Comunicados
 
IRYO
94
19/11/2024
LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA
 
Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
 
  COMUNICADO   Anexo         
 
 
 
 
ADIF
19/11/2024
93
EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS
 
 
RENFE
15/11/2024
92
MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION
 
ADIF
12/11/2024
91
EL CONVENIO DE LA CONCILIACIÓN
 
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Jurídica
Convenios
SERVEO
18/11/2024
I Convenio Colectivo entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


ADIF
MÁS CONSECUENCIAS DE LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA
61
2019-07-02

COMUNICADO             
  
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Según vamos dando pasos y profundizando en la aplicación del derecho a tener una jornada de 37’5 horas, en la que como organización nos hemos implicado completamente desde el momento en el que tuvimos conocimiento de su publicación en la Ley de Presupuestos de 2018 (huelgas, Etc.), van surgiendo cuestiones adyacentes a la aplicación, a las que queremos dar un tratamiento igual de importante y sobre todo urgente.

Con fecha 13 de junio de 2019, la comisión negociadora del II Convenio Colectivo llegó al acuerdo de aplicación para el 2019 y siguientes, con retroactividad para el año 2018 de la reducción de jornada a 37,5 horas establecido en la cláusula 10 del citado convenio la cual establece: “… Año 2018 (dese 5 de julio a 31 de diciembre): se concretará en los términos que se acuerde con el CGE de Adif... La aplicación de esta medida, con los mismos criterios de cálculo del alcance de la misma utilizados para 2019 y siguientes ejercicios”

Esta concreción pendiente de ser tratada en el seno de esta comisión negociadora, es la que nos ha motivado para enviar una carta a la empresa (ver anexo) en la que instamos de forma urgente a dar cumplimiento a este punto, concretando la manera en la que va a ser acometida por parte de la empresa, la aplicación de la reducción correspondiente al ejercicio 2018.

Otra consecuencia de la aplicación de la reducción de la jornada es la traslación del acuerdo de aplicación de la reducción de la jornada a la fórmula del cálculo del valor de hora ordinaria, que emana del acuerdo surgido en la Audiencia Nacional en 2012. Es decir, con la aplicación de la reducción de 1720 a 1642 horas a dicha fórmula viene a resultar un valor de hora ordinaria superior a la actual. Esta aplicación ha de ser contemplada desde el mismo momento en el que la Ley de Presupuestos de 2018 entró en vigor el 5 de julio de 2018, hasta el momento actual.

Es por ello que instamos a todas y todos los trabajadores de Adif a que o bien ellos mismos o través de los delgados de CGT, realicen las correspondientes reclamaciones de haberes por la falta de abono, si este no se produce de manera automática por parte de la empresa del nuevo valor de la hora al que se deben ajustar las percepciones salariales por excesos de jornada.

CGT CON L@S TRABAJADORES/AS. ELIGE CGT.


Comunicado                   
  











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