Comunicados
RENFE | 15 06/02/2025
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COMPOSICIÓN MESAS IV CONVENIO COLECTIVO Como ya sabéis, el pasado 14 de enero se celebró la segunda reunión de la Comisión Negociadora del IV Convenio Colectivo de Renfe-Operadora en donde se nos facilitó una propuesta de composición de Mesas Técnicas así como unas normas generales de funcionamiento al mismo tiempo que, todas las organizaciones sindicales les hacíamos llegar las nuestras.
Con el objetivo de llegar a un acuerdo, la empresa nos insta a que, como Comité General de Empresa, les hagamos llegar antes del 31 de enero, una propuesta conjunta, por ello, el pasado 29 de enero nos reunimos a nivel CGE en donde se propuso la constitución de 4 mesas técnicas de desarrollo Mesa Técnica General, Mesa Técnica de Personal, Mesa de Compilación de Normativa y Mesa Económica, así como algunas modificaciones en las normas de funcionamiento.
Por parte del SFF-CGT ya habíamos manifestado que, más allá de la nomenclatura de las mesas, nos importaba más que todos los temas se tratasen en profundidad y con la seriedad e importancia que se merecen, por lo que la propuesta conjunta facilitada nos parecía correcta siempre y cuando esta condición se cumpla.
Ayer 5 de febrero, se celebró la 3ª Comisión Negociadora en donde, tras la exposición del Grupo Renfe y de todas las organizaciones sindicales se llega al acuerdo para su conformación con las propuestas que hemos hecho llegar como CGE.
Así mismo, se confirma el calendario de las próximas reuniones fijadas de la siguiente manera:
MESAS TÉCNICAS CONSTITUCIÓN PRÓXIMA REUNIÓN
Mesa de Personal 19/02 de 12:00 a 13:00 06/03 de 11:00 a 13:00
Mesa Técnica General 19/02 de 13:00 a 14:00 13/03 de 11:00 a 13:00
Mesa de compilación Normativa 20/02 de 10:00 a 11:00 20/03 de 11:00 a 13:00
Mesa Económica 20/02 de 12:00 a 13:00 27/03 de 11:00 a 13:00
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 05/02/2025 | 14 MESA DE ORDENACIÓN PROFESIONAL: SE AGOTÓ NUESTRA PACIENCIA | RENFE 03/02/2025 | 13 JUBILACIÓN PARCIAL. HOY NO, MAÑANA. |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE MANIOBRANDO EN PERJUICIO DE 14.000 TRABAJADORES/AS. | 57 2019-06-25 |
| COMUNICADO
 | Leido: 61 veces | Sólo la coherencia y presión de los afiliados a SEMAF y UGT impedirá llevar a cabo esta maniobra tan beneficiosa para la Empresa y perjudicial para l@s trabajadores/as.
La “MANIOBRA” de interponer Conflicto Colectivo (en adelante CC) solicitando la reducción de jornada de las 37,5 h. semanales por parte del CGE de RENFE, a requerimiento exclusivamente del tándem SEMAF-UGT, es una artimaña inaudita y rebuscada (nunca el CGE había puesto Conflicto Colectivo), que conseguirá la NO aplicación de la reducción de la jornada y la mejora de la Conciliación durante años. La estratagema, es tan evidente como dañina.
UGT y SEMAF han utilizado de forma deleznable al CGE que está integrado por CINCO Sindicatos, valiéndoles la diferencia de un voto para imponer su voluntad sin detenerse en un mínimo análisis y búsqueda del consenso necesario en decisiones que afectan a 14.000 emplead@s.
Desde CGT consideramos como hecho muy grave, que el CC haya sido interpuesto sin haber sido consultado ni el texto, ni el contenido, ni la solicitud final. Como tampoco se ha consultado ni acordado, qué abogado llevará este pleito como CGE. Mucho nos tememos, que si la demanda se pierde -lo cual es muy probable porque está muy mal confeccionada- el tándem derivará las responsabilidades al CGE, escurriendo ellos el bulto y dejando a la plantilla huérfana del derecho.
Resulta también ignominioso, que ahora SEMAF-UGT descubran que la norma legal tiene efectos desde el 5 de julio de 2018, para proceder a solicitar su compensación. Ellos, los mismos que firmaron el II Convenio Colectivo que en su clausula 5ª establece la retroactividad de la medida desde el 1 de enero de 2019.
SEMAF-UGT solicitan a la Audiencia Nacional que se aplique la reducción de las 37,5 h correspondientes a 2019 en días enteros, algo que será imposible que la Sentencia contemple, porque ni viene estipulado en la Ley y además, esto forma parte de la negociación colectiva. Negociación que han llevado a cabo a regañadientes y que no han acompañado de presión o movilización alguna.
Tras el Fallo de la Sentencia en la Audiencia Nacional, quedará pendiente por la parte que pierda, el correspondiente Recurso al Tribunal Supremo que viene tardando unos 3 años en sus dictámenes. Mientras, l@s ferroviari@s de RENFE no podremos disfrutar de la reducción de jornada de las 37,5 h, tal y como nos corresponde por Ley. Un balón de oxígeno para la actual Dirección y en detrimento de l@s trabajadores/as. Más claro, el agua.
A destacar también como hecho muy significativo, que el CC interpuesto a requerimiento de SEMAF-UGT no menciona ni impugna la imposición que ha llevado a cabo la Empresa. Redactándolo para mayor inri, a sabiendas que ya han notificado el Juicio en la Audiencia Nacional para el 10 de Septiembre de 2019 e interpuesto por CGT, en donde reclamamos la compensación de la Jornada del 2018, porque los firmantes del Convenio lo habían excluido y cerrado explícitamente. Por este motivo, la intención de SEMAF-UGT no puede ser otra que la de fastidiar dicho juicio y posicionarse al lado de la Dirección de RENFE.
Desde CGT nos hubiera gustado que el CGE en bloque hubiera mantenido una postura unitaria y continuado la negociación hasta la consecución del derecho, pero lamentablemente esto no ha podido ser así. No existen razones coherentes que expliquen con meridiana solvencia la acción o mejor dicho, la imposición de SEMAF y UGT.
Aún así, nos queda una última carta: la presión a través de movilizaciones contundentes con las que decirle NO a esta Dirección que nos está hurtando un Derecho que ya disfrutan otr@s trabajadores/as del sector público. También, un NO ROTUNDO a las cúpulas sindicales de SEMAF y UGT para que dejen de hacerle favores a la empresa a costa de nuestra conciliación familiar.
Comunicado

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