Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE EL AVLO SE ATRAGANTA | 27 2020-02-27 |
| COMUNICADO
 | Leido: 6 veces | Desde el inicio de las negociaciones de la convocatoria para la cobertura de los puestos de trabajo para OCN1 del nuevo servicio de Alta Velocidad AVLO, desde CGT manifestamos nuestro total desacuerdo con la vulneración de la normativa que se pretendía y que se ha llevado a cabo; introduciendo nuevas funciones, aplicando la imposición de una permanencia, negando la promoción interna a parte de algunos colectivos (Talleres, por ejemplo), saltándose la normativa en cuanto a movilidad geográfica y funcional… sin la necesaria negociación previa y amparándose en una mayoría sindical que se amolda a los intereses empresariales con una facilidad pasmosa y en contra de los intereses de l@s trabajadores/as.
El resultado de la pifia ha sido, que entre más de 14.000 trabajadores/as del Grupo Renfe no han sido capaces de cubrir, en primera instancia, los 18 puestos de trabajo de OCN1 que se ofertaban.
Las razones de los firmantes que representan a los sindicatos mayoritarios tal vez argumenten, que de no haberse sacado la convocatoria en esos términos, estos trenes carecerían de interventor/a. Argumento que no podemos compartir, pues no era necesario hacer una convocatoria, con una movilidad geográfica se hubieran ocupado las 18 plazas con personal formado o con una leve formación de adecuación al material y paralelamente o en un breve espacio de tiempo, una movilidad funcional que cubriera las vacantes dejadas por l@s compañer@s. Así de sencillo y cumpliendo la actual normativa.
De nuevo, la empresa ha contado con el apoyo de la mayoría sindical colaboracionista para incumplir lo pactado en normativa, para ahorrarse un montante económico más allá de lo ridículo y sembrar de nuevo por la vía de los hechos el camino hacia una modificación de la normativa muy contraria a los intereses de l@s trabajadores/as.
Confiamos que los compañeros y compañeras OCN1, OCEN1, OCN2… a quienes se las ha negado las posibilidades de mejora o promoción tengan un momento para la reflexión o para solicitar explicaciones a los firmantes.
¡NO APOYES A QUIENES TE TRAICIONAN!
Comunicado

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