Comunicados
ADIF | 23 23/03/2026
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LA ORDENACIÓN PROFESIONAL DEL AHORRO En la reunión celebrada hoy sobre Ordenación Profesional hemos podido comprobar por dónde quiere llevar la empresa la negociación de los complementos. Y la sensación es clara: no se puede hablar de dinero. La dinámica de la negociación parece que será sencilla:
· Lo que ya tenemos se recorta todo lo posible para obtener ahorros.
· Lo nuevo —que además es poco— se estudia, pero sin concretar todavía qué financiación lo respalda.
Con este panorama, desde el SFF-CGT hemos vuelto a insistir en lo mismo que llevamos reclamando desde el inicio de esta negociación: queremos conocer cuál es la financiación disponible para llevar a cabo la Ordenación Profesional. Hemos solicitado el informe de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos que, según la Ley de Presupuestos Generales de 2023, debe autorizar la masa salarial disponible para negociar. La empresa se niega a facilitarlo. También queremos saber si el escenario económico ha cambiado con la Guerra en Irán.
Nuestra preocupación es evidente: no conocemos el dinero del que disponemos, pero la empresa ya tiene claro qué complementos desaparecen, cuáles se limitan y a quién no se le aplicarán determinados conceptos.
COMPLEMENTOS: LO QUE SE SABE… Y LO QUE NO
En la Mesa técnica de Ordenación Profesional se han tratado los siguientes complementos:
· Antigüedad
De aplicarla a MMII, Cuadros Técnicos y Estructura de Apoyo y aumentar el tope de 10 años como máximo de cuatrienios a cobrar dicen que nada de nada.
· 20 años en el mismo nivel salarial
Desaparecería como concepto propio y pasaría a depender de los niveles del Desarrollo Profesional Horizontal, a través de un abono integrado en el fijo.
· Premio de permanencia
Ampliar el premio de permanencia a 45 años y mantener el 7% adicional que se abona con el premio por los 40 años hasta la edad de jubilación, queda descartado por la empresa.
En cuanto a la mesa de Sistemas de Organización del Trabajo se han tratado cuestiones como:
· Conducciones (hasta ahora solo en Infraestructura)
Pretenden ampliar a una modalidad general para todos los grupos profesionales en las áreas que determine la empresa y su abono pasaría a ser mensual. Quieren incluir cláusulas de designación obligatoria, ampliar la duración de las adscripciones (de 3 meses a 1 año), y restringir las posibilidades de renuncia (de 15 días a 3 meses de preaviso) respecto a la normativa actual. Además, la empresa pretende obligar a determinados grupos profesionales a disponer de carnet de conducir para optar a plazas en Movilidad u OEP. ¡Una maravilla!
· Obras
Plantean un nuevo complemento por desplazamientos que se abonaría a partir de tres noches fuera para cubrir el desarraigo. Parece ser que pasar 1 o 2 noches fuera no causa desarraigo. Eso sí, como con el teletrabajo, la empresa determinaría qué puestos serían los que generarían este complemento.
NO SE PUEDE NEGOCIAR SIN SABER DE QUÉ DINERO HABLAMOS
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro. Queremos trabajar para que la Ordenación Profesional salga adelante, pero con las mismas cartas sobre la mesa. No se pueden valorar complementos, cambios salariales ni modificaciones organizativas sin conocer la cuantía que se va a destinar a cada concepto. Sin esa información, cualquier negociación se convierte en un ejercicio a ciegas.
Por ello, desde el SFF-CGT entendemos que solo cuando dispongamos de todos los datos podremos valorar el conjunto de complementos de la Ordenación Profesional.
No vamos a aceptar el “espigueo” de la empresa, escogiendo qué tocar y qué no tocar para cuadrar cuentas de cara a Hacienda, mientras la plantilla negocia sin conocer el margen real.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 SECTOR 18/03/2026 | 22 DOS MESES DESPUÉS DEL ACCIDENTE DE ADAMUZ | RENFE 11/03/2026 | 21 OÍDOS SORDOS |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE COMISIÓN NEGOCIADORA CONVENIO | 89 2019-10-10 |
| COMUNICADO
 | Leido: 72 veces | Ayer se reunió la comisión negociadora del II convenio del Grupo Renfe, con el siguiente orden del día:
Análisis y estudio de las condiciones del Plan de Desvinculaciones y Jubilación Parcial 2020 (Acta 10 de la comisión de seguimiento).
Art. 228 extinta FEVE, en relación a la indemnización por fallecimiento del personal pasivo.
Art. 115 relativo al derecho al reingreso del personal por IPT.
En relación al punto uno, acordaron las condiciones de las desvinculaciones y jubilaciones parciales en el 2020, su estimación es de 694 desvinculaciones y 338 jubilaciones parciales, supeditado a la debida autorización de las tasas de reposición.
Los adjudicatarios de jubilación parcial serán automáticamente excluidos de las desvinculaciones. Siendo la ordenación de éstas por colectivos, priorizando los que tengan la condición de no aptos (1-1-19), respecto al resto, primero serán los que cumplan condiciones de acceso a la jubilación (2020) ordenados por antigüedad en la empresa a efectos de concurso y edad, seguidos de la ordenación dada por la antigüedad a efectos de concurso y en caso de empate por edad.
Para la jubilación parcial las plazas de cada colectivo se ordenarán primero de acuerdo a la fecha de cumplimiento de los requisitos de acceso a la jubilación parcial (edad-cotización) hasta el 50% de las plazas y el resto, por la antigüedad en la empresa y mayor edad en caso de empate.
Las renuncias que pudieran darse se darán dentro de cada colectivo, las plazas no consumidas de alguna modalidad pasarán a la otra dentro del colectivo.
La bonificación por penosidad (cálculo indemnizaciones) será como en ocasiones anteriores y los posibles errores en el cálculo de periodos y la oportuna subsanación de fecha de la desvinculación se abordarán en el seno de la comisión de seguimiento.
Los trabajadores con plaza y comunicación de fecha de desvinculación o jubilación parcial que renuncien, no podrán participar en los años siguientes en los planes futuros, salvo causas no imputables al trabajador.
ANTE ESTE CAMBIO DE CRITERIO, SE ABRE UN PLAZO HASTA EL 31 DE OCTUBRE PARA RENUNCIAR A LAS DESVINCULACIONES Y/O JUBILACION PARCIAL DEL 2020, asimismo PODRÁ PEDIRSE EL RETRASO DE LA FECHA INICIAL SOLICITADA.
También se establece la indemnización de hasta seis mensualidades para los sin plaza del 2019 que no renuncian y los que, por demora de aplicación del 2020, alcancen el 100% de su base reguladora. Así como aquellos que teniendo o no condiciones de acceso a la jubilación tengan reconocida una pensión de incapacidad compatible con su continuidad laboral.
En relación con el segundo punto, Art. 228 FEVE, los trabajadores que se jubilaron entre el 01-01-2013 y el 31-12-2015 (un total de 129) tienen como derecho adquirido: gastos e indemnización por fallecimiento. Se aprueba por unanimidad la liquidación de dichos conceptos a todos los trabajadores en dicha situación con lo que la normativa de FEVE quedaría derogada en su totalidad.
Por último, decir que en relación al Art. 115 del derecho al reingreso tras IPT, se acuerda por todos estudiar con mayor detenimiento el asunto y abordar su negociación en próxima reunión.
CGT CON L@S TRABAJADORES/AS. ELIGE CGT.
Comunicado

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