Comunicados
ADIF | 61 28/06/2024
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QUE UN ÁRBOL NO TE TAPE EL BOSQUE: ¡NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO YA! QUE UN ÁRBOL NO TE TAPE EL BOSQUE: ¡NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO YA!
Ayer la empresa nos comunicó que se aplicará el incremento salarial del 2% aprobado por el Gobierno para 2024 a partir de la nómina de julio (con retroactividad desde enero).
Bienvenida sea siempre la pasta, pero no va a distraernos de lo realmente importante: negociar un convenio ambicioso que corrija la gran pérdida de poder adquisitivo de los últimos años y que mejore nuestras condiciones laborales. Lo demás son cantos de sirenas.
RETRASO INJUSTIFICABLE
Seis meses han transcurrido desde que se denunciara el II Convenio, y aunque la ley dice que el plazo máximo para conformar la comisión negociadora es un mes, aquí seguimos, viendo cómo la empresa da largas para no sentarse a negociar.
El 2% de subida salarial que se nos aplica son migajas. Lo que es urgente es subir el salario base. Ahora mismo muchos sueldos en Adif se han quedado ya muy cerca del Salario Mínimo Interprofesional, y la dignidad de los emolumentos depende de variables. Es necesario cambiar el modelo de variables y crear complementos de puesto, de tal manera que nuestro salario no dependa de las circunstancias, sino que sea estable y digno. También es de rigor que tod@s cobremos antigüedad en la empresa.
Necesitamos además que sea una subida lineal, que suba para tod@s, pero más para l@s compañer@s que menos cobran. Y hacer por fin una reclasificación profesional para que se retribuyan las nuevas funciones que realizamos.
No nos vale el mantra de que no hay dinero. Sabemos que para otras empresas públicas sí lo hay. Además, contamos con una masa salarial liberada por todas las jubilaciones de compañer@s que por tantos años de desempeño disfrutaban de unos salarios muy por encima de los que tiene ahora el personal de nuevo ingreso.
PERO NO TODO ES PASTA
El convenio no solo debe mejorar nuestra situación económica. Además, hay que mejorar muchas más cuestiones: la jornada, la transparencia en movilidades y OEP, la igualdad, la salud laboral… Te invitamos a que leas nuestra plataforma reivindicativa para saber por qué vamos a luchar desde SFF-CGT en la negociación. Escanea nuestro QR:
![](imagenes/mas_menos.gif) COMUNICADO Anexo
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![](imagenes/linea_gris.gif) ADIF 26/06/2024 | 60 LA SALUD MENTAL ES COSA DE TOD@S | RENFE 20/06/2024 | 59 COMISIÓN DE IGUALDAD Y PROTOCOLO DE ACOSO |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | ![](imagenes/linea_gris.gif) | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | ![](imagenes/linea_gris.gif) | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | ![](imagenes/linea_gris.gif) | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE JUSTIFICACIÓN DÍAS MALOSOS IMPUESTA POR RENFE CGT INTERPONE CONFLICTO COLECTIVO. | 21 2020-02-13 |
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![](imagenes/icono_correo_mini.gif) | Leido: 17 veces | CGT ha interpuesto demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional, ante la imposición de la prescripción de reposo que impone el Grupo Renfe a los justificantes médicos en los casos de ausencia en el trabajo que no implique situación de baja laboral.
Como recordareis en fecha 12 de septiembre de 2018, la Audiencia Nacional en sentencia nº 143/2018 fallo a favor de las tesis defendidas de CGT que no eran otras que la aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Trigésimo Octava de la Ley 17/2012 de Presupuestos Generales del Estado que establecía “que la ausencia al trabajo por causa de enfermedad o accidente que no dé lugar a una situación de incapacidad temporal, por parte del personal al que se refiere el artículo 9 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, comportará la aplicación del mismo descuento en nómina previsto para la situación de incapacidad temporal en los términos y condiciones que establezcan respecto a su personal cada una de las Administraciones Públicas”.
Añade esta disposición adicional que, “en el caso de la Administración del Estado, organismos y entidades de derecho público dependientes de la misma y órganos constitucionales, el descuento a que se refiere el apartado anterior no se aplicará cuando el número de días de ausencia por enfermedad o accidente en el año natural no supere la cifra que se establezca por Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y con los requisitos y condiciones determinados en la misma.
La orden que publicó el Ministerio de Hacienda desarrollando esta legislación establece en su art 3.1 que “El descuento en nómina regulado en el artículo anterior no será de aplicación a cuatro días de ausencias a lo largo del año natural, de las cuales sólo tres podrán tener lugar en días consecutivos, siempre que estén motivadas en enfermedad o accidente, y no den lugar a incapacidad temporal. Ello exigirá la justificación de la ausencia en los términos establecidos en las normas reguladoras de la jornada y el horario de aplicación en cada ámbito.”
Esta orden, fue deliberadamente ignorada por el Grupo RENFE en otro intento más de cercenar los derechos de los trabajadores lo que frenó CGT ganando esta sentencia ante la pasividad absoluta del resto de sindicatos. La sentencia no fue recurrida y una vez firme, RENFE trasladó a sus jefaturas una orden interna en la que para la aplicación de estos días exige que el parte médico prescriba la recomendación de reposo.
Esto ha ocasionado un bloqueo evidente a la posibilidad de tener derecho a estos días ya que los médicos se niegan a la citada prescripción lo que hace que la empresa no contemple los citados días y exija el correspondiente parte de baja.
Entendemos que la empresa se extralimita imponiendo a los médicos lo que deben prescribir y saltándose la propia legislación, ya que se trata de una decisión unilateral impuesta sin ni siquiera utilizar la herramienta de la negociación colectiva.
CGT no va a permitir este nuevo atropello a los derechos de l@s trabajador@s y continúa luchando contra los continuados recortes e incumplimientos de las leyes que el GRUPO RENFE aplica para recortar cualquier derecho que nos asiste.
CGT CONTRA LOS RECORTES DE DERECHOS.
VEN A LUCHAR CON CGT
Comunicado
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