Comunicados
RENFE | 75 09/10/2024
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HEMOS PERDIDO DINERO CON ESTE CONVENIO. YA ES HORA DEL SIGUIENTE El actual III Convenio colectivo del Grupo Renfe que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2022 y cuya vigencia finaliza el próximo 31 de diciembre de 2024 ha supuesto una sangría económica para la plantilla del grupo Renfe. El incremento remunerativo acordado por la Empresa y los sindicatos SEMAF, CCOO y UGT no solo no alcanzó los valores del IPC anuales sino que, lejos de estarlo, ha visto como la diferencia entre la subida salarial y el IPC se han ido incrementando a lo largo de estos años de convenio.
Ya en el año 2021 la pérdida salarial fue del 2,19%, y el año siguiente se alcanzó un detrimento de 4,9%, lo que supuso más de un 7% de pérdida acumulada de poder adquisitivo en el primer año de vigencia del convenio. Siendo conocedores del incremento de IPC estimado proporcionado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) nos opusimos, entre otros motivos, a la firma del III Convenio colectivo del Grupo Renfe. Pese al perjuicio que suponía al personal, se aprobó el III Convenio Colectivo entre la Empresa y las organizaciones sindicales mencionadas anteriormente.
A medida que la vigencia del actual convenio iba pasando, se iba agudizando la pérdida de poder adquisitivo. Si imaginamos un aciago 2025 sin subida salarial, la pérdida llegaría al 10,55%, incluyendo la estimación del INE para el 2025.
A continuación, se desglosa la pérdida porcentual de salario respecto al incremento del IPC, tanto anual como de manera acumulada durante los últimos años de convenio.
// TABLA 1 //
Esta diferencia porcentual se traduce en una pérdida de poder adquisitivo que ha afectado de manera significativa a todos los colectivos del Grupo Renfe. Tomando tan solo como referencia el sueldo base (clave 002), dejando de lado el resto de claves, la pérdida de poder adquisitivo sufrido por las personas trabajadoras en el período 2021-2025 será la siguiente:
// TABLA 2 //
El 31 de diciembre está a la vuelta de la esquina. Las organizaciones sindicales presentes en el Comité General de Empresa nos debemos poner las pilas y demandar que se inicien las negociaciones del nuevo convenio cuanto antes, para tratar de mitigar la pérdida de poder adquisitivo que arrastramos. 2025 no puede volver a ser un año en el que perdamos dinero.
Desde el SFF-CGT demandaremos que el nuevo convenio traiga aparejada una subida salarial que subsane la pérdida de poder adquisitivo sufrida por la plantilla con el III Convenio, y que se garantice que la subida salarial sea, como mínimo, acorde al incremento del IPC anual.
COMUNICADO
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IRYO 09/10/2024 | COMUNICADO CONJUNTO NI UN DÍA MÁS SIN UNA RESPUESTA POSITIVA | ADIF 09/10/2024 | 74 AVANZAMOS EN DERECHOS, A PESAR DE ADIF |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE EL TRIBUNAL SUPREMO DESESTIMA LA DEMANDA DE RENFE CONTRA CGT Y EL DERECHO DE HUELGA. | 65 2019-07-16 |
| COMUNICADO
| Leido: 45 veces | Un nuevo varapalo del Tribunal Supremo contra la mala praxis sindical de la actual Dirección de RENFE y su intento de coaccionar nuestro derecho y libertad sindical.
La Audiencia Nacional ya sentenció en contra de la demanda por huelga ilegal de la Dirección de RENFE contra CGT. Recurrida por parte de la empresa, es ahora el Tribunal Supremo mediante Sentencia Nº. 461/2019, quien desestima el Recurso interpuesto contra CGT y su Comité de Huelga. Así, el Tribunal Supremo confirma la Sentencia de la Audiencia Nacional Nº 318/2017, en la que de forma rotunda acreditaba que no había ningún argumento para solicitar la ilegalidad de la Huelga y estimó: “desestima la demanda interpuesta por RENFE frente a CGT en la que pretende sea declarada ilegal la huelga convocada por este Sindicato el 28-7-2017.”
No tenía ningún fundamento, que RENFE alegara que la huelga de Julio de 2017 le causara daños superiores a 800.000 euros (sin justificar en ningún momento). Su único objetivo era poner en duda el derecho constitucional de huelga e intentar intimidar a los que integramos CGT, algo completamente inútil, ya que nuestros argumentos y reivindicaciones estaban convenientemente reglados.
Desde CGT seguimos solicitando a la Dirección de RENFE que abandone de una vez estas prácticas que atentan contra los derechos democráticos y que dedique sus esfuerzos en atender y mejorar los servicios públicos ferroviarios y al personal que trabajamos en ellos, motivándonos y no desmotivándonos.
La sentencia del TS y trasladando aquella situación al día de hoy, debería conducir a la Dirección de RENFE hacia el abandono de la obcecación y hacerles reflexionar profundamente para llevar a cabo un proceso negociador como ha efectuado la Dirección de ADIF, respecto a la falta de personal, cuestiones normativas, el plan de igualdad y la reducción de las 37,5 h conforme a las reivindicaciones de los trabajadores, entre otras.
En ADIF, todos los sindicatos (UGT también, pero sin su “socio” SEMAF) y con la excepción del SF, acordamos la compensación en DIEZ días enteros para tod@s l@s trabajadores/as, lo hemos hecho a través de la negociación colectiva y con la necesaria presión. Siguiéndose negociando para limar las asperezas y circunstancias que pueden producirse.
¿Qué hemos hecho en RENFE para que se nos trate así a l@s trabajadores/as? ¿Por qué esta diferencia si dependen del mismo Ministerio y de los mismos Presupuestos Generales del Estado?
CGT, HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y LUCHA CONSTANTES
Comunicado
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