañeros y compañeras han permanecido en su domicilio a disposición de la empresa para prestar servicio si hubieran incidencias, e incluso rotando semanalmente en muchos casos con sus compañeros la prestación efectiva de servicio. No debemos de olvidar que estas situaciones derivan de una organización del trabajo que se toma en materia de prevención de riesgo para la salud y que por tanto, según el art 14.5 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, no debe recaer coste alguno sobre los trabajadores.
Desde CGT nos vamos a dirigir de nuevo a las Jefaturas implicadas instando a no poner en marcha ninguna medida en este sentido, no aplicables ni por RDL 10/2020 ni por supuesto presentes en los convenios colectivos vigentes.
Esperamos que estas situaciones no se produzcan y de producirse por alguna “extraña firma”, desde CGT adoptaremos todas las medidas jurídicas y sindicales a nuestro alcance para evitarlo.
CGT EN DEFENSA DE LOS DERECHOS DE L@S TRABAJADORES/AS
Comunicado
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