Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE AMO Y ESCLAVO | 49 2019-05-31 |
| COMUNICADO
 | Leido: 65 veces | Ayer en la supuesta Mesa de Negociación se nos dio traslado de las negociaciones de la Mesa Técnica de Jornada y de Movilidad. Volvimos a ser testigos de la total falta de voluntad negociadora de la empresa al imposibilitar un acuerdo de reducción de jornada, con el pretexto de que tiene que ser una medida de conciliación diaria y no en días enteros, para al final, imponer unilateralmente dos días de reducción el 24 y el 31 de diciembre y el resto de la reducción se adaptará a criterio de las Sociedades en los diferentes centros de trabajo, compensándose los excesos que se pudieran producir de acuerdo a la normativa que los regula.
En cuanto a la movilidad, nos lanzan un órdago consistente en poder pedir solo dos localidades, que no residencias, con permanencias de 4 años para talleres y 8 en conducción, afectando esta propuesta también a las posibles adscripciones a gráfico. Culminando el pastel con la guinda de la posibilidad de escalado de las permanencias en función de las localidades solicitadas.
La empresa y los sindicatos se mueven en esa línea en la que CGT nunca ha querido ni quiere estar, con o sin elecciones sindicales por medio, dicen ambos que, como empresa pública estamos obligados a ciertos controles y cumplimientos y a los dichosos acuerdos inter-confederales, bla, bla, bla. Pero lo cierto es que resulta ridículo, patético y que nos perjudica a tod@s, que una empresa pública como Renfe sea cada vez más opaca en los procesos de movilidad geográfica y funcional, en la ocultación de los sueldos de empleados públicos, en el dinero entregado en unos planes de desvinculaciones a determinados señores que están fuera de convenio, en las rebajas salariales en el acceso y en un largo etc. de situaciones arbitrarias e injustas.
Hay que recordar que la reducción de jornada es de aplicación desde el pasado 5 de julio de 2018 y que casi un año después l@s ferroviari@s seguimos esperando el cumplimiento de la Ley.
Todo esto ocurre gracias a la voluntad de la empresa y la permisividad de una parte sindical junto a ese sindicato gualdo, que además, se atreve a decir que no podemos hacer manifestaciones desde CGT y que éstas sean recogidas en el acta, en relación a la condición de que, a pesar de no ser firmantes del convenio, manifestábamos nuestra valoración positiva sobre el incremento adicional del 0,2 % de la masa salarial del 2018 y que éste se aplique de forma lineal.
Seguramente quedamos en evidencia al no contemplar como siempre pide CGT, la subida lineal de todos los incrementos salariales para que la brecha salarial no aumente entre los diferentes colectivos y las categorías de los mismos, incluidas las inventadas e impuestas de ingreso.
CGT no puede quedarse quieta ante este asalto a los derechos, por lo que nos hemos dirigido por carta al resto de sindicatos proponiéndoles tratar estos temas en el seno del CGE y plantearles la movilización como herramienta necesaria ante la cerrazón de la empresa.
CGT, TU ÚNICA SOLUCIÓN.
Comunicado

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