Comunicados
RENFE | 103 09/12/2025
|
|
REUNIÓN COMISIÓN NEGOCIADORA IV CONVENIO COLECTIVO G. RENFE REUNIÓN COMISIÓN NEGOCIADORA IV CONVENIO COLECTIVO G. RENFE.
La subida salarial
En la jornada de hoy se ha celebrado la Comisión Negociadora del IV Convenio Colectivo del Grupo Renfe con el objetivo de pactar el reparto de la subida salarial del personal del Grupo Renfe. Esta subida, consecuencia directa del Acuerdo Marco de mejora de condiciones laborales y salariales para el funcionariado público llevado a cabo por el Gobierno, se hará efectiva el próximo mes de diciembre.
Según lo acordado por Real Decreto Ley 14/2025, las nóminas de la plantilla verán una subida del 2’5% para el 2025 de los valores de las tablas salariales a diciembre del 2024 (que incluyen el incremento del 0,5%). Esto quiere decir que el próximo día 19 de diciembre, en la nómina correspondiente, se apercibirá dicha subida junto con los atrasos que corresponden al año 2025 ya que la medida tiene carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025. Este reparto, ha sido aprobado por la mayoría del CGE (CCOO, UGT y SEMAF) junto con la Dirección de la Empresa.
El SFF-CGT hemos expresado que la negociación colectiva en el Grupo Renfe no puede estar supeditada a la Mesa de la Función Pública ni puede ser un techo salarial del incremento para las cuestiones que se están debatiendo en las distintas Mesas de Negociación. La subida salarial puede parecer atractiva, pero es insuficiente para abordar la pérdida de poder adquisitivo de Convenios anteriores y suponemos no cubrirá la financiación para compensar la actualización de las variables, la negociación en talleres o la esperada ordenación profesional de los CGO. Desde SFF-CGT pensamos que se debe de contar, además con una financiación extra para poder concretar un acuerdo satisfactorio.
¡Ahora vienen con prisas con el convenio!
La empresa ha adelantado que tiene intenciones de emitir en unos días un borrador genérico de propuesta de convenio. Aún sin concretar los detalles, creemos que incluirá los temas que hasta ahora se han ido avanzando. Parece que le ha entrado la prisa a la dirección de la empresa y quieren cerrar un texto breve para dejar el resto de contenidos, como pueden ser las movilidades o variables, trasladados a las eternas mesas de desarrollo como nos tienen acostumbrados en anteriores ocasiones.
Os anunciamos que hemos convocado una Concentración el día 16 de diciembre ante la sede de las principales empresas ferroviarias, a las 10:30 ADIF en Sor Ángela de Cruz y 12:00 en Renfe, Avd. Ciudad de Barcelona, para expresar nuestro descontento ante la situación de la negociación de los Convenios Colectivos.
SFF-CGT SEGUIRÁ VELANDO POR UN CONVENIO JUSTO
¡ÚNETE A LA CONCENTRACIÓN!
 COMUNICADO
|
 ADIF 05/12/2025 | 102 EL ACUERDO JUAN PALOMO Y LOS EXPERIMENTOS DEL ADIF | RENFE 02/12/2025 | 101 ¿DE BUENA FE? |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
RENFE RECOMENDACIÓN TECNICA DE AESF: DOTACION EN CABINA | 48 2020-03-25 |
| COMUNICADO
 | Leido: 9 veces | Desde CGT hemos escrito una carta a la dirección de RENFE en la que solicitamos que publiquen y apliquen a la mayor brevedad posible, el procedimiento que insta la AESF en su Recomendación Técnica Temporal 4/2020 sobre dotación en cabina:
Procedimientos alternativos a la disposición de una segunda persona habilitada en cabina en líneas no equipadas o en situación de anormalidad
a. Durante el estado de alarma, las empresas ferroviarias podrán proponer procedimientos alternativos a la disposición de una segunda persona habilitada en cabina prescrita en el RCF siempre que:
- Se trate de servicios que deban mantenerse por considerarse esenciales para garantizar la movilidad mínima de viajeros o el transporte de mercancías básicas.
- Los servicios de salud laboral de la empresa ferroviaria verifiquen que, con las medidas de protección razonables, no se puede mitigar el riesgo de contagio en cabina hasta niveles tolerables.
b. En ese caso, el procedimiento alternativo debería incluir, al menos, medidas como:
- Reducir drásticamente la velocidad de circulación, para facilitar la percepción de la señalización lateral Para ello, se debería reducir de manera sensible la velocidad del tren proporcionalmente a la de su tipo.
- Circular con el equipo embarcado de ASFA en servicio, aunque la línea no esté equipada, para permitir una lectura de balizas que pudieran estar instaladas en la línea en puntos críticos, como cambios significativos de velocidad o pasos a nivel automáticos, seleccionando en el combinador general del equipo embarcado la velocidad máxima permitida en el recorrido afectado.
- Aumentar la duración o la frecuencia de tiempos de descanso, para compensar la mayor atención requerida del maquinista.
- Proponer medidas complementarias que ayuden al maquinista al reconocimiento efectivo de la señalización lateral.
En CGT seguimos luchando por vuestros derechos, ante la falta de EPIS, y sobre todo, la falta de la separación requerida para permanecer en espacios reducidos durante largos periodos de tiempo.
Recordamos a tod@s l@s maquinistas, que son los últimos responsables de lo que pase en el tren. Circular sin auxiliar de cabina o por líneas por las que no estamos habilitados puede poner en grave riesgo vuestra seguridad y la de todos.
Por eso recomendamos que informéis al Centro de Gestión y al CTC cuando os encontréis en esta situación. Para que sean ellos los que decidan qué acciones tomar ante la imposibilidad de sacar el servicio en estas condiciones degradadas.
Sabemos que son momentos muy duros y ahora más que nunca, queremos transmitiros que estamos aquí para lo que necesitéis. No dudéis en contactar con nosotros en cuanto tengáis el más mínimo problema.
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |