Comunicados
RENFE | 15 06/02/2025
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COMPOSICIÓN MESAS IV CONVENIO COLECTIVO Como ya sabéis, el pasado 14 de enero se celebró la segunda reunión de la Comisión Negociadora del IV Convenio Colectivo de Renfe-Operadora en donde se nos facilitó una propuesta de composición de Mesas Técnicas así como unas normas generales de funcionamiento al mismo tiempo que, todas las organizaciones sindicales les hacíamos llegar las nuestras.
Con el objetivo de llegar a un acuerdo, la empresa nos insta a que, como Comité General de Empresa, les hagamos llegar antes del 31 de enero, una propuesta conjunta, por ello, el pasado 29 de enero nos reunimos a nivel CGE en donde se propuso la constitución de 4 mesas técnicas de desarrollo Mesa Técnica General, Mesa Técnica de Personal, Mesa de Compilación de Normativa y Mesa Económica, así como algunas modificaciones en las normas de funcionamiento.
Por parte del SFF-CGT ya habíamos manifestado que, más allá de la nomenclatura de las mesas, nos importaba más que todos los temas se tratasen en profundidad y con la seriedad e importancia que se merecen, por lo que la propuesta conjunta facilitada nos parecía correcta siempre y cuando esta condición se cumpla.
Ayer 5 de febrero, se celebró la 3ª Comisión Negociadora en donde, tras la exposición del Grupo Renfe y de todas las organizaciones sindicales se llega al acuerdo para su conformación con las propuestas que hemos hecho llegar como CGE.
Así mismo, se confirma el calendario de las próximas reuniones fijadas de la siguiente manera:
MESAS TÉCNICAS CONSTITUCIÓN PRÓXIMA REUNIÓN
Mesa de Personal 19/02 de 12:00 a 13:00 06/03 de 11:00 a 13:00
Mesa Técnica General 19/02 de 13:00 a 14:00 13/03 de 11:00 a 13:00
Mesa de compilación Normativa 20/02 de 10:00 a 11:00 20/03 de 11:00 a 13:00
Mesa Económica 20/02 de 12:00 a 13:00 27/03 de 11:00 a 13:00
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 05/02/2025 | 14 MESA DE ORDENACIÓN PROFESIONAL: SE AGOTÓ NUESTRA PACIENCIA | RENFE 03/02/2025 | 13 JUBILACIÓN PARCIAL. HOY NO, MAÑANA. |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE PORQUÉ CGT NO FIRMA LA MOVILIDAD GEOGRÁFICA DE COMERCIAL OCIN2 | 95 2019-10-22 |
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 | Leido: 15 veces | El pasado día 17 del presente mes, la Empresa y con el asentimiento de CCOO, UGT y Semaf, aprobaron las Bases de las Convocatorias de Movilidad Geográfica del Colectivo de comercial OCIN2 para Cataluña y el resto del Estado. CGT no apoyó la referida Convocatoria de Movilidad por no estar de acuerdo con las Bases y por considerar que éstas pueden perjudicar a l@s participantes, sus intereses colectivos y particulares; es innegable que se van a producir situaciones arbitrarias que irán en detrimento de sus derechos.
Tal y como reflejamos en las Alegaciones previas, que CGT entregó a los Borradores de las Convocatorias y que no han sido admitidas sin una mínima explicación o razón argumentada, no estamos de acuerdo en lo siguiente:
1. No se identifican las plazas vacantes, ni el número de ellas, por lo que se generarán situaciones arbitrarias (Hasta aquí sí, y a ti no,…)
2. Tampoco se identifican las Residencias específicas a las que pueden optar al incluir los Núcleos de Cercanías como única residencia a solicitar. Debemos tener muy en cuenta, que el núcleo de Cercanías de Madrid, puede ser desde Cercedilla a Guadalajara, el de Barcelona desde Blanes a San Vicent de Calders…
3. Al no especificarse las Plazas vacantes y además incluir como residencia los Núcleos de Cercanías, consideramos que no debe aplicarse el Apdo. 14.6 de Convenio y penalizarse para participar en las siguientes convocatorias.
CGT no firmó estas convocatorias, entre otras, porque no se definía el criterio ni las plazas a cubrir, porque l@s trabajadores/as están obligad@s a pedir casi a ciegas y porque la Empresa no asume la obligatoriedad de cubrir las vacantes que existen, ni tan siquiera a resultas.
A la no identificación de plazas que permite el Convenio, le sumamos la “división política” entre el Estado Español y la Comunidad Catalana, también el “secuestro” de 36 meses de permanencia (también aceptado por esa mayoría sindical), ahora la generalidad de los núcleos de cercanías, ¿qué será lo próximo que nos tienen preparado? Todo apunta a la pérdida de derechos, el aumento de las permanencias, la indefensión jurídica por falta de transparencia… Cuestiones que entendemos –no compartimos- desde el punto de vista de la empresa, pero jamás, que una mayoría sindical lo apoye.
La discordancia sindical de algún sindicato es manifiesta, destacable es la postura de uno de los firmantes, que en Galicia promovieron un conflicto colectivo hace unos meses porque no se especificaban todas las vacantes en una convocatoria de comercial y ahora les vale que las vacantes no sean identificadas. ¿Dónde la coherencia y principio de igualdad?
MOVILIZACIÓN Y COHERENCIA.
NO MÁS ENGAÑOS
Comunicado

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