Comunicados
ADIF | 87 05/11/2024
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EL CONVENIO DE LA TRANSPARENCIA EL CONVENIO DE LA TRANSPARENCIA
Quienes trabajamos en Adif estamos orgullos@s de ofrecer un servicio público. Pero una empresa pública debe gestionarse con una transparencia exquisita, y lamentablemente, en Adif esto no siempre es así.
PROCESOS OPACOS
Estamos tristemente acostumbrad@s a ser espectadores de procesos opacos y decisiones arbitrarias en múltiples ámbitos. Como en la movilidad, un proceso oscuro que nos impide conocer las plazas desde el principio del proceso. O las OEP, en las que la empresa cede a personas que han entrado con una plaza a otras residencias, saltándose los criterios de mérito e igualdad.
También vemos cómo cada vez con más frecuencia se crean perfiles con requisitos de experiencia o titulación teledirigidos.
El dinero público debe gestionarse de forma eficiente y eficaz. Las licitaciones, además de ser una privatización encubierta, se han demostrado incapaces de conservar los estándares de calidad que la ciudadanía necesita y es obvio que inflan el precio para que algunas empresas engorden sus beneficios a costa de empeorar las condiciones laborales del personal. Es decir, ni son eficaces ni eficientes, y por supuesto no gestionan el dinero con criterios de transparencia.
REORDENACIÓN PROFESIONAL Y TRANSPARENCIA
La reordenación profesional nos permitiría mejorar la transparencia en muchos procesos internos. Por ejemplo, eliminando las entrevistas como requisito para acceder a determinadas categorías. O haciendo que las brigadas, las cesiones, etc. sean siempre voluntarias, pero, además, rotativas entre todas las personas trabajadoras que lo soliciten. Su concesión debe ser transparente y siguiendo criterios objetivos. Y esto debe quedar regulado con la reclasificación profesional.
Cuando alguna persona trabajadora solicita trabajar a distancia, el único obstáculo que se debería encontrar es la naturaleza de su trabajo. Por ejemplo, es obvio que si trabajas regulando la circulación no puedes teletrabajar. Hay que acabar con la capacidad arbitraria de algunas jefaturas de negar o limitar el teletrabajo. La transparencia es incompatible con la gestión caciquil o basada en cortijos.
Nos jugamos mucho en este convenio. Es el momento de que Adif deje de parecer un cortijo y sea una empresa pública ejemplar.
COMUNICADO Anexo
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RENFE 31/10/2024 | 86 ADHESIÓN AL PROCESO DE MOVILIDAD DE MANDOS INTERMEDIOS DE CONDUCCIÓN | ADIF 31/10/2024 | 85 EL CONVENIO DE LA SUBIDA SALARIAL |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE PORQUÉ CGT NO FIRMA LA MOVILIDAD GEOGRÁFICA DE COMERCIAL OCIN2 | 95 2019-10-22 |
| COMUNICADO
| Leido: 15 veces | El pasado día 17 del presente mes, la Empresa y con el asentimiento de CCOO, UGT y Semaf, aprobaron las Bases de las Convocatorias de Movilidad Geográfica del Colectivo de comercial OCIN2 para Cataluña y el resto del Estado. CGT no apoyó la referida Convocatoria de Movilidad por no estar de acuerdo con las Bases y por considerar que éstas pueden perjudicar a l@s participantes, sus intereses colectivos y particulares; es innegable que se van a producir situaciones arbitrarias que irán en detrimento de sus derechos.
Tal y como reflejamos en las Alegaciones previas, que CGT entregó a los Borradores de las Convocatorias y que no han sido admitidas sin una mínima explicación o razón argumentada, no estamos de acuerdo en lo siguiente:
1. No se identifican las plazas vacantes, ni el número de ellas, por lo que se generarán situaciones arbitrarias (Hasta aquí sí, y a ti no,…)
2. Tampoco se identifican las Residencias específicas a las que pueden optar al incluir los Núcleos de Cercanías como única residencia a solicitar. Debemos tener muy en cuenta, que el núcleo de Cercanías de Madrid, puede ser desde Cercedilla a Guadalajara, el de Barcelona desde Blanes a San Vicent de Calders…
3. Al no especificarse las Plazas vacantes y además incluir como residencia los Núcleos de Cercanías, consideramos que no debe aplicarse el Apdo. 14.6 de Convenio y penalizarse para participar en las siguientes convocatorias.
CGT no firmó estas convocatorias, entre otras, porque no se definía el criterio ni las plazas a cubrir, porque l@s trabajadores/as están obligad@s a pedir casi a ciegas y porque la Empresa no asume la obligatoriedad de cubrir las vacantes que existen, ni tan siquiera a resultas.
A la no identificación de plazas que permite el Convenio, le sumamos la “división política” entre el Estado Español y la Comunidad Catalana, también el “secuestro” de 36 meses de permanencia (también aceptado por esa mayoría sindical), ahora la generalidad de los núcleos de cercanías, ¿qué será lo próximo que nos tienen preparado? Todo apunta a la pérdida de derechos, el aumento de las permanencias, la indefensión jurídica por falta de transparencia… Cuestiones que entendemos –no compartimos- desde el punto de vista de la empresa, pero jamás, que una mayoría sindical lo apoye.
La discordancia sindical de algún sindicato es manifiesta, destacable es la postura de uno de los firmantes, que en Galicia promovieron un conflicto colectivo hace unos meses porque no se especificaban todas las vacantes en una convocatoria de comercial y ahora les vale que las vacantes no sean identificadas. ¿Dónde la coherencia y principio de igualdad?
MOVILIZACIÓN Y COHERENCIA.
NO MÁS ENGAÑOS
Comunicado
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