Comunicados
ADIF | 53 12/06/2025
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III CONVENIO: A LA CHITA CALLANDO Y NUESTROS DERECHOS RECORTANDO III CONVENIO: A LA CHITA CALLANDO Y NUESTROS DERECHOS RECORTANDO
Aunque parezca que no hace nada, poco a poco la dirección de Adif enseña sus pretensiones para el nuevo convenio colectivo. No solo no se plantea mejorar los derechos de sus trabajadoras y trabajadores, sino que amenaza con reducirlos. Las reuniones del miércoles de la mesa de empleo y de la mesa de asuntos sociales lo dejan claro.
NO CREAR EMPLEO, SINO MANTENER A PERPETUIDAD EL DE LXS JEFXS
En la mesa de empleo, la dirección ha seguido erre que erre con su único objetivo, poder jubilarse tres años más tarde. El SFF-CGT hemos sido claras desde el principio, jubilación a los 65 años. Porque en la mesa de empleo, se tiene que hablar de crear empleo. Y ello incluye hablar de las plazas de OEP congeladas desde 2022 para personas con discapacidad intelectual.
También se tiene que abordar la modificación de los acuerdos de las 35 horas, movilidad y teletrabajo, a lo que la empresa sigue negándose. Según su opinión, no son acuerdos mejorables (luego, contra toda evidencia, debe de considerarlos perfectos).
LA REFERENCIA DE LA DIRECCIÓN: EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES
El Comité General de Empresa presentó en febrero a la dirección una propuesta para mejorar nuestras licencias. En junio, la respuesta de Adif ha sido armonizar nuestro convenio, a la baja, con el Estatuto de los Trabajadores.
Todavía es peor su intención de eliminar nuestro derecho al reingreso en la empresa si la seguridad social nos declara en situación de incapacidad permanente total. La propuesta de modificación del artículo 115 de la normativa laboral es una estafa a la plantilla.
El derecho al reingreso es un logro histórico de las trabajadoras y trabajadores de Adif y ha salvado de la calle y del desempleo a cientos y cientos de compañerxs en todos estos años. No vamos a consentir que Adif se salga con la suya y rebaje nuestro derecho a lo marcado en el Estatuto. Quien por enfermedad o accidente pierda la capacidad para desempeñar su trabajo, tiene que seguir teniendo asegurado un empleo en Adif. No vamos a dejar tiradx a nadie.
LA LEY DEL EMBUDO
La dirección nos hace juegos de trileros e intenta embaucarnos para suavizar la conflictividad que ya aflora por todas las costuras. No entendemos cómo puede esperar un verano tranquilo si en las mesas solo nos ofrece retrocesos, dilaciones y excusas.
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 12/06/2025 | 52 EL SFF-CGT IMPUGNA LA OEP PARA OPERADOR DE ENTRADA DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN POE25-05/2601 | RENFE 09/06/2025 | 51 HABLEMOS SOBRE LOS CGO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF RETRASO EN LA NEGOCIACIÓN DE LOS GRÁFICOS DEL PERSONAL CON DESCANSO ROTATIVO | 63 2019-07-05 |
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 | Leido: 56 veces | El miércoles (03/07/2019) se cumplió el plazo máximo de 20 días, establecido en el acuerdo de reducción de jornada para que la Dirección de la Empresa presentara a las comisiones de gráficos provinciales, los nuevos gráficos adaptados a la nueva jornada.
Durante estos 20 días hemos visto como se iban alcanzando en los Comités Provinciales los acuerdos de aplicación para el personal con descanso dominical o semanal sin gráfico de servicio, mientras aguardábamos con esperanza e ilusión que comenzasen las negociaciones para el personal a turnos.
Unas negociaciones en las que CGT considera necesario no obviar los siguientes puntos desde su comienzo:
1. Descansos entre Jornadas y descanso dominical. Los gráficos de trabajo presentados deben respetar el descanso mínimo entre jornadas establecido en un mínimo de 10 horas según “RD 1561/1995 sobre jornadas especiales de trabajo.”
2. NAR 1/18, art 1.1 Punto 7. Presentarse a prestar servicio en buenas condiciones físicas sin fatiga y evitando cualquier tipo de exceso que perjudique sus facultades durante el desempeño de su trabajo.
3. Acuerdos de PVD. Aunque en ocasiones no se le muestre especial interés y pretenda obviarse, el acuerdo de PVD se encuentra en vigor, por lo tanto, todos aquellos puestos catalogados en la Evaluación de Riesgos como puesto de “Visualización de Datos” deberán mencionarse en el gráfico, figurando los medios dotados para realizar las correspondientes pausas según el Tipo de Catalogación.
4. Gráfico Anual. Al comienzo del año se debe hacer entrega del desarrollo del gráfico anual para favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar de los trabajadores, confeccionando los gráficos una vez asignados los turnos de vacaciones de cada agente.
Mientras todo esto está paralizado, podemos observar cómo los sindicatos mayoritarios ni están ni se les espera, ya que parece que es un asunto que no va con ellos y a su vez, el 3er sindicato en discordia, aquél que dice defender los derechos e intereses del colectivo a turnos, se ha dedicado a presentar una serie de gráficos de servicio imposibles de implantar y que en muchas ocasiones ni siquiera rotan, haciéndonos echar la vista atrás y recordar los años 80 cuando descansábamos los mismos días fijos cada semana.
Pero tranquilidad, afortunadamente existe CGT, y si no existiese habría que inventarlo, porque mientras otros lucen por bandera la defensa del colectivo a turnos, nosotros lo llevamos grabado en nuestro ADN y no os vamos a dejar solos, como tampoco lo hicimos cuando defendimos: el valor de las horas extras, el descanso ante pantallas, la bolsa de vacaciones, la prima de circulación…
La cláusula 8ª (Jornada Laboral) del II Convenio Colectivo mencionaba la necesidad de “…determinar la manera de aplicación en los diferentes ámbitos operativos de la empresa, entre ellos el del personal que trabaja a turnos…”. Una mención exigida por CGT que abre un proceso de reconocimiento por parte de la empresa del especial tratamiento que debe tener este tema para los trabajadores a turnos.
En base a todo lo anterior, CGT defenderá en todos los Comités donde se encuentra presente, la necesidad de negociar nuevos gráficos de servicio que además de cumplir con los 4 puntos mencionados más arriba, vayan en la línea de respetar las recomendaciones de la OMS y el INSHT contando con cambios de turno en ciclos cortos de trabajos.
CGT, HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y LUCHA CONSTANTE
Comunicado

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