Comunicados
IRYO | 94 19/11/2024
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LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
Una reunión en la que una vez más (van ya unas cuantas desde el mes de mayo…) hemos vuelto a reivindicar el pago de las dietas para el colectivo de asistentes y la nocturnidad para los colectivos que la trabajan.
En la anterior reunión del 29 de octubre, la dirección de la empresa se abrió a la posibilidad de alcanzar un preacuerdo para abonarlo a partir del 1 de enero de 2025. En dicho preacuerdo se fijarían las cantidades a abonar y el régimen disciplinario los cuales se incorporarían al convenio colectivo a su firma.
La empresa para acceder a lo anterior, solicitaba conocer cuáles eran nuestras peticiones en materia de jornada y económicas, pues esta parte se deduciría de la cantidad final que se pactarse en Convenio colectivo. La semana pasada se envió a la empresa la documentación con la propuesta.
Hoy nos volvemos a encontrar con una dirección pidiendo todavía más tiempo para analizar la documentación enviada, dándonos de nuevo una negativa a nuestras reivindicaciones.
Las dietas son 14,50 euros, NO aceptamos un importe menor teniendo en cuenta la carestía de la vida y la inflación. La nocturnidad NO puede continuar sin abonarse.
Debemos de poner en valor nuestra profesión, no podemos consentir ni un minuto más más desigualdades actuales.
Ante la actitud de la dirección de la empresa de ninguneo y falta de voluntad para dar respuesta a esta situación, tenemos que continuar con las actuaciones que teníamos ya previstas para exigir lo reivindicado que es lo justo y lo que las personas trabajadoras merecen y para ello convocaremos movilizaciones en diciembre y enero.
Necesitamos a la plantilla unida y con fuerza para reclamar lo que nos corresponde, no podemos conformarnos con menos. Ellos tienen sus ganancias nosotros también merecemos unas dietas dignas y pago de horas nocturnas como corresponde.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 19/11/2024 | 93 EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS | RENFE 15/11/2024 | 92 MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF ADIF DEBE MÁS DE 700€ A L@S RELEVISTAS POR PAGOS INCORRECTOS DE LA CLAVE 401. | 79 2019-09-13 |
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| Leido: 12 veces | Hemos comprobado como Adif ha dejado de pagar estas cantidades a l@s trabajadores/as ingresad@s con contrato de relevo en el 2018. Nos estamos refiriendo a más de 700 euros que se han querido “ahorrar” por la cara, efectuando un cálculo incorrecto de las cantidades a abonar por la clave 401 que corresponde al “Plus de Productividad” durante los meses de abril y septiembre.
Tenemos y existe jurisdicción favorable al respecto, además de un acuerdo con Adif para el abono de las reclamaciones que se hicieron en su día por los descuentos realizados en esta clave por bajas, reducción de jornada, etc., a l@s trabajadores/as afectad@s.
Debemos aclarar, que este “es un complemento salarial por resultados, cuyo devengo repercute en todo el colectivo, dado que mediante los esfuerzos mancomunados de tod@s l@s trabajadores/as de la empresa, independientemente de la jornada realizada. Entendíamos y así se corroboró por las otras partes, que si se alcanzan los objetivos marcados a priori, éstos deberán repartirse igualitariamente entre tod@s l@s trabajadores/as, sin que pueda ser exigible ningún tipo de distinción en función de tiempo de trabajo o de los resultados concretos”.
El procedimiento a seguir es el de la reclamación de haberes por falta de abono por conducto reglamentario ante el jefe inmediato o la oficina administrativa correspondiente. Una vez realizada la misma, habrá que ver cuál es la respuesta que dé Adif personalizada a cada trabajador/a. Mucho nos tememos que no tendrán intención de dar una respuesta favorable a la misma y esperarán a que este tema se vea en los tribunales.
En CGT nos ponemos a disposición de tod@s l@s trabajadores/as afectad@s, afiliados o no, para ayudarles a hacer las reclamaciones de haberes correspondientes, dado que hay que hacer los cálculos adecuados de los importes exactos a reclamar.
CGT tiene muy claro el derecho al cobro de este concepto integro desde el día que se produce el ingreso en la empresa, por lo que en caso de que por vía interna administrativa, la reclamación no sea atendida, los servicios jurídicos de CGT estarán disponibles para la interposición de las correspondientes papeletas de conciliación y posterior demanda judicial.
CGT, HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y LUCHA
Comunicado
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