Comunicados
ADIF | 88 27/10/2025
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#SE ACABÓ # SE ACABÓ
“No me vengas con pamplinas/ Ni me pidas que te ayude
/Cuando yo re necesitaba /Yo jamás a ti te tuve (…)
Asi que ahora ya, mi mundo es otro”
María Jiménez
Estamos a punto de entrar en el mes 23 desde que se denunció el II Convenio Colectivo, el plazo máximo de negociación que este establece. Llevamos casi dos años estirando el chicle. La situación en la que se encuentra la plantilla de Adif es de extrema gravedad. Así que, como dice la canción, se acabó el “maltrato”.
ES LA HORA DE ACTUAR
El mantra de “esto va muy despacio” ya no sirve. Lo hemos escuchado en cada una de las mesas de negociación por parte de todos los sindicatos. Han sido muchos meses de buenismo en pro de conseguir la tan anhelada ordenación profesional, pero la paciencia tiene un límite.
El SFF-CGT ha enviado una carta al resto de formaciones sindicales solicitando una reunión urgente del Comité General de Empresa (CGE) para hacer frente a esta situación. Tenemos que ir todos de la mano para presionar a la empresa y al Ministerio de Transportes para que pongan sobre la mesa de manera urgente la financiación de esta ordenación profesional, tan necesaria como respirar. El tiempo de la queja se ha agotado, llega el tiempo de la acción.
MI MUNDO ES OTRO
No podemos permitir seguir trabajando así. En medio de un caos ferroviario sin precedentes, seguimos trabajando como se hacía hace 40 años. Asumiendo cada vez más funciones, en situaciones de agotamiento mental y físico y realizando tantas horas extras que podríamos parar todos los trenes si las pusiéramos en fila. Pero eso sí, cada vez más empobrecid@s: hemos perdido 6 puntos de poder adquisitivo en los últimos 5 años.
Hemos sido pacientes, hemos colaborado y aceptado el ritmo de la negociación. Pero ahora ya el escenario es otro. Y toca pelear para que de una vez por toda tengamos el convenio que nos merecemos. Así pues, es la hora de dar un giro radical a esta situación. Es la hora de la acción.
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 23/10/2025 | 87 PLAN DE EMPLEO Y NUEVA NORMA DE MOVILIDAD | RENFE 22/10/2025 | 86 ALARGANDO LA NEGOCIACIÓN HASTA LA EXTENUACIÓN |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF EN MARCHA LA JUBILACIÓN PARCIAL 2020 | 115 2019-12-11 |
| COMUNICADO
 | Leido: 211 veces | Tras varias semanas de incertidumbre, en la mañana de hoy la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo ha procedido a ratificar la Circular de Jubilación Parcial 2020 poniendo así continuación a un proceso de jubilación implantado desde 2017.
El plazo de solicitud permanecerá abierto desde mañana 12 de diciembre al 10 de enero de 2020, ambos inclusive. La empresa no determina el número de plazas, aunque serán las mismas que contratos se suscriban en la OEP 2019, por lo que vuelve a quedar demostrado que la falta de ingresos afecta a todo el personal de una u otra manera.
Al igual que en la anterior circular, la modalidad de los contratos será con una reducción de jornada del 75%, para acceder a ella deben cumplirse los siguientes requisitos a fecha 30 de abril de 2020.
a) Tener cumplidos 61 años y 10 meses y, además, tener cotizados 35 años o más.
b) Tener cumplidos 62 años y 8 meses y, además tener cotizados 33 años. En este caso y si se tratase de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, el periodo de cotización exigido será tan solo de 25 años.
El 25% de la jornada a realizar puede acumularse de la siguiente manera.
• Acumulación de los servicios dentro de cada año (El responsable de RRHH del ámbito emitirá informe favorable/desfavorable sobre esta posibilidad)
• Acumulación continuada del servicio al principio de la nueva situación.
En cuanto al salario, en líneas generales se abonarán por parte del INSS el 75% de la pensión de jubilación que se percibiría con 65 años (sin penalización) y el 25% por parte de ADIF de los conceptos recogidos en el ANEXO I (sueldo, antigüedad, complemento puesto SIC…) Además, durante los periodos de tiempo que se trabaje se abonarán los conceptos del ANEXO II (horas extras, brigada incidencias, bolsa de vacaciones…).
Durante el tiempo como jubilado parcial se mantendrá el derecho a descansos, vacaciones, licencias, permisos, beneficios sociales y títulos de transporte, se podrá participar en concursos de movilidad voluntaria y a efectos de prestaciones sanitarias se tendrá la condición de pensionista.
La solicitud de inclusión se presentará por duplicado al responsable de RR.HH del ámbito que la fechará, firmará y sellará. (Ojo, no son válidas sin fecha, firma, ni sello). Finalizado el plazo de admisión, las solicitudes serán irrevocables, salvo situación sobrevenida y motivada.
Las solicitudes se ordenarán por orden de mayor a menor antigüedad en la Red a efectos de concurso y, en caso de empate, por la mayor edad. Junto al nuevo contrato se adjuntará un modelo con la fecha prevista de finalización de prestación de servicios.
A nadie se le debe olvidar la presión ejercida por CGT en los inicios de la negociación de la Jubilación Parcial mejorando ciertos aspectos de la circular que la regula, oponiéndose así mismo a la utilización de la figura del contrato de relevo con reducción de jornada al 50% por ser ineficaz, injusta y no generar empleo estable.
Para cualquier tipo de duda podéis consultar con cualquiera de nuestr@s delegad@s o acudiendo a vuestra sección sindical más cercana.
20-D POR LO QUE ES TUYO, MUÉVETE CON CGT
Comunicado

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