Comunicados
SECTOR | 83 23/10/2024
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FERROVIARI@S: GARANTES DE LA SEGURIDAD FERROVIARI@S: GARANTES DE LA SEGURIDAD
El accidente ocurrido el pasado sábado 19 de octubre en el túnel que une Chamartín y Atocha en ancho internacional ha dejado patente una vez más que l@s trabajador@s ferroviari@s son los últimos garantes de la seguridad de los trenes. Cuando todo falla asumimos una gran responsabilidad a título individual, garantizando que viajeros y mercancías lleguen a destino sin ver comprometida su integridad y en la mayoría de ocasiones, sin notar afectación alguna.
TRABAJAR CON SEGURIDAD
Las investigaciones sobre el accidente que están llevando a cabo Renfe, Adif y la Comisión de Investigaciones de Accidentes Ferroviarios determinarán los factores causales y contribuyentes y esclarecerán lo sucedido, evitando en todo caso la búsqueda de culpables o la asignación de responsabilidades.
Las responsabilidades que asumimos a diario, con centenares de vidas y toneladas bajo nuestro cargo, merecen que sean correspondidas con condiciones laborales acordes que redunden en un aumento de la seguridad, como son tiempos de descanso adecuados, formación continuada, medios técnicos fiables y acordes a las necesidades o incremento de las plantillas para que estén suficientemente dimensionadas a las cargas de trabajo.
TRABAJAR CON TRANQUILIDAD
Resulta primordial que todas las empresas del sector ferroviario comiencen a andar o continúen haciéndolo en la senda de la Cultura Justa, que permita a l@s ferroviari@s denunciar en un ambiente de confianza y exento de represalias todas aquellas desviaciones e incidencias que veamos en nuestro trabajo. Para ello resultará necesario adaptar las normativas laborales. Sólo de esta manera se podrá garantizar un aumento en la seguridad del transporte ferroviario.
L@s ferroviari@s somos conscientes de la importancia de nuestro trabajo y queremos prestar el mejor servicio público a la sociedad, y entendemos que es necesario rendir cuentas. Sin embargo, en la actualidad trabajamos bajo una gran presión mediática que puede resultar contraproducente a la hora de tomar las mejores decisiones en el menor tiempo posible. Dicha presión mediática que no es la misma según quién gobierne en el medio de transporte afectado por una incidencia.
Por último, desde el SFF-CGT queremos mostrar todo nuestro apoyo y cariño a l@s compañer@s de los distintos colectivos de empresas públicas y privadas que se vieron involucrad@s en el accidente, así como a tod@s aquell@s que continuaron asegurando la prestación del servicio público en las horas y días siguientes en tan difíciles condiciones.
COMUNICADO Anexo
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ADIF 22/10/2024 | 82 POR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL EN CIRCULACIÓN Y SERVICIOS LOGÍSTICOS | ADIF 22/10/2024 | 81 POR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL EN OFICINAS |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF MÁS CONSECUENCIAS DE LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA | 61 2019-07-02 |
| COMUNICADO
| Leido: 61 veces | Según vamos dando pasos y profundizando en la aplicación del derecho a tener una jornada de 37’5 horas, en la que como organización nos hemos implicado completamente desde el momento en el que tuvimos conocimiento de su publicación en la Ley de Presupuestos de 2018 (huelgas, Etc.), van surgiendo cuestiones adyacentes a la aplicación, a las que queremos dar un tratamiento igual de importante y sobre todo urgente.
Con fecha 13 de junio de 2019, la comisión negociadora del II Convenio Colectivo llegó al acuerdo de aplicación para el 2019 y siguientes, con retroactividad para el año 2018 de la reducción de jornada a 37,5 horas establecido en la cláusula 10 del citado convenio la cual establece: “… Año 2018 (dese 5 de julio a 31 de diciembre): se concretará en los términos que se acuerde con el CGE de Adif... La aplicación de esta medida, con los mismos criterios de cálculo del alcance de la misma utilizados para 2019 y siguientes ejercicios”
Esta concreción pendiente de ser tratada en el seno de esta comisión negociadora, es la que nos ha motivado para enviar una carta a la empresa (ver anexo) en la que instamos de forma urgente a dar cumplimiento a este punto, concretando la manera en la que va a ser acometida por parte de la empresa, la aplicación de la reducción correspondiente al ejercicio 2018.
Otra consecuencia de la aplicación de la reducción de la jornada es la traslación del acuerdo de aplicación de la reducción de la jornada a la fórmula del cálculo del valor de hora ordinaria, que emana del acuerdo surgido en la Audiencia Nacional en 2012. Es decir, con la aplicación de la reducción de 1720 a 1642 horas a dicha fórmula viene a resultar un valor de hora ordinaria superior a la actual. Esta aplicación ha de ser contemplada desde el mismo momento en el que la Ley de Presupuestos de 2018 entró en vigor el 5 de julio de 2018, hasta el momento actual.
Es por ello que instamos a todas y todos los trabajadores de Adif a que o bien ellos mismos o través de los delgados de CGT, realicen las correspondientes reclamaciones de haberes por la falta de abono, si este no se produce de manera automática por parte de la empresa del nuevo valor de la hora al que se deben ajustar las percepciones salariales por excesos de jornada.
CGT CON L@S TRABAJADORES/AS. ELIGE CGT.
Comunicado
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