Comunicados
ADIF | 57 27/06/2025
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TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL
¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
Porque el sector ferroviario ha sufrido una transformación brutal en los últimos años y es necesario redefinir las funciones de cada persona trabajadora para que la empresa no aplique sus nuevos modelos productivos abusando de la buena fe de la gente (sobre todo de la de nuevo ingreso).
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE NEGOCIAR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
El objetivo es simplificar categorías, funciones y salarios. La ordenación hará más claras nuestras obligaciones y más justas las nóminas. Se trata de subir el salario base (que es muy bajo) y completarlo con un complemento de puesto y una mínima variable, de tal forma que nuestro salario sea más o menos estable y no dependa de cuestiones como la disponibilidad, la asignación de tareas por parte de una jefa o un jefe u otras.
Ese es nuestro objetivo, pero hay que tener claro que la intención de la empresa con esta ordenación es obtener más flexibilidad de las personas trabajadoras. Por eso debemos estar alerta.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE QUE HAYA UNA FINANCIACIÓN POR PARTE DE HACIENDA?
La ordenación va a requerir sí o sí una partida presupuestaria, ya que el sistema retributivo cambiará. Por ejemplo, hay que remunerar condiciones que ahora hacemos gratis: turnicidad, festividad, conducciones, etc.
Hasta ahora la empresa lo ha tenido claro, pero ya ha empezado a insinuar que no se trata tanto de incrementar la partida como de repartir bien lo que hay. Ojo con este cambio de rumbo.
¿QUÉ SON LAS ÁREAS DE ACTIVIDAD Y LAS ÁREAS FUNCIONALES?
Las áreas de actividad engloban los distintos tipos de actividad que se desarrollan en Adif. La empresa propone englobarlas en dos: específicas (infraestructura, circulación y servicios al cliente) y comunes (gestión, jurídica…).
Las áreas de actividad a su vez se dividen en áreas funcionales. Por ejemplo, el área de actividad de servicios al cliente se divide en dos áreas funcionales: Estaciones de Viajer@s y Servicios Logísticos.
¿QUÉ SON LOS GRUPOS Y SUBGRUPOS?
La nueva ordenación profesional ordena la plantilla en grupos profesionales ordenados jerárquicamente. La propuesta de la empresa es hacer 3 grupos: grupo de Operaciones (el anterior “Personal Operativo”), grupo de Mando Intermedio y Cuadro Técnico y grupo de Estructura de Apoyo.
La empresa ha introducido el concepto de “subgrupo”, en principio para referirse al cruce entre área de actividad y grupo profesional (por ejemplo, cuadro técnico de jurídica).
También pretende establecer una división en el grupo de operaciones (personal operador jefe y personal operador).
¿A QUÉ SE REFIERE LA EMPRESA CON “DESARROLLO PROFESIONAL HORIZONTAL”?
La empresa la define como una forma de carrera profesional en la que las personas trabajadoras, sin necesidad de ascender, se forman y adquieren más productividad (lo que podría también terminar acarreado un incremento de funciones), viéndose recompensadas con un aumento salarial.
Nos preocupa que sea una forma encubierta de fomentar distintos niveles salariales dentro de los grupos y subgrupos y entre quienes realizan el mismo trabajo. Necesitamos más información sobre el modelo que se nos propone, pero nos hace encender las alarmas.
¿POR QUÉ EL SFF-CGT MIRA CON RECELO LOS NIVELES Y SUBGRUPOS QUE LA EMPRESA QUIERE APLICAR DENTRO
DE CADA SUBGRUPO?
Entendemos que al establecer distintos niveles dentro de un mismo subgrupo la empresa pretende crear diferentes niveles salariales para funciones prácticamente idénticas (por ejemplo, personal montador y personal montador especialista). Desde el SFF-CGT entendemos que la gente que pertenece al mismo grupo debe percibir el mismo sueldo (igual trabajo, igual salario).
Esta estructura podría entorpecer la movilidad y la salida del subgrupo, así como establecer el marco propicio para mantener o extender las categorías de entrada, categorías que rechazamos rotundamente.
¿A QUÉ TENEMOS QUE ESTAR MUY ATENT@S?
En principio lo que ha presentado la empresa hasta ahora es el marco de una foto en la que todavía no se ve la imagen interior. Lo importante es cómo se va a articular toda la ordenación dentro de esa estructura. Y ahí no nos da apenas información.
Comenzamos a sospechar (y mucho) del concepto de “carrera horizontal”. Puede que quieran usarla para establecer niveles dentro de cada subgrupo y penalizar tanto la movilidad dentro de la empresa como establecer diferencias salariales entre las personas trabajadoras de un mismo subgrupo.
La empresa, además, ha empezado a dejar caer algunas ideas que no nos gustan, como la de hacer las conducciones y las disponibilidades obligatorias, asumir sin negociar los SIC+, interponer denuncias en nombre de Adif o seguir sin regular en detalle las funciones de la Estructura de Apoyo, entre otras.
En definitiva, nos encontramos ante un momento crucial que puede cambiar nuestro futuro laboral, para bien o para mal. Desde el SFF-CGT vamos a luchar con todas nuestras fuerzas para que esta ordenación profesional suponga una mejora sustancial de nuestras condiciones laborales. Estamos vigilantes ante las maniobras de la empresa y no permitiremos que se dé ningún paso atrás.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT | RENFE 18/06/2025 | 55 EL SFF-CGT SE ADHIERE AL ACUERDO DEL DESARROLLO DE LOS CGO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF REDUCCIÓN DE JORNADA SÍ; RETROACTIVIDAD DEL 2018, TAMBIÉN. | 52 2019-06-13 |
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 | Leido: 85 veces | En el día de hoy se ha reunido la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo de Adif-Adif AV para dar cumplimiento a su cláusula 8 (JORNADA LABORAL) en el sentido de determinar y ratificar la manera de aplicación para el año 2019 y siguientes, de la reducción de jornada de 10 días establecida en el Convenio Colectivo.
La empresa nos ha reconocido que será de aplicación la retroactividad que CGT reclamó desde el inicio y será de aplicación para el 2018, la proporción acordada para 2019 y siguientes.
El acuerdo sobre aplicación de la reducción de jornada viene a articularse de forma clara con una reducción de la misma en 10 días, estableciéndose como premisa mayor, la capacidad de aplicación efectiva en cada dependencia en las negociaciones con los Comités de Centro de Trabajo de cada ámbito, dado que son estos Comités quienes tienen todas las competencias en materia de gráficos de servicio, calendarios de vacaciones, etc.
Cuando no se alcancen acuerdos en el ámbito negociador citado, se dará traslado a la Comisión de Seguimiento que tendrá atribuciones para conseguir alternativas de solución. Las instrucciones que trasladará la Dirección a las jefaturas territoriales para afrontar las correspondientes negociaciones serán la de máxima disposición para alcanzar acuerdos que mejoren lo acordado en el ámbito central.
Esta medida tiene dos ámbitos de aplicación en función del tipo de descansos que se realizan:
- Descansos rotativos de lunes a domingo y hasta 3 turnos: Se aplicará la medida estableciendo como eje básico en los gráficos a negociar una reducción de días de trabajo de los 215 días anteriores a los 205 días. Esta reducción posibilitará el desarrollo de gráficos antiestrés que respeten la salud de l@s trabajadores/as y que faciliten la conciliación familiar y laboral, o recuperar las concesiones hechas por l@s trabajadores/as en algunas dependencias que ya disfrutan de este tipo de gráficos.
- Descanso Dominical: En este sentido los CCT tendrán el plazo de un mes para llevar a cabo las negociaciones que concluyan con la aplicación de la reducción de jornada de 10 días en los términos en que estimen convenientes, con el alcance que establezca el desarrollo de la propia negociación.
Para CGT, ha sido una apuesta decidida desde el momento en el que la ley de presupuestos de 2018 recogía la reducción de la jornada: promovimos reclamaciones individuales y colectivas, concentraciones de protesta, huelgas de 23 horas en toda la empresa, paros parciales en el área de circulación, etc.
Todas estas actuaciones se llevaron a cabo una vez más, en solitario, dado que sobre esta cuestión, el resto de organizaciones sindicales desestimaron el derecho, dando a entender que la fiesta no iba con ellos o manifestando que esta medida no era de aplicación para l@s trabajadores/as de Adif. Incluso alguno aprovechó la coyuntura abierta por CGT en el reconocimiento de este derecho en el convenio, fiando su suerte exclusivamente al ámbito judicial para reclamar la retroactividad, dejando de lado la movilización. Ahora tratarán unos de hacer suyo este logro y otros denostarlo porque no alcanza sus expectativas.
Para CGT no acaba aquí la lucha por alcanzar progresos relacionados con la reducción de la jornada en pos de mejoras que supongan conciliar más y mejor para tod@s l@s trabajadores/as y que se reconozcan también, las condiciones especiales que se exige para poder desarrollar su trabajo a l@s trabajadores/as que están sometid@s a turnos y descansos rotativos.
CGT, HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y LUCHA CONSTANTES
Comunicado

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