Comunicados
ADIF | 57 27/06/2025
|
TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL
¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
Porque el sector ferroviario ha sufrido una transformación brutal en los últimos años y es necesario redefinir las funciones de cada persona trabajadora para que la empresa no aplique sus nuevos modelos productivos abusando de la buena fe de la gente (sobre todo de la de nuevo ingreso).
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE NEGOCIAR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
El objetivo es simplificar categorías, funciones y salarios. La ordenación hará más claras nuestras obligaciones y más justas las nóminas. Se trata de subir el salario base (que es muy bajo) y completarlo con un complemento de puesto y una mínima variable, de tal forma que nuestro salario sea más o menos estable y no dependa de cuestiones como la disponibilidad, la asignación de tareas por parte de una jefa o un jefe u otras.
Ese es nuestro objetivo, pero hay que tener claro que la intención de la empresa con esta ordenación es obtener más flexibilidad de las personas trabajadoras. Por eso debemos estar alerta.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE QUE HAYA UNA FINANCIACIÓN POR PARTE DE HACIENDA?
La ordenación va a requerir sí o sí una partida presupuestaria, ya que el sistema retributivo cambiará. Por ejemplo, hay que remunerar condiciones que ahora hacemos gratis: turnicidad, festividad, conducciones, etc.
Hasta ahora la empresa lo ha tenido claro, pero ya ha empezado a insinuar que no se trata tanto de incrementar la partida como de repartir bien lo que hay. Ojo con este cambio de rumbo.
¿QUÉ SON LAS ÁREAS DE ACTIVIDAD Y LAS ÁREAS FUNCIONALES?
Las áreas de actividad engloban los distintos tipos de actividad que se desarrollan en Adif. La empresa propone englobarlas en dos: específicas (infraestructura, circulación y servicios al cliente) y comunes (gestión, jurídica…).
Las áreas de actividad a su vez se dividen en áreas funcionales. Por ejemplo, el área de actividad de servicios al cliente se divide en dos áreas funcionales: Estaciones de Viajer@s y Servicios Logísticos.
¿QUÉ SON LOS GRUPOS Y SUBGRUPOS?
La nueva ordenación profesional ordena la plantilla en grupos profesionales ordenados jerárquicamente. La propuesta de la empresa es hacer 3 grupos: grupo de Operaciones (el anterior “Personal Operativo”), grupo de Mando Intermedio y Cuadro Técnico y grupo de Estructura de Apoyo.
La empresa ha introducido el concepto de “subgrupo”, en principio para referirse al cruce entre área de actividad y grupo profesional (por ejemplo, cuadro técnico de jurídica).
También pretende establecer una división en el grupo de operaciones (personal operador jefe y personal operador).
¿A QUÉ SE REFIERE LA EMPRESA CON “DESARROLLO PROFESIONAL HORIZONTAL”?
La empresa la define como una forma de carrera profesional en la que las personas trabajadoras, sin necesidad de ascender, se forman y adquieren más productividad (lo que podría también terminar acarreado un incremento de funciones), viéndose recompensadas con un aumento salarial.
Nos preocupa que sea una forma encubierta de fomentar distintos niveles salariales dentro de los grupos y subgrupos y entre quienes realizan el mismo trabajo. Necesitamos más información sobre el modelo que se nos propone, pero nos hace encender las alarmas.
¿POR QUÉ EL SFF-CGT MIRA CON RECELO LOS NIVELES Y SUBGRUPOS QUE LA EMPRESA QUIERE APLICAR DENTRO
DE CADA SUBGRUPO?
Entendemos que al establecer distintos niveles dentro de un mismo subgrupo la empresa pretende crear diferentes niveles salariales para funciones prácticamente idénticas (por ejemplo, personal montador y personal montador especialista). Desde el SFF-CGT entendemos que la gente que pertenece al mismo grupo debe percibir el mismo sueldo (igual trabajo, igual salario).
Esta estructura podría entorpecer la movilidad y la salida del subgrupo, así como establecer el marco propicio para mantener o extender las categorías de entrada, categorías que rechazamos rotundamente.
¿A QUÉ TENEMOS QUE ESTAR MUY ATENT@S?
En principio lo que ha presentado la empresa hasta ahora es el marco de una foto en la que todavía no se ve la imagen interior. Lo importante es cómo se va a articular toda la ordenación dentro de esa estructura. Y ahí no nos da apenas información.
Comenzamos a sospechar (y mucho) del concepto de “carrera horizontal”. Puede que quieran usarla para establecer niveles dentro de cada subgrupo y penalizar tanto la movilidad dentro de la empresa como establecer diferencias salariales entre las personas trabajadoras de un mismo subgrupo.
La empresa, además, ha empezado a dejar caer algunas ideas que no nos gustan, como la de hacer las conducciones y las disponibilidades obligatorias, asumir sin negociar los SIC+, interponer denuncias en nombre de Adif o seguir sin regular en detalle las funciones de la Estructura de Apoyo, entre otras.
En definitiva, nos encontramos ante un momento crucial que puede cambiar nuestro futuro laboral, para bien o para mal. Desde el SFF-CGT vamos a luchar con todas nuestras fuerzas para que esta ordenación profesional suponga una mejora sustancial de nuestras condiciones laborales. Estamos vigilantes ante las maniobras de la empresa y no permitiremos que se dé ningún paso atrás.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
|
 SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT | RENFE 18/06/2025 | 55 EL SFF-CGT SE ADHIERE AL ACUERDO DEL DESARROLLO DE LOS CGO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
ADIF 1ª REUNIÓN DE LA MESA CONCILIACIÓN: TELETRABAJO | 60 2019-07-02 |
| COMUNICADO
 | Leido: 22 veces | El pasado jueves 27/06/2019 tuvo lugar la 1ª Reunión de la Mesa Técnica de Conciliación del II Convenio Colectivo de Adif-Adif AV para dar cumplimiento a la cláusula 14ª (CONCILIACIÓN LABORAL) para el desarrollo del “Programa Piloto de Teletrabajo”, documento que nos habían entregado con anterioridad, lo que nos ha permitido trabajar sobre el mismo.
Para CGT el aspecto básico a tener en cuenta es la TRANSPARENCIA Y PUBLICIDAD. Todos los representantes de los trabajadores deben estar informados y ser parte activa de todo el proceso.
Objeto
La empresa propone abordar la primera fase del proyecto de manera limitada con la puesta en marcha de un programa piloto, punto que desde CGT valoramos positivamente, aunque creemos que debe constar de una serie de fases no mencionadas:
1. Estudio de viabilidad, que en líneas generales defina los equipos de trabajo para la puesta en marcha del programa.
2. Desarrollo de criterios de selección, tanto de trabajadores como superiores y procedimientos de trabajo.
3. Reclutamiento de trabajadores, con carácter estrictamente voluntario.
4. Puesta en marcha, cuyo pilar básico debe ser la formación en los diferentes factores.
5. Evaluación, que debe ser constante.
Cuando hayamos conseguido superar todas estas etapas, podremos llevar a cabo la implantación formal del Teletrabajo.
Ventajas e inconvenientes
Tanto desde la parte de la empresa como desde CGT coincidimos en que la implantación del Teletrabajo conlleva una serie de ventajas e inconvenientes que consideramos necesario dejar reflejados a fin de tomar las medidas preventivas necesarias: aislamiento, dificultad para separar trabajo y familia, falta de desconexión digital…
Ámbito Temporal
La propuesta presentada por la empresa apuesta por fijar un plazo de 4 meses, mientras que desde CGT apostamos por establecer un cronograma concreto con un plazo para cada una de las etapas.
Documento de Teletrabajo
Apartado que hemos considerado necesario añadir para dejar reflejadas las modificaciones sustanciales al contrato de trabajo que supone el Teletrabajo y que como mínimo debe contener:
• Condiciones: Jornada, lugar de trabajo, descansos, vacaciones…
• Métodos de trabajo: Posibles reuniones, formas de comunicación…
• Remuneración: No puede suponer la disminución de salario.
• Formación: Inicial y continua.
• Fin de la situación de Teletrabajo: Establecer el periodo de preaviso.
• Equipos de Trabajo: Mantenimiento, actualización, usos…
• Costes: Nunca pueden recaer sobre el trabajador.
• Seguros: Determinar qué aspectos necesitan estar cubierto por una póliza de seguros.
• Confidencialidad y seguridad de los datos: Importante tener en cuenta la LPD.
A su vez, durante la reunión hemos solicitado por escrito el Derecho a la conciliación de toda la plantilla de ADIF, consideramos necesario tratar medidas a las que se puedan acoger todas las personas trabajadoras de la empresa sin tener que centrar todos los esfuerzos en el teletrabajo. Hablamos de la bolsa de hora de libre disposición de hasta el 5% de la jornada anual y de la adaptación de la duración y distribución de la jornada de trabajo.
CGT, HONESTIDAD, TRANSPARENCIA
Y LUCHA CONSTANTES
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |