Comunicados
RENFE | 17 04/03/2026
|
|
¿Y LA SUBIDA SALARIAL? El pasado mes de diciembre de 2025 entraba en vigor una nueva subida salarial. Aupada en el Acuerdo Marco por la Mejora del Empleo Público y el Servicio a la Ciudadanía y ratificada en Real Decreto-ley, esta subida salarial es uno de los objetivos marcados para la mejora de las condiciones laborales de las personas trabajadoras del servicio público. Se estableció que la subida sería del 11%, aplicándose de manera escalonada hasta 2028: 2,5% en 2025, 2% en 2026, 4,5% en 2027 y 2% en 2028.
El pasado año Renfe aplicó la primera de las subidas en la nómina de diciembre, en la cual añadieron los atrasos acumulados a lo largo del año. En este año 2026 todavía no hemos tenido noticias por parte de Renfe pero en Adif, en reunión de 4 de diciembre de 2025, ya se autorizó que se empezaran a cobrar las percepciones de 2026 con fecha de 1 de enero. ¿Cuál es el motivo para que Adif, que también es una EPE, la haya podido incluir ya y Renfe no?
Siendo la cuestión económica una tan básica y sensible para las personas trabajadoras, creíamos necesario trasladar a la dirección del Grupo Renfe este sinsentido en la aplicación de la ley y por ello hemos hecho llegar una carta en la que solicitamos que se nos informe del estado de la aplicación de la subida.
La pérdida de poder adquisitivo del sector ha sido evidente a lo largo de los años y meramente parcheada en los Acuerdos Marco 2022-2025 y 2025-2028. El salario es un derecho básico que no admite demoras ni excusas mientras el coste de la vida sigue castigando a las familias ferroviarias.
Consideramos importante que, más allá de reclamar algo que nos pertenece como parte del servicio público, no dejemos de pelear por una mejora de las condiciones laborales que no dependan del Gobierno de turno, sino que suponga la dignificación de nuestro oficio.
DESDE EL SFF-CGT SEGUIREMOS LUCHANDO POR SALARIOS DIGNOS  COMUNICADO Anexo Anexo 2
|
 RENFE 04/03/2026 | 16 MUCHAS PLAZAS, MUCHA URGENCIA, POCAS MEJORAS | ADIF 27/02/2026 | 15 AYUDAS GRACIABLES 2026 |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
RENFE EN BENEFICIO DE TU COLECTIVO Y DEL INCREMENTO DE PLANTILLA, EXIGE EL PREAVISO DE LOS DETRAIBLES CON UN MÍNIMO DE 5 DÍAS | 13 2020-01-28 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 40 veces | La Sentencia del Tribunal Supremo nº 857/2019, sobre el tiempo mínimo de 5 días para preavisar en los descansos detraibles al personal de Conducción de Viajeros, es efectiva desde que se recibió el día 21 de enero de 2020 y en la que se estimaba plenamente el recurso de CGT.
En estos días hemos tenido conocimiento que desde la Dirección de RENFE se están dilatando y poniendo problemas al cumplimiento obligado de la Sentencia del Tribunal Supremo, por lo que en el día de hoy hemos entregado un escrito a esa Dirección (pág. 2), instándole a que de forma inmediata, proceda a notificar esta Sentencia del Tribunal Supremo nº 857/2019 a todas las Gerencias y Jefaturas de RENFE Viajeros, aplicando sin excusa el plazo de preaviso mínimo de 5 días para poder detraer descansos.
Si los Maquinistas hacemos respetar el DERECHO de conocer con un mínimo de 5 días los descansos detraibles a realizar, -derecho que era conocido por los firmantes del Convenio pero que, por desconocidas razones y/o adeudos con la Dirección no quisieron solicitar- estaremos contribuyendo de una manera esencial al incremento de Personal en nuestros gráficos de trabajo y en todas las Residencias; viéndose la empresa en la necesidad de aumentar las claves de reservas… y así poder atender las incidencias y licencias que el personal solicite conforme a la norma.
Recordemos, que estamos ante una sentencia que contó con el posicionamiento en contra de la empresa (lógico) y del SEMAF (incomprensible), que va a permitir de manera importante todos los trabajadores y trabajadoras, una mejor planificación de su vida diaria familiar, con la consiguiente mejora en la conciliación familiar y laboral.
Informaros también, que desde CGT hemos instado a la Dirección de RENFE para que extienda y aplique este DERECHO a todos aquellos compañeros y compañeras a los que aún no se les esté aplicando el derecho conquistado por CGT. Hemos solicitado también, una reunión con el Director General de RR.HH. para tratar la aplicación de la nueva norma reguladora.
¡Ni un paso atrás en la defensa de los derechos de l@s trabajadores/as!
CGT, HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y LUCHA CONSTANTES
Comunicado Anexo 1

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |