Comunicados
ADIF | 57 27/06/2025
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TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL
¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
Porque el sector ferroviario ha sufrido una transformación brutal en los últimos años y es necesario redefinir las funciones de cada persona trabajadora para que la empresa no aplique sus nuevos modelos productivos abusando de la buena fe de la gente (sobre todo de la de nuevo ingreso).
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE NEGOCIAR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
El objetivo es simplificar categorías, funciones y salarios. La ordenación hará más claras nuestras obligaciones y más justas las nóminas. Se trata de subir el salario base (que es muy bajo) y completarlo con un complemento de puesto y una mínima variable, de tal forma que nuestro salario sea más o menos estable y no dependa de cuestiones como la disponibilidad, la asignación de tareas por parte de una jefa o un jefe u otras.
Ese es nuestro objetivo, pero hay que tener claro que la intención de la empresa con esta ordenación es obtener más flexibilidad de las personas trabajadoras. Por eso debemos estar alerta.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE QUE HAYA UNA FINANCIACIÓN POR PARTE DE HACIENDA?
La ordenación va a requerir sí o sí una partida presupuestaria, ya que el sistema retributivo cambiará. Por ejemplo, hay que remunerar condiciones que ahora hacemos gratis: turnicidad, festividad, conducciones, etc.
Hasta ahora la empresa lo ha tenido claro, pero ya ha empezado a insinuar que no se trata tanto de incrementar la partida como de repartir bien lo que hay. Ojo con este cambio de rumbo.
¿QUÉ SON LAS ÁREAS DE ACTIVIDAD Y LAS ÁREAS FUNCIONALES?
Las áreas de actividad engloban los distintos tipos de actividad que se desarrollan en Adif. La empresa propone englobarlas en dos: específicas (infraestructura, circulación y servicios al cliente) y comunes (gestión, jurídica…).
Las áreas de actividad a su vez se dividen en áreas funcionales. Por ejemplo, el área de actividad de servicios al cliente se divide en dos áreas funcionales: Estaciones de Viajer@s y Servicios Logísticos.
¿QUÉ SON LOS GRUPOS Y SUBGRUPOS?
La nueva ordenación profesional ordena la plantilla en grupos profesionales ordenados jerárquicamente. La propuesta de la empresa es hacer 3 grupos: grupo de Operaciones (el anterior “Personal Operativo”), grupo de Mando Intermedio y Cuadro Técnico y grupo de Estructura de Apoyo.
La empresa ha introducido el concepto de “subgrupo”, en principio para referirse al cruce entre área de actividad y grupo profesional (por ejemplo, cuadro técnico de jurídica).
También pretende establecer una división en el grupo de operaciones (personal operador jefe y personal operador).
¿A QUÉ SE REFIERE LA EMPRESA CON “DESARROLLO PROFESIONAL HORIZONTAL”?
La empresa la define como una forma de carrera profesional en la que las personas trabajadoras, sin necesidad de ascender, se forman y adquieren más productividad (lo que podría también terminar acarreado un incremento de funciones), viéndose recompensadas con un aumento salarial.
Nos preocupa que sea una forma encubierta de fomentar distintos niveles salariales dentro de los grupos y subgrupos y entre quienes realizan el mismo trabajo. Necesitamos más información sobre el modelo que se nos propone, pero nos hace encender las alarmas.
¿POR QUÉ EL SFF-CGT MIRA CON RECELO LOS NIVELES Y SUBGRUPOS QUE LA EMPRESA QUIERE APLICAR DENTRO
DE CADA SUBGRUPO?
Entendemos que al establecer distintos niveles dentro de un mismo subgrupo la empresa pretende crear diferentes niveles salariales para funciones prácticamente idénticas (por ejemplo, personal montador y personal montador especialista). Desde el SFF-CGT entendemos que la gente que pertenece al mismo grupo debe percibir el mismo sueldo (igual trabajo, igual salario).
Esta estructura podría entorpecer la movilidad y la salida del subgrupo, así como establecer el marco propicio para mantener o extender las categorías de entrada, categorías que rechazamos rotundamente.
¿A QUÉ TENEMOS QUE ESTAR MUY ATENT@S?
En principio lo que ha presentado la empresa hasta ahora es el marco de una foto en la que todavía no se ve la imagen interior. Lo importante es cómo se va a articular toda la ordenación dentro de esa estructura. Y ahí no nos da apenas información.
Comenzamos a sospechar (y mucho) del concepto de “carrera horizontal”. Puede que quieran usarla para establecer niveles dentro de cada subgrupo y penalizar tanto la movilidad dentro de la empresa como establecer diferencias salariales entre las personas trabajadoras de un mismo subgrupo.
La empresa, además, ha empezado a dejar caer algunas ideas que no nos gustan, como la de hacer las conducciones y las disponibilidades obligatorias, asumir sin negociar los SIC+, interponer denuncias en nombre de Adif o seguir sin regular en detalle las funciones de la Estructura de Apoyo, entre otras.
En definitiva, nos encontramos ante un momento crucial que puede cambiar nuestro futuro laboral, para bien o para mal. Desde el SFF-CGT vamos a luchar con todas nuestras fuerzas para que esta ordenación profesional suponga una mejora sustancial de nuestras condiciones laborales. Estamos vigilantes ante las maniobras de la empresa y no permitiremos que se dé ningún paso atrás.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT | RENFE 18/06/2025 | 55 EL SFF-CGT SE ADHIERE AL ACUERDO DEL DESARROLLO DE LOS CGO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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S.AUX-AT.CLI ERTE ILUNION: MÁS SOMBRAS QUE LUCES | 51 2020-04-01 |
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 | Leido: 7 veces | La empresa ILUNION FACILITY SERVICES, perteneciente a ILUNION OUTSORCING S.A, y a su vez al Grupo ONCE; ha notificado los trabajadores la finalización del periodo de consultas del ERTE comunicado en fecha 19 de Marzo con el acuerdo en solitario de UGT.
Esta medida la ha adoptado la empresa para toda la plantilla operativa, sin tener en cuenta las características de cada uno de los servicios, por lo que resulta difícil hacer un cálculo de qué puestos de trabajo eran más susceptibles de verse afectados.
Para CGT, resulta criticable y bochornoso, es que l@s trabajadores/as no hayan tenido acceso a la documentación presentada por la empresa y por tanto, tampoco han podido como mínimo, participar y dar su opinión, e incluso, hacer llegar sus propuestas a una comisión negociadora cuyos miembros han llevado las negociaciones bajo secreto. Tampoco se conocen los criterios que se han utilizado para la elección de l@s trabajadores/as afectad@s, ni la afectación que a nivel de personal directivo haya podido tener, que damos por supuesto que ninguno (ellos y sus amigos se protegen).
La comunicación recibida por la plantilla no especificaba la causa, incluso más de una se ha limitado a un WhastApp para solicitarles el recibí, que recomendamos se firme con un NO CONFORME, lo que asevera un procedimiento chapucero, que al no analizarse por centros de trabajo y circunstancias productivas, arroja más sombras que luces a este proceso.
En la notificación de acuerdo con la representación de los trabajadores se especifica la fecha de finalización de las suspensiones de contratos el 31 de Agosto. El motivo de esta fecha da que pensar, ¿es una estimación?, no lo parece ya que no se especifica nada al respecto. Si finaliza esta situación que padecemos, se reintegrará al personal afectado a su puesto de trabajo, con qué criterios, y dónde?
Lo poco que conocemos a raíz de un comunicado de UGT en el que explica el acuerdo pero que no publica el texto del mismo, es que “la empresa se ha comprometido en la medida de lo posible durante el plazo de seis meses desde la finalización del expediente”. ¿En la medida de lo posible?, ¿encierra esta posición despidos camuflados en otras causas?, se supone que no se puede despedir a trabajadores en los seis meses posteriores si una empresa se ha acogido a un ERTE.
También se habla del derecho a solicitar una excedencia de un año con reserva de puesto de trabajo, donde se comenta que una vez finalizada vuelves a tu puesto de trabajo, jornada y horario que se venía prestando. ¿Son capaces de asegurar que los servicios que se prestan ahora continúen idénticos a año siguiente?, ojalá sea así, pero parece muy atrevido por parte de UGT e Ilunion, firmar un acuerdo así, en una actividad que depende de los servicios que presta a otra y que le puede recortar o incluso rescindir el contrato de servicios, con lo que este acuerdo quedaría en papel mojado.
Sabemos que la situación es muy difícil, pero también que la transparencia cara a los trabajadores afectados debe de ser la primera regla a seguir. Todo lo demás es sembrar de dudas a las personas que van a tener que pasar por un mal trago del que no son responsables.
Entendemos que los trabajadores de Ilunion deben de exigir claridad e información sin tapujos a sus representantes sindicales, para que el proceso no arroje sombras y posibles tratos discriminatorios, en función de donde trabajas, e incluso si “me caes o no bien”, o “eres conflictivo/a para la empresa”.
Una vez más, toca recordar varios de los onces principios que recogen los dos códigos éticos de la empresa, para advertir el claro incumplimiento de los mismos: Comunicación, Solidaridad, Equidad, Confianza, Honestidad, Humildad, Respeto, Compromiso y Responsabilidad. Con este recuerdo y su claro incumplimiento, advertimos enseguida que esta empresa, como la mayoría, se rige por un principio que no escribe en su código ético: la ganancia económica por encima de cualquier otro principio, y por supuesto, de sus trabajadores/as.
Para aquell@s trabajadores/as que no estén de acuerdo con este ERTE y sientan que sus derechos han sido conculcados, desde CGT ponemos a disposición herramientas para poder pelearlo, a pesar de que lo pone muy difícil haber sido pactado con los sindicatos y aprobado por la Autoridad Laboral.
Una vez más, es bueno recordar que la afiliación sindical es importante, pero por vuestros intereses, hacedlo a un sindicato cuyos principios sean la honestidad, la transparencia y la lucha, constantes.
CGT POR LA TRANSPARENCIA Y
POR EL MANTENIMIENTO DE LOS PUESTOS DE TRABAJO
Comunicado

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