Comunicados
RENFE | 69 12/09/2024
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EL SIMULACRO DEL REGISTRO RETRIBUTIVO El pasado 7 de febrero se creó dentro de la Comisión de Igualdad un grupo de trabajo para la elaboración del Registro Retributivo. Desde entonces se han venido celebrando reuniones en donde Renfe nos ha mostrado la herramienta que están utilizando para poder elaborarlo, la aplicación Power BI.
El comienzo ya no ha sido el correcto, pues nos han obligado a firmar un compromiso de confidencialidad para poder asistir a dichas reuniones cuando el propio ET establece el deber de sigilo en su artículo 65, un precepto inaceptable. Renfe está en una dinámica de opacidad total escudándose en la LOPD y en documentos “confidenciales” para impedir el derecho a la información de las personas trabajadoras.
En la reunión convocada el pasado 17 de abril presentamos un informe con nuestras consideraciones respecto a la herramienta de valoración de puestos que ha elaborado la empresa, en donde, para no variar, nos quedamos solas presentando alegaciones. En la reunión del 14 de mayo, pasó exactamente lo mismo.
¿Qué debe reflejar el Registro Retributivo?
Debe incluir los valores medios (media aritmética y mediana) de salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales efectivamente percibidos por la plantilla durante el periodo de referencia, desglosados por sexo y distribuidos por grupos y categorías profesionales, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable. Por tanto, no incluye datos individuales.
Además, aunque cualquier disparidad es preocupante, la ley obliga a las empresas a que cuando la diferencia entre sexos sea de un 25% o más, tomando el conjunto de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas, esta deba incluir en el Registro una justificación de que la misma responde a motivos no relacionados con el sexo.
¿Qué son los factores y subfactores?
Se trata de una serie de características relacionadas con los puestos de trabajo de una empresa y que ayudan a su correcta valoración descomponiéndolos en condiciones laborales básicas como responsabilidad económica, esfuerzo psicológico, formación, etc. Una vez definidos, se analiza cada puesto en particular para ver en qué medida se presentan los distintos factores asignándoles una puntuación. De esta manera, se pueden comparar puestos de trabajo muy distintos por su naturaleza.
Es indiscutible la importancia de hacer correctamente esta valoración. Tanto en el ET como en el RD 902/2020 se subraya que la empresa debe realizarla correctamente especificando, además de los criterios que se han tenido en cuenta, la puntuación que se le asigna a cada uno de ellos.
Líneas Rojas
En la reunión mantenida el pasado 26 de junio reiteramos nuestra postura. En vez de una valoración conforme a la ley, se han limitado a clasificar los puestos en 4 escalas que ¡SORPRESA! corresponden a PO, MMII, EA o ED. Es incomprensible que se quiera hacer equivalente a una persona Maquinista Jefe de Tren con una que sea Operador Comercial de Entrada N2.
La respuesta que nos dieron fue que, de valorarlo como dice el RD, habría que convocar la Mesa Técnica y cambiar el Desarrollo Profesional. Estamos de acuerdo, este hecho constata que la descripción de puestos, el sistema o estructura retributiva y la clasificación profesional recogida en nuestra normativa no está bien hecha, sin embargo, esto no puede servir de excusa para no cumplir con una norma de mayor rango.
Para elaborar la valoración de puestos de trabajo correctamente se debe aplicar un sistema analítico que garantice el cumplimiento de los criterios legales, pero el Grupo Renfe ha decidido que, como el resultado de hacerla bien puede mostrar las vergüenzas y desigualdades existentes, es mejor no hacerla y agrupar burdamente todas las categorías en cuatro escalas que casualmente coinciden con los grupos profesionales y como tienen el beneplácito del resto de organizaciones sindicales, siguen adelante.
Además, les hemos mencionado el requerimiento de IT de 18 de marzo de 2022 tras nuestra denuncia, en el que se recuerda que todas las personas trabajadoras tienen derecho a acceder al contenido íntegro del Registro Retributivo y que la empresa está obligada a facilitar la información de toda la plantilla, incluyendo al personal directivo y los altos cargos a través de la representación sindical.
Tampoco hemos podido obviar que para las numerosas brechas salariales que existen, la empresa utilice exactamente la misma explicación y factor común cuando no incluir la justificación de diferencia salarial (cuando exista) en el Registro Retributivo supone una infracción grave de la ley. La Auditoría Retributiva (obligatoria para todas las empresas que tengan Plan de Igualdad) implica analizar la situación retributiva de la empresa y establecer un plan de actuación para corregir las posibles desigualdades. Justificar con el mismo copia-pega todas las brechas salariales detectadas, no es analizar en profundidad los datos y mucho menos rendir cuentas de ellas, sino una forma fácil y rápida de quitarme de en medio lo que me incomoda.
Conclusiones
Ayer día 11 de se celebró la reunión más reciente del Grupo de Trabajo en donde la empresa expuso los datos correspondientes al año 2023 para la elaboración del Registro Retributivo. El documento tiene que reflejar unos mínimos tal y como hemos señalado. Estos, son los que obligatoriamente recoge la legislación vigente y que el Grupo Renfe ha decidido obviar deliberadamente.
Como organización sindical y asumiendo la responsabilidad para con nuestras compañeras no vamos a ser cómplices de estos abusos. Llevaremos a cabo todas las acciones necesarias que estén en nuestras manos para que la empresa cumpla con sus obligaciones legales y empresariales referentes al Plan de Igualdad y en concreto al Registro Retributivo.
SFF-CGT, SORORIDAD, HONESTIDAD Y LUCHA
COMUNICADO Anexo Anexo 2
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ADIF 11/09/2024 | 68 EL NUEVO CONVENIO, PASITO A PASITO | ADIF 10/09/2024 | 67 ADIF NO NEGOCIA; ADIF IMPONE |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE EN ADIF DISFRUTAN DE 205 DÍAS, EN RENFE SEGUIMOS CON LOS 213 DÍAS ANUALES | 96 2019-10-22 |
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| Leido: 187 veces | Estamos ante unos sucesos de desigualdad, injusticia, silencios, comportamientos inexplicables, hurto de derechos, negociación con mala fe y SUMISIÓN SINDICAL que alguna vez tendrán que explicar:
• En ADIF, todos los Sindicatos salvo el SF, ACORDARON el disfrute de las 37,5 h. estableciendo un máximo de 205 días trabajados anualmente para todos sus trabajadores.
• En RENFE, la Empresa impuso unilateralmente sus condiciones y ha establecido la jornada para todo el Personal de RENFE en 213 días trabajados anualmente, aderezando la imposición con esos “minutejos” que dicen, generan conciliación.
• Todos los Sindicatos de RENFE hemos planteado que la reducción de las 37,5 h. debe efectuarse en días completos y reducir los días anuales trabajados, tal y como lo disfrutan nuestros compañeros en ADIF.
• La “responsabilidad de gobernabilidad de la empresa” que podemos denominar como desidia y pasividad, está incrustada desde hace años en las cúpulas de los sindicatos mayoritarios; que ni de lejos se planteen la posibilidad de convocar Movilizaciones para conseguir esta legítima reivindicación y que su afiliación en Renfe pueda disfrutar de los mismos derechos que en Adif, roza la irresponsabilidad.
Según manifestaron en el CGE ordinario celebrado en el presente mes (el 1º que se celebra desde las Elecciones Sindicales en Marzo de 2019) SEMAF, CC.OO y UGT expresaron que prefieren dejar la reducción de jornada de las 37,5 h pendiente del Recurso de la Sentencia al Tribunal Supremo. Hecho inaudito, pues con este planteamiento estaremos pendientes de una Sentencia que puede tardar entre medio y dos años. Teniendo en cuenta además, que esta resolución judicial, nunca podrá establecer una jornada de 205 días anuales porque es una cuestión pura y dura de la negociación colectiva.
Desde CGT como sindicato, desde una posición de responsabilidad sindical con nuestros afiliados y afiliadas, y desde la posición de pertenencia al CGE que abarca al conjunto de la plantilla, vamos a seguir pidiendo el derecho a una reducción digna e igualitaria. Pues no vemos el inconveniente para seguir negociando, reivindicando y presionando para conseguir que la empresa y el ministerio modifiquen su actitud.
Ahora mismo, cabe alguna que otra pregunta: ¿Cuál es el problema, o qué deudas tienen pendientes con la Dirección de RENFE esa mayoría sindical para que decidan proceder así y que la plantilla de RENFE no pueda disfrutar de los 205 días anuales al igual que todos los ferroviarios de ADIF?
Desde CGT, consideramos que la Dirección de RENFE ha cerrado la puerta a cualquier alternativa que no sea ejercer nuestro derecho a convocar las Movilizaciones y las HUELGAS para conseguir lo que nos corresponde. Las dos Empresas son Públicas, pertenecen al Ministerio de Fomento, las controlan las mismas entidades por encima de las distintas direcciones, sin embargo, la Dirección de RENFE, junto a la pasividad de la mayoría sindical, se niegan en rotundo a negociar lo que en ADIF ya se ha acordado con la firma de CC.OO y UGT.
¿Porqué esas organizaciones mayoritarias deciden volver la cabeza y mirar hacia otro lado, es qué no piensan mover un dedo en este sentido? En ocasiones como esta, esa “responsabilidad en la gobernanza” está en contra de quienes dicen representar y defender, se pongan como se pongan y digan lo que digan. Que clarificador sería que los trabajadores y trabajadoras tuvieran noticias actualizadas de lo que hablan en esas reuniones técnicas –información que desde CGT hemos pedido y se nos ha negado- o mesas técnicas de convenio que tanto parece desgastarles, pararles o anestesiarles.
El resultado de tanta negociación sin luz y taquígrafos ya huele mal, diríamos que ha muerto. Pues exceptuando alguna cuestión puntual, el resultado de las distintas firmas que estamos viendo y sufriendo, nada avanzan en cuanto a derechos laborales, más bien al contrario y teniendo muy en cuenta que llevamos varios ejercicios económicos produciendo beneficios.
Solos o en compañía, pero con toda la razón y el derecho, CGT sumará a sus concentraciones en todo el territorio español, la movilización en formato HUELGA.
Ferroviari@, súmate a las próximas movilizaciones de CGT porque son la única salida. Reivindica y lucha por lo que es tuyo, porque nadie te va a regalar nada, y menos, si la pasividad es tu opción.
MOVILIZACIÓN Y COHERENCIA.
¡NO MÁS ENGAÑOS!
Comunicado
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