Comunicados
RENFE | 42 09/05/2025
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SIN AVANCES EN LA NEGOCIACIÓN DEL IV CC DEL GRUPO RENFE El pasado 6 de mayo tuvo lugar la reunión de la Comisión Negociadora de la Mesa de Compilación Normativa del IV CC del Grupo Renfe en la que se abordó el Título I y II de la Normativa vigente.
En ella se expusieron aquellas normas que han sido modificadas con el paso de los años y que se deberían elevar a la Comisión Negociadora una vez finalizada la compilación. Sin embargo, cuanto menos es incomprensible que en pleno 2025 se pongan sobre la mesa acuerdos del pasado 2003 o 2006 por ejemplo, y que entendemos ya deberían haber constado en convenios anteriores de forma inexcusable. Esto denota una falta de trabajo absoluta.
Anteriormente ya hemos informado sobre nuestra disposición a trabajar de forma conjunta con el resto de organizaciones sindicales presentes en el CGE, la reiteramos en la pasada Mesa Técnica General y volvimos a hacerlo nuevamente en esta, recalcando la urgente necesidad de establecer una metodología de trabajo ordenada que permita recopilar minuciosamente toda la Normativa que nos afecta dentro del Grupo Renfe. Seguiremos insistiendo, pues entendemos que lo que prima es el conjunto de las personas trabajadoras.
Por otro lado ayer, 8 de mayo, tuvo lugar la reunión de la Comisión Negociadora de la Mesa Técnica de Personal del IV CC del Grupo Renfe y que versó sobre el colectivo de Conducción.
Pese a que el objetivo de dicha reunión era poner sobre la mesa las propuestas elaboradas por todas las organizaciones sindicales presentes en el CGE, nos encontramos con un escenario totalmente diferente. Se ha querido poner el foco única y exclusivamente en las habilitaciones suspendidas sin que se diese opción a plantear cualquier otro tema relacionado con el colectivo y que quedó vista para su tratamiento el próximo 5 de junio.
Como viene siendo habitual, el SFF-CGT llevó el trabajo hecho y presentamos igualmente la batería de propuestas que hemos querido hacer llegar de igual manera a la Dirección de la Empresa.
Llevamos medio año desde que comenzaron las negociaciones y seguimos sin avances. No podemos entender que no se den pasos hacia delante.
Desde el SFF-CGT seguiremos trabajando como hasta ahora porque entendemos que no existe otra manera de hacerlo que por y para todas las personas trabajadoras. Tenemos una responsabilidad, que es hacer llegar a la Dirección de la Empresa las necesidades de todas y de todos y por ellos seguiremos luchando.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 08/05/2025 | 41 LA MESA DE ORDENACIÓN PROFESIONAL SIGUE ESTANDO EN “LA CARPINTERÍA” Y TODAVÍA NO TIENE PATAS | SECTOR 07/05/2025 | 40 EL SFF-CGT EXIGE AL MINISTERIO Y A LA AESF UN PROTOCOLO ESTATAL DE SEGURIDAD FERROVIARIA |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE “SIN NOTICIAS DE HOLANDA” | 59 2019-07-01 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 39 veces | El pasado 26 de marzo, desde CGT solicitamos a la Dirección y al resto de sindicatos, abordar la negociación para la aplicación en el Grupo Renfe del derecho a la Desconexión Digital en el ámbito laboral; y hasta la presente, el silencio es su respuesta.
El 6 de diciembre de 2018 se publicó en el BOE la Ley Orgánica 3/2018, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, por la que se regula el derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral.
"Artículo 88. Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral.
1. Los trabajadores v los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal v familiar.
2. Las modalidades de ejercicio de este derecho atenderán a la naturaleza y objeto de la relación laboral, potenciarán el derecho a la conciliación de la actividad laboral y la vida personal y familiar y se sujetarán a lo establecido en la negociación colectiva o, en su defecto, a lo acordado entre la empresa y los representantes de los trabajadores.
3. El empleador, previa audiencia de los representantes de los trabajadores, elaborará una política interna dirigida a trabajadores, incluidos los que ocupen puestos directivos, en la que definirán las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática. En particular, se preservará el derecho a la desconexión digital en los supuestos de realización total o parcial del trabajo a distancia así como en el domicilio del empleado vinculado al uso con fines laborales de herramientas tecnológicas.”
Son much@s l@s trabajadores/as que en sus periodos vacacionales “desconectan” del trabajo, como es su derecho, pero que se ven perjudicad@s cuando durante estos periodos se publican concursos de movilidad e inscripciones a las que no pueden acceder por no tener información y porque los plazos son menores al periodo vacacional.
Para evitar esta pérdida del derecho, CGT ha solicitado a la Dirección que el o la trabajadora que pudiera sufrir este inconveniente pueda inscribirse en aquellas convocatorias a las que por encontrarse disfrutando sus vacaciones no pudo tener acceso.
Mientras la Dirección toma en consideración esta solicitud y este derecho, aconsejamos a los trabajadores y trabajadoras que puedan verse en esta situación, se inscriban en las correspondientes convocatorias, realizando la petición escrita a su jefatura y notificando que la inscripción se hace fuera de plazo debido a las circunstancias mencionadas.
CGT, TU ÚNICA GARANTÍA
Comunicado Anexo 1

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