Comunicados
RENFE | 75 09/10/2024
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HEMOS PERDIDO DINERO CON ESTE CONVENIO. YA ES HORA DEL SIGUIENTE El actual III Convenio colectivo del Grupo Renfe que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2022 y cuya vigencia finaliza el próximo 31 de diciembre de 2024 ha supuesto una sangría económica para la plantilla del grupo Renfe. El incremento remunerativo acordado por la Empresa y los sindicatos SEMAF, CCOO y UGT no solo no alcanzó los valores del IPC anuales sino que, lejos de estarlo, ha visto como la diferencia entre la subida salarial y el IPC se han ido incrementando a lo largo de estos años de convenio.
Ya en el año 2021 la pérdida salarial fue del 2,19%, y el año siguiente se alcanzó un detrimento de 4,9%, lo que supuso más de un 7% de pérdida acumulada de poder adquisitivo en el primer año de vigencia del convenio. Siendo conocedores del incremento de IPC estimado proporcionado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) nos opusimos, entre otros motivos, a la firma del III Convenio colectivo del Grupo Renfe. Pese al perjuicio que suponía al personal, se aprobó el III Convenio Colectivo entre la Empresa y las organizaciones sindicales mencionadas anteriormente.
A medida que la vigencia del actual convenio iba pasando, se iba agudizando la pérdida de poder adquisitivo. Si imaginamos un aciago 2025 sin subida salarial, la pérdida llegaría al 10,55%, incluyendo la estimación del INE para el 2025.
A continuación, se desglosa la pérdida porcentual de salario respecto al incremento del IPC, tanto anual como de manera acumulada durante los últimos años de convenio.
// TABLA 1 //
Esta diferencia porcentual se traduce en una pérdida de poder adquisitivo que ha afectado de manera significativa a todos los colectivos del Grupo Renfe. Tomando tan solo como referencia el sueldo base (clave 002), dejando de lado el resto de claves, la pérdida de poder adquisitivo sufrido por las personas trabajadoras en el período 2021-2025 será la siguiente:
// TABLA 2 //
El 31 de diciembre está a la vuelta de la esquina. Las organizaciones sindicales presentes en el Comité General de Empresa nos debemos poner las pilas y demandar que se inicien las negociaciones del nuevo convenio cuanto antes, para tratar de mitigar la pérdida de poder adquisitivo que arrastramos. 2025 no puede volver a ser un año en el que perdamos dinero.
Desde el SFF-CGT demandaremos que el nuevo convenio traiga aparejada una subida salarial que subsane la pérdida de poder adquisitivo sufrida por la plantilla con el III Convenio, y que se garantice que la subida salarial sea, como mínimo, acorde al incremento del IPC anual.
COMUNICADO
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IRYO 09/10/2024 | COMUNICADO CONJUNTO NI UN DÍA MÁS SIN UNA RESPUESTA POSITIVA | ADIF 09/10/2024 | 74 AVANZAMOS EN DERECHOS, A PESAR DE ADIF |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF ADIF DEBE MÁS DE 700€ A L@S RELEVISTAS POR PAGOS INCORRECTOS DE LA CLAVE 401. | 79 2019-09-13 |
| COMUNICADO
| Leido: 12 veces | Hemos comprobado como Adif ha dejado de pagar estas cantidades a l@s trabajadores/as ingresad@s con contrato de relevo en el 2018. Nos estamos refiriendo a más de 700 euros que se han querido “ahorrar” por la cara, efectuando un cálculo incorrecto de las cantidades a abonar por la clave 401 que corresponde al “Plus de Productividad” durante los meses de abril y septiembre.
Tenemos y existe jurisdicción favorable al respecto, además de un acuerdo con Adif para el abono de las reclamaciones que se hicieron en su día por los descuentos realizados en esta clave por bajas, reducción de jornada, etc., a l@s trabajadores/as afectad@s.
Debemos aclarar, que este “es un complemento salarial por resultados, cuyo devengo repercute en todo el colectivo, dado que mediante los esfuerzos mancomunados de tod@s l@s trabajadores/as de la empresa, independientemente de la jornada realizada. Entendíamos y así se corroboró por las otras partes, que si se alcanzan los objetivos marcados a priori, éstos deberán repartirse igualitariamente entre tod@s l@s trabajadores/as, sin que pueda ser exigible ningún tipo de distinción en función de tiempo de trabajo o de los resultados concretos”.
El procedimiento a seguir es el de la reclamación de haberes por falta de abono por conducto reglamentario ante el jefe inmediato o la oficina administrativa correspondiente. Una vez realizada la misma, habrá que ver cuál es la respuesta que dé Adif personalizada a cada trabajador/a. Mucho nos tememos que no tendrán intención de dar una respuesta favorable a la misma y esperarán a que este tema se vea en los tribunales.
En CGT nos ponemos a disposición de tod@s l@s trabajadores/as afectad@s, afiliados o no, para ayudarles a hacer las reclamaciones de haberes correspondientes, dado que hay que hacer los cálculos adecuados de los importes exactos a reclamar.
CGT tiene muy claro el derecho al cobro de este concepto integro desde el día que se produce el ingreso en la empresa, por lo que en caso de que por vía interna administrativa, la reclamación no sea atendida, los servicios jurídicos de CGT estarán disponibles para la interposición de las correspondientes papeletas de conciliación y posterior demanda judicial.
CGT, HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y LUCHA
Comunicado
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