Comunicados
RENFE | 15 06/02/2025
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COMPOSICIÓN MESAS IV CONVENIO COLECTIVO Como ya sabéis, el pasado 14 de enero se celebró la segunda reunión de la Comisión Negociadora del IV Convenio Colectivo de Renfe-Operadora en donde se nos facilitó una propuesta de composición de Mesas Técnicas así como unas normas generales de funcionamiento al mismo tiempo que, todas las organizaciones sindicales les hacíamos llegar las nuestras.
Con el objetivo de llegar a un acuerdo, la empresa nos insta a que, como Comité General de Empresa, les hagamos llegar antes del 31 de enero, una propuesta conjunta, por ello, el pasado 29 de enero nos reunimos a nivel CGE en donde se propuso la constitución de 4 mesas técnicas de desarrollo Mesa Técnica General, Mesa Técnica de Personal, Mesa de Compilación de Normativa y Mesa Económica, así como algunas modificaciones en las normas de funcionamiento.
Por parte del SFF-CGT ya habíamos manifestado que, más allá de la nomenclatura de las mesas, nos importaba más que todos los temas se tratasen en profundidad y con la seriedad e importancia que se merecen, por lo que la propuesta conjunta facilitada nos parecía correcta siempre y cuando esta condición se cumpla.
Ayer 5 de febrero, se celebró la 3ª Comisión Negociadora en donde, tras la exposición del Grupo Renfe y de todas las organizaciones sindicales se llega al acuerdo para su conformación con las propuestas que hemos hecho llegar como CGE.
Así mismo, se confirma el calendario de las próximas reuniones fijadas de la siguiente manera:
MESAS TÉCNICAS CONSTITUCIÓN PRÓXIMA REUNIÓN
Mesa de Personal 19/02 de 12:00 a 13:00 06/03 de 11:00 a 13:00
Mesa Técnica General 19/02 de 13:00 a 14:00 13/03 de 11:00 a 13:00
Mesa de compilación Normativa 20/02 de 10:00 a 11:00 20/03 de 11:00 a 13:00
Mesa Económica 20/02 de 12:00 a 13:00 27/03 de 11:00 a 13:00
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 05/02/2025 | 14 MESA DE ORDENACIÓN PROFESIONAL: SE AGOTÓ NUESTRA PACIENCIA | RENFE 03/02/2025 | 13 JUBILACIÓN PARCIAL. HOY NO, MAÑANA. |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE-ADIF SE ENDURECE EL CONFINAMIENTO ¡Sin excusas para cambiar salud por producción! | 50 2020-03-30 |
| COMUNICADO
 | Leido: 29 veces | Con la nueva modificación de las medidas que viene tomando el ejecutivo, en cuanto a la determinación de trabajos esenciales y por ende trabajadores esenciales establecidas en el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, se viene a dar la razón a CGT, que ya el 16 de marzo se dirigió por escrito al Presidente del Gobierno Sr. Pedro Sánchez para solicitarle la paralización de todos aquellos trabajos que no fueran esenciales.
Son momentos de responsabilidad y de suma de esfuerzos por parte de todos, tanto de empresas como de trabajadoras/es. Los trabajadores del sector público lo están demostrando con creces, realizando su trabajo con eficiencia, a pesar de no contar con los medios necesarios y suficientes que requiere la actual situación y que deberían haber puesto en manos de las/os trabajadoras/es las empresas y las administraciones, que han demostrado una vez más, una falta de diligencia y responsabilidad. Esto ha supuesto poner en grave riesgo la salud de las/os trabajadoras/es, la de sus familiares, así como la “contribución” hecha para la propagación del virus.
Desde CGT, no hemos esperado ni un segundo una vez conocida la publicación en el BOE del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, para dirigirnos por carta a los máximos responsables de Adif y Renfe para que se tengan en cuenta nuestras peticiones:
• Se especifique de forma clara las características de los servicios que deben de seguir prestando bajo este criterio.
• Se cuantifique el número de trabajadores/as necesarios/as por categoría y residencia para prestar estos servicios.
• Se comunique de forma urgente a los/as trabajadores/as que deban prestar servicio de forma inmediata en esta situación.
• Se comunique a aquellos/as que no deban acudir a su puesto de trabajo, derivado de esta circunstancia.
• Se extremen las medidas de prevención de la salud de los/as trabajadores/as en todos los puestos de trabajo que continúen operativos.
Esperamos que de una vez por todas, los dirigentes de las empresas Adif y Renfe sean capaces de estar a la altura de la situación y apliquen las medidas promulgadas con diligencia y responsabilidad. Es por ello que todo el personal que quede exonerado de prestar servicio, debe quedar en situación de disponibilidad para compensar las posibles situaciones de Incapacidad Temporal que pudieran recaer en ellos/as para poder prestar servicio.
CGT, SIEMPRE CON LOS TRABAJADORES
Comunicado

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