Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE 37,5 H 327 DESPUÉS, SIGUE EL CULEBRÓN | 46 2019-05-29 |
| COMUNICADO
 | Leido: 29 veces | ¿Quién nos iba a decir que la aplicación de un derecho exigido por Ley iba a ser tan difícil de negociar y aplicar? Pues 327 días después de generarse el derecho, la reducción de la jornada en el Grupo Renfe sigue sin aplicarse. Y lo es, porque una vez más los responsables de la negociación por parte de la empresa quieren aplicar su antojo y su mal talante negociador; ofreciéndonos la medida justa de sus capacidades negociadoras y la poca consideración hacia la plantilla del Grupo. Capacidades que ya vivimos a diario y que demasiado a menudo son toleradas, cuando no aplaudidas, por esa mayoría del Comité General de Empresa que “tanto bien” está causando a la totalidad de los y las trabajadoras.
En la última reunión de Comisión Negociadora, eufemismo de Comisión del paripé, una vez más, la empresa intentó acelerar la negociación para implantar una reducción de la jornada de 37,5 horas que aumentaba la actual jornada laboral de 215 días hasta los 218. ¡Menuda reducción! Al no conseguirlo, por la posición unánime de la parte social en cuanto a que el derecho se debe aplicarse en días completos y no como las migajas de pan duro; lanzó una propuesta de escribir un acuerdo inconcreto con el que salvar los muebles. CGT y el resto de sindicatos, nos mantuvimos firmes en nuestra posición y el acuerdo no fue posible.
Hoy se ha vuelto a reunir la Comisión Técnica, eufemismo de Comisión Negociadora, y a tenor del acta (el 12% de la plantilla está fuera de esa Comisión y silenciada su postura), el desacuerdo de las partes sigue siendo el resultado.
Mucho nos tememos que, si el capricho y la negación total para implantar la reducción de la jornada en el Grupo Renfe siguen, nos encontraremos con la imposición de la empresa, negando además, el requisito de la negociación para la aplicación de una reducción de la jornada justa para tod@s.
CGT, además de forzar la negociación de este derecho, que fue incluso negado por algunas organizaciones sindicales, siempre ha mantenido una postura clara, concisa y concreta, derivada de la opinión de sus afiliad@s en las asambleas y de l@s trabajadores/as que accedieron a la encuesta que llevamos a cabo.
La reducción de la jornada es nuestro derecho y así lo haremos ver el próximo jueves ante la empresa y el resto de organizaciones sindicales.
CGT, TU ÚNICA SOLUCIÓN.
Comunicado

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