Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE DEL ROJO AL VERDE SIN SONROJARSE | 10 2020-01-23 |
| COMUNICADO
 | Leido: 23 veces | No sabemos si esta es la segunda vez que un sindicato olvida en su comunicado hacer referencia al sindicato que ha peleado y ganado un derecho, o es que existe otra sentencia distinta a la emitida por el TS y que otorga un derecho a los maquinistas de nuevo ingreso que se les estaba negando.
Tal vez estaremos equivocados, pero nos da que de nuevo, el brazo sindical de Renfe, saca pecho y pretende apuntarse como propia, la victoria conseguida por CGT con las licencias de asuntos propios para el personal de nuevo ingreso.
Tampoco sería nada nuevo viendo su trayectoria, como cuando se intentaron apropiar de la victoria de los días malosos, también ganados por CGT, según ellos al conseguir que Renfe desistiera del recurso, y aún esperaran que se lo traguen los compañeros...
Todos cometemos errores, pero para el caso, resulta desternillante leer su comunicado sobre las LZ, quedando en evidencia, cuando mencionan que ha habido una ratificación de la “Sentencia de la Audiencia Nacional”, cuando este procedimiento no se ha llevado en la Audiencia Nacional, sino que se llevó en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Hay que recordar que este procedimiento lo inició CGT en Barcelona, a petición de muchos de l@s compañeros de conducción afectad@s, mientras que desde SEMAF- Barcelona, e imaginamos que con el apoyo de su ejecutiva, se les decía beligerantemente a los maquinistas que las LZ eran proporcionales y no había nada que hacer al respecto, haciendo suyos los argumentos esgrimidos por la empresa. Por eso, para tod@s l@s que tenemos memoria, pensamos que resulta de muy mal gusto, que vengan a colgarse las medallas del trabajo que no han hecho, siendo cómplices de la empresa en sus recortes.
Esperamos que la nueva conquista de CGT, en cuanto a la ampliación a 5 días de preaviso para los descansos detraibles, no se lo arroguen ya que en el juicio, este si en la A.N., se pusieron al lado de sus patronos oponiéndose a que se ampliase el plazo de 48 horas a 5 días para detraer los descansos.
A Dios lo que es de Dios y al César lo que es del César.
ROMPE CON QUIEN TE TRAICIONA
¡AFILIATE A CGT!
Comunicado

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