Comunicados
RENFE | 91 05/11/2025
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TODO SUBE… MENOS NUESTROS SALARIOS Llevamos un año negociando el IV Convenio Colectivo del Grupo Renfe y entre las plantillas comienza a crecer una preocupación: ¿Subirán los salarios al nivel del IPC? De momento, la mesa económica sigue bloqueada, dilatándose en el tiempo bajo el argumento de que cualquier subida salarial debe vincularse a la de la Función Pública. Un error del que parece no se quiere aprender.
UNA VINCULACIÓN QUE NOS HACE PERDER PODER ADQUISITIVO
Esta vinculación, impuesta y aceptada en anteriores convenios, ha demostrado ser insuficiente, como reflejan los datos de los últimos años.
Las subidas no alcanzaron ni de lejos la inflación real acumulada, lo que supuso una pérdida de más de cinco puntos de poder adquisitivo para la plantilla.
Y ahora, en pleno proceso de negociación del IV Convenio, se está repitiendo la fórmula: esperar presupuestos, vincularnos al sector público y dejar que el tiempo pase mientras todo sube menos nuestro salario.
No podemos seguir aceptando que el futuro de las plantillas del Grupo Renfe dependa del pulso político y presupuestario entre el Gobierno y Bruselas, mientras la recaudación estatal crece más de un 7% y se aumentan los gastos en defensa.
NUESTRA PRIORIDAD: SUBIDA SALARIAL LIGADA AL IPC
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro: es hora de romper con el techo de la Función Pública y establecer un modelo propio de negociación que garantice incrementos reales, vinculados al IPC.
Porque los precios suben, la cesta de la compra sube, la vivienda sube… y las nóminas se quedan atrás.
Porque la subida salarial puede aprobarse incluso con las cuentas prorrogadas, tal como ocurre con otros colectivos como los y las pensionistas. Porque el tiempo ha demostrado que vincularlo a los Presupuestos Generales del Estado solo ha servido para empobrecernos año tras año.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 05/11/2025 | 90 L@S RALENTIZADORES | RENFE 03/11/2025 | 89 MIRANDA REMOLCADO. LO QUEMAMOS Y LUEGO LO CERRAMOS.pdf |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE MOVILIDAD FUNCIONAL MMII Y CT ¿A LA CARTA? | 98 2019-10-24 |
| COMUNICADO
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En el día de ayer se reunión el CGE de Renfe con la Dirección para tratar las bases de convocatorias para puestos de MMII y CT:
MMII CONTROL DE RECAUDACIÓN DOE Ref. Ml.-17/2019.
MMII GESTIÓN DE TRIBUTOS LOCALES Ref. Ml.-18/2019.
MMII GESTIÓN DE FONDOS PERMANENTES Y GASTOS DE VIAJE Ref. Ml.-19/2019.
CT MOVILIDAD. Ref. Ml.-25/2019.
CT TELEFONÍA. Ref. Ml.-26/2019.
CT SISTEMAS. Ref. Ml.-27/2019.
CT ADMINISTRACIÓN. Ref. Ml.-28/2019.
CT COMPENSACIÓN Y MOVILIDAD INTERNACIONAL. Ref. Ml.-29/2019.
CT ASESORÍA JURÍDICA. Ref. Ml.-30/2019.
CGT no ha suscrito estas convocatorias, aunque se han recogido parte de nuestras alegaciones, por la manifiesta arbitrariedad que suponen los diferentes requisitos de acceso de las mismas y que restan transparencia a los procesos, permitiendo cierta aleatoriedad a la hora de permitir el acceso, a trabajadores/as con capacidades suficientes pero que, al parecer, no cuentan con el pedigrí necesario.
CGT, sigue reclamando que en estas convocatorias, únicas con identificación de plazas y residencias, sólo tiene que variar el contenido funcional y el nombre del puesto ofertado. Acercándonos así, a un modelo estándar de convocatoria, donde se respeten los principios de transparencia, igualdad, mérito y capacidad.
La pretensión de la empresa debe ir más allá de la mera publicidad de las convocatorias y sus bases, debe de haber una adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones a desarrollar, además de unos requisitos perfectamente objetivados.
No podemos seguir asistiendo a la caprichosa arbitrariedad de cada plaza ofertada, pues puede parecer que se establecen las bases en función de la persona elegida por la voluntad de quien convoca la plaza; no es posible que en unas convocatorias se exija titulación universitaria y en otras no, o que se exijan o valoren experiencias que van desde lo temporal a lo profesional y un largo etcétera en el que está demasiado presente la disparidad.
POR EL DERECHO A LA PROMOCIÓN
SIN ENGAÑOS.
Comunicado

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