Comunicados
IRYO | 94 19/11/2024
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LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
Una reunión en la que una vez más (van ya unas cuantas desde el mes de mayo…) hemos vuelto a reivindicar el pago de las dietas para el colectivo de asistentes y la nocturnidad para los colectivos que la trabajan.
En la anterior reunión del 29 de octubre, la dirección de la empresa se abrió a la posibilidad de alcanzar un preacuerdo para abonarlo a partir del 1 de enero de 2025. En dicho preacuerdo se fijarían las cantidades a abonar y el régimen disciplinario los cuales se incorporarían al convenio colectivo a su firma.
La empresa para acceder a lo anterior, solicitaba conocer cuáles eran nuestras peticiones en materia de jornada y económicas, pues esta parte se deduciría de la cantidad final que se pactarse en Convenio colectivo. La semana pasada se envió a la empresa la documentación con la propuesta.
Hoy nos volvemos a encontrar con una dirección pidiendo todavía más tiempo para analizar la documentación enviada, dándonos de nuevo una negativa a nuestras reivindicaciones.
Las dietas son 14,50 euros, NO aceptamos un importe menor teniendo en cuenta la carestía de la vida y la inflación. La nocturnidad NO puede continuar sin abonarse.
Debemos de poner en valor nuestra profesión, no podemos consentir ni un minuto más más desigualdades actuales.
Ante la actitud de la dirección de la empresa de ninguneo y falta de voluntad para dar respuesta a esta situación, tenemos que continuar con las actuaciones que teníamos ya previstas para exigir lo reivindicado que es lo justo y lo que las personas trabajadoras merecen y para ello convocaremos movilizaciones en diciembre y enero.
Necesitamos a la plantilla unida y con fuerza para reclamar lo que nos corresponde, no podemos conformarnos con menos. Ellos tienen sus ganancias nosotros también merecemos unas dietas dignas y pago de horas nocturnas como corresponde.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 19/11/2024 | 93 EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS | RENFE 15/11/2024 | 92 MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE-ADIF PR-RA-OTROS INVENTOS: NADA QUE DEVOLVER | 53 2020-04-06 |
| COMUNICADO
| Leido: 31 veces | Nos están llegando noticias de diferentes centros de trabajo en los que la empresa parece tener la intención de que, una vez finalizado el estado de alarma, hará devolver los días a l@s trabajadores/as que se han visto obligad@s a permanecer en sus domicilios por la situación de pandemia que estamos padeciendo.
No supone ninguna sorpresa esta estrategia, que se enmarca dentro de la política de siempre, consistente en cargar y castigar al trabajador de una situación que escapa a su responsabilidad; sin tener en cuenta la profesionalidad que en estos momentos tan difíciles ha mostrado la plantilla, soportando la inexistencia de medidas de salud preventivas o la precariedad de las mismas durante muchos días.
En CGT tenemos claro, que en ningún caso procede devolución de día alguno, pues no nos es de aplicación la última ocurrencia del Gobierno al crear un permiso retribuido recuperable, y que en ningún caso es de aplicación a las actividades que han continuado prestando servicio desde la entrada en vigor del estado de alarma a empresas consideradas como servicio esencial. Actividad que se ha ido reduciendo para lograr reducir al máximo los desplazamientos y asegurar el confinamiento de la población. Así se lo hicimos llegar a la Dirección de las empresas en fecha 29 de Marzo.
La actividad de la empresa no se ha paralizado por completo, y estos compañeros y compañeras han permanecido en su domicilio a disposición de la empresa para prestar servicio si hubieran incidencias, e incluso rotando semanalmente en muchos casos con sus compañeros la prestación efectiva de servicio. No debemos de olvidar que estas situaciones derivan de una organización del trabajo que se toma en materia de prevención de riesgo para la salud y que por tanto, según el art 14.5 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, no debe recaer coste alguno sobre los trabajadores.
Desde CGT nos vamos a dirigir de nuevo a las Jefaturas implicadas instando a no poner en marcha ninguna medida en este sentido, no aplicables ni por RDL 10/2020 ni por supuesto presentes en los convenios colectivos vigentes.
Esperamos que estas situaciones no se produzcan y de producirse por alguna “extraña firma”, desde CGT adoptaremos todas las medidas jurídicas y sindicales a nuestro alcance para evitarlo.
CGT EN DEFENSA DE LOS DERECHOS DE L@S TRABAJADORES/AS
Comunicado
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