Comunicados
IRYO | 101 04/12/2024
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IRYO, CCOO, UGT Y SEMAF, CONDENADOS POR LA AUDIENCIA NACIONAL. ¡EL PLAN DE IGUALDAD NO ES SU JUGUETE! La Audiencia Nacional ha condenado a Iryo por vulnerar la libertad sindical del SFF-CGT y de su afiliación. Lo vergonzoso es que ha condenado por las mismas conductas a los sindicatos CCOO, UGT y SEMAF.
NO SE MERCADEA CON LOS PLANES DE IGUALDAD
Los sindicatos mayoritarios utilizan sus conexiones con el poder para lograr acuerdos que mantengan su posición privilegiada. Es el caso de los planes de igualdad, que utilizan como mero instrumento para mantener su estatus, aunque tengan que pisotear para ello a las mujeres trabajadoras.
Convertidos en exclusivos clubes de campo, CCOO, autoerigido en portero, se ha arrogado un inexistente derecho de admisión para excluir al SFF-CGT en la negociación del plan de igualdad de Iryo.
Pero el SFF-CGT somos un sindicato grande, por nuestra afiliación, por las luchas que iniciamos y por las victorias que conseguimos, y hemos vuelto a tumbar a quienes maniobran para perjudicar los derechos de las plantillas. No vamos a dejar un tema tan fundamental como es la igualdad en las empresas en manos de quienes mercadean con este derecho, sindicatos mayoritarios incluidos.
CRONOLOGÍA DE UNA MANIOBRA “TORTICERA”
“Torticera”, en palabras de la propia Audiencia Nacional (AN), es esta sucesión de hechos:
• 27 de noviembre de 2023: a instancias de CCOO, constitución entre Iryo, UGT, SEMAF y CCOO de la Comisión Negociadora del Plan de igualdad, de la que se excluye al SFF-CGT.
• 29 de noviembre de 2023: elecciones en el centro de trabajo de Barcelona. El SFF-CGT consigue el 100% de la representación.
• 4 de septiembre de 2024: siguiente reunión de la Comisión Negociadora del Plan de igualdad.
Es evidente que la mesa negociadora fue constituida in extremis, dos días antes de las elecciones, para excluir al SFF-CGT, paralizando después sus trabajos durante casi un año. La AN ha apreciado claramente la mala fe de dicha actuación.
EN LOS CONVENIOS Y PLANES DE IGUALDAD, EL SFF-CGT SÍ CONSIGUE DERECHOS
Los motivos de esta maniobra parecen evidentes: CCOO se resiste a aceptar que no es el sindicato mayoritario en Iryo. Lo que no entendemos es que no utilice la negociación del Plan de Igualdad para mejorar las condiciones de trabajo de nuestras compañeras. Al igual que Alferro, que en lugar de defender su presencia en el Plan de Igualdad “está a por uvas”. Quizá su única manera de sentirse fuertes en Iryo es acercándose a la empresa, en vez de a la plantilla.
De la misma forma remolonean en la negociación del Convenio Colectivo, infundiendo miedo en lugar de luchar por la equiparación de las condiciones de un colectivo feminizado, las asistentes, al de otros colectivos menos precarizados.
Para el SFF-CGT, todos los ámbitos de negociación (un convenio o un plan de igualdad) son igual de importantes para luchar por nuestros derechos.
Por eso, por las dietas para las asistentes y por la compensación de la nocturnidad el SFF-CGT hemos convocado (pese a quien pese) huelgas en Iryo los días 23, 24, 25, 30 y 31 de diciembre y 1 de enero.
La plantilla de Iryo y el SFF-CGT no toleraremos ni una vulneración más de nuestros derechos fundamentales a la libertad sindical y a la huelga.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo Anexo 2
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IRYO 02/12/2024 | 100 CONVOCADAS HUELGAS EN IRYO | ADIF 29/11/2024 | 99 LA NORMA DE MOVILIDAD ESE JEROGLÍFICO TRITURADOR DE VIDAS |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF NOCTURNIDAD Y TURNICIDAD | 109 2019-11-22 |
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| Leido: 50 veces | El tiempo de trabajo es uno de los aspectos de las condiciones de trabajo que tiene una repercusión más directa sobre la vida diaria. El número de horas trabajadas y su distribución pueden afectar no sólo a la calidad de vida en el trabajo, sino a la vida extralaboral.
Definición de turnicidad. Es un sistema de organización del trabajo que en la mayoría de los casos incluye los trabajos nocturnos. Existen varias variantes, pero en líneas generales la turnicidad son trabajos de mañana/tarde o mañana/tarde/noche; con descanso dominical o 365 días al año.
Los efectos. Está ampliamente demostrado por entidades de prestigio (OMS, OIT, INSHT) las consecuencias perjudiciales de este sistema de trabajo, que afectan tanto a la salud como a la vida familiar y social. Entre otros destacamos: Trastornos gastrointestinales, alteraciones del sueño, trastornos nerviosos, empobrecimiento de las relaciones sociales, etc. (ntp 260).
En ADIF, las evaluaciones de riesgos que incluyen turnicidad y nocturnidad se valoran sin darles la importancia que tienen, y sin llevar a cabo una evaluación de riesgos psicosocial específica. Las medidas preventivas que se recogen para paliar estos efectos se limitan a meras recomendaciones de vida saludable al/la trabajador/a (que también), pero desde CGT creemos que en la actualidad y con la cantidad de personas que se ven afectadas por estos riesgos, debemos empezar a tomarnos este tema con la importancia que tiene.
Por ello, desde CGT planteamos en la Comisión Técnica de Seguridad y Salud (CTSS) que se debería empezar a trabajar en este tema, y como muestra de buena voluntad, nosotros, los sindicatos, debemos ser los primeros en trabajar en ello. Desde CGT hemos planteado unas medidas preventivas serias y muy trabajadas, basadas en recomendaciones tanto de la OIT como del INSHT. (Adjuntamos el documento para su posible estudio en profundidad por todos). Entre ellas nos gustaría destacar:
• Establecer un coeficiente reductor de jornada en función de las horas nocturnas trabajadas.
• Realizar ciclos cortos que respetan mejor los ciclos biológicos o al menos limitar el número de noches consecutivas.
• Limitar la edad y los años de trabajo a turnos y nocturnos.
• Tener en cuenta los años trabajados a turnos y nocturnos para el acceso a la jubilación parcial o en movilidad, a trabajos diurnos.
• Establecer pausas para ingestión de comidas calientes
• Especialización de la vigilancia de la salud respecto a los efectos de la turnicidad y nocturnidad.
• Otorgar al personal el gráfico anual que favorezca la conciliación.
• Mejorar la formación, estableciendo el taller de sueño como curso requerido.
Mejorar las condiciones laborales de las personas trabajadoras empieza por mejorar su seguridad y salud en el trabajo.
CGT, HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y LUCHA CONSTANTES
Comunicado
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